Al no alcanzar la mayoría calificada, el Pleno de la Corte desestimó un proyecto con el que se pretendía resolver una controversia constitucional. (Controversia constitucional 124/2012).
Que proponía declarar la invalidez de las reformas a la Constitución de Baja California, que crean la Fiscalía Especializada para Delitos Electorales.
El proyecto del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, consideraba que se daba una invasión a la esfera de competencias del ejecutivo estatal y se atentaba contra el monopolio que tiene el ministerio público, para ejercer la acción penal.
“Me parece muy distinta a una separación, una división del ministerio público, en órganos distintos, me parece que eso es en el fondo, lo que la modificación a la ley hace, divide, separa, rompe con el principio de monopolio del ministerio público y ahí yo sostendría el proyecto”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.
Quienes se distanciaron del proyecto, argumentaron que no hay nada que impida al legislador separar el ejercicio de la acción penal, en órganos distintos.
“Creo que esto está delegado a las entidades federativas, creo que en el 116 no aparece ningún argumento que nos lleve a esta unidad y creo que bien puede el congreso del estado, primero separar la función en 2 órganos, un órgano general, un órgano especializado en delitos electorales como lo está haciendo”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
“En tanto que yo no advierto que el establecimiento de la fiscalía señalada como órgano autónomo, trastoque el principio de división de poderes”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.
“Pero eso para mí, en que se divida en 2 órganos del estado hacerlo, no implica dividir el ejercicio del ministerio público, que le corresponde al propio ente estatal”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.
Quienes se manifestaron a favor, indicaron que si bien es positivo dotar de autonomía a este tipo de fiscalías, ello no implica separarla del ministerio público.
“Se está generando una fiscalía que no ejerce el ministerio público, se está generando la persecución de los delitos electorales con un órgano que no forma parte, ni es titular, ni desarrolla la función de ministerio público y a mí esto me parece abiertamente inconstitucional”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
“Muy diferente sería si esta fiscalía, de alguna manera estuviera formando parte de la estructura de la procuraduría del estado”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
“Si se crea un órgano diferente con autonomía de gestión, pero distinto al ministerio público donde se aloja la función esencial constitutiva, se rompe con la unidad, con la indivisibilidad del ejercicio de la acción penal y del funcionamiento del ministerio público”, Juan Silva Meza, Ministro SCJN.
Ante el resultado, se pospuso la resolución de este asunto, para que se presente un nuevo proyecto, en el que se estudien otras posibles causales de invalidez.
José Luis Guerra García