La Primera Sala ha aprobado diversas tesis aisladas para garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos
31/03/2015 Deja un comentario
La Primera Sala de la Corte ha aprobado diversas tesis aisladas para garantizar el derecho a la salud de los ciudadanos.
Entre ellas, la que establece que los hospitales privados, deben contar con un responsable médico que verifique los procedimientos que se realicen, lo que refleja que la institución trabaja de manera coordinada con sus médicos empleados o dependientes.
La que define que los usuarios de los hospitales particulares constituyen un grupo en condiciones asimétricas, es decir, vulnerable, por la posición de disparidad frente a quienes manejan, desarrollan y controlan los servicios de salud, lo que lesiona sus derechos.
Una más, en la que precisa que la actuación de los hospitales privados y de su personal médico tiene repercusiones en la protección de la salud de los pacientes, lo cual reviste un interés de carácter público, por lo que excede el mero interés de los particulares, por lo que los servicios que prestan este tipo de negocios, no se limitan a las disposiciones de derecho privado.
Además, la que precisa la responsabilidad civil de los hospitales privados por actos cometidos por terceros que desempeñan funciones en sus instalaciones, la cual se actualiza si existe una representación aparente. Por ello, no se exime de responsabilidad al negocio, cuando se alega que no existe una relación laboral o profesional con el médico.
O la que señala que los hospitales privados son responsables y deben responder por los daños causados dentro de sus instalaciones con motivo de la prestación de servicios hospitalarios, del equipo que proporcionan, o por los daños causados por el personal que ahí labora, causal que no se acredita si demuestra la institución que cumplió con sus obligaciones.
Estos y otros criterios más, ha fijado la primera sala para garantizar de manera efectiva el derecho a la salud.
José Luis Guerra García