Crecen violaciones al derecho internacional

Han crecido las violaciones al derecho internacional con el pretexto del combate al terrorismo en Medio Oriente, advirtió María Cristina Rosas, catedrática de la UNAM.

En ese sentido, dijo, el estado mexicano debe replantear su análisis costo beneficio de la participación en el consejo de seguridad.

México ha tenido dos participaciones consecutivas en el consejo.

Muchas de las acciones emprendidas a propósito de dos países Irák y Afganistán, han contribuido a hacer al mundo un lugar más inseguro y eso es preocupante”. 

En Foro en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, explicó que México ya ha enviado Cascos Azules para operaciones de paz: dos a Haití y dos a la República Árabe Saharaui Democrática.

Es en el consejo de seguridad donde se decide el desarrollo y gestión de las operaciones de mantenimiento de la paz, entonces sería interesante estar presentes para ver cuáles son  las crisis que se avecinan”. 

Atender a las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU ya ha mostrado consecuencias para México:

Tiene retenido un buque mercante de Corea del Norte por pertenecer a una empresa que se ha hecho acreedora de las sanciones por el proyecto nuclear de ese país.

Mario López Peña

México cuarto lugar en suicidios en AL 

La Organización Mundial de la Salud estimó que de cada 20 personas que intentan suicidarse, una lo logra.

Dicha tendencia aumenta principalmente en los jóvenes, tanto en los países desarrollados como en desarrollo.

Si todos lograran sus intenciones, anualmente sucederían alrededor de 20 millones de suicidios.

México ocupa el cuarto lugar de países con los índices más altos en suicidios en América Latina, solo por debajo de Argentina, Brasil y Colombia.

En las últimas 3 décadas pasó de una tasa de mortalidad de 2 por cada 100 mil habitantes, a una tasa de 8 por cada 100 mil habitantes.

Actualmente 8 estados concentran cerca del 50 % de los suicidios anuales en el país, entre ellos:

Estado de México con 412 suicidios, Distrito Federal con 371, Veracruz con 364 suicidios.

Jalisco con 357 suicidios, nuevo león con 285, Guanajuato con 276, Chihuahua con 245 y 
Yucatán con 219 suicidios.

Entre las formas más comunes de suicidio destacan el ahorcamiento con 78 % de los casos, arma de fuego con 17 % y envenenamiento con 5 %.

El Senado de la República exhortó a la Secretaría de Salud a implementar una campaña nacional orientada a prevenir y atender los casos de suicidio en México.

Martha Rodríguez

@marthaarod

 

Deficiente nivel de lectura en niñez en extrema pobreza

En México, los niveles de lectura en la niñez que vive en extrema pobreza son deficientes.

De acuerdo con una prueba realizada por World Vision, 70 % de los niños que terminan la primaria no comprenden plenamente un texto.

 “Es una prueba que  mide un rango de cero a cinco, en donde cinco sería los niños que pueden comprender una lectura, y tomar decisiones en relación a esa lectura, y cero, niños que ni siquiera pueden comprender las palabras de una lectura”, Silvia Novoa, Directora General World Vision México.

Los resultados muestran que sólo el 29.94 % de los niños alcanzaron el nivel 5, y 1.18 % no tuvo comprensión ni siquiera de las palabras.

En el tema de bienestar, jóvenes de 13 a 18 años manifestaron sentirse poco valorados por su comunidad.

 “Esta sensación de sentirse que uno participa, que tiene lo que necesita, que tiene un  propósito en la vida, que puede realizar cambios en su comunidad”.

En una escala del 0 al 25, la mayoría de los jóvenes se ubicaron en un nivel medio de bienestar.

 “Y sin embargo son los adolescentes en muchos casos los que ya están manteniendo a su familia en esta comunidades, son los adolescentes que si toman la decisión de migrar para buscar un futuro mejor, son los adolescentes los que si toman la decisión de involucrarse con las mafias, si son los adolescentes los que pueden tomar decisiones de hacer un cambio y ser un motor dentro de su comunidad”.

Los temas de menor satisfacción son el uso constructivo de su tiempo y sus competencias sociales y comunitarias.

Emmanuel Saldaña 

‏@emanuelcomunica

 

Diplomado sobre Derecho Financiero  en el @IJF_ESCUELA

La protección de los intereses del público, es uno de los principios rectores de todo el sistema financiero en México, advirtió el especialista Luis Manuel Méjan.


En el Diplomado sobre Derecho Financiero que se imparte en la Escuela Judicial, destacó que parte de esos principios tiene que ver con la protección a los consumidores.

“Muchas de las reformas, sobre todo las que se hicieron en el año pasado han sido reformas para darle más fuerza, hay quien dice más dientes a las autoridades financieras y esto lo han disfrazado o presentado como una manera de proteger a los intereses del público”.

Los derechos de los consumidores son el conjunto normativo que regulan las relaciones de consumo entre el público y los prestadores de bienes o servicios.

“En el caso del consumidor ésta necesidad surge cuando se enfrentan la persona que adquiere un bien o servicio, enfrentándose contra perdón que use la palabra, el proveedor del mismo bien o servicio y entonces se produce este choque o este encuentro que hace que ésta especie que nace que llamamos  consumidores, sea una comunidad que es vulnerable”. 

Dado su carácter vulnerable, dijo, los consumidores deben ser protegidos.

“El derecho, entre las novedades que ha producido en estos últimos 100 año han sido algunas ramas novedosas del derecho, el informático, el ecológico,  entre otras tenemos que añadir el derecho del consumidor es una nueva rama surgida a mediados del siglo pasado que debemos considerar”. 

Los derechos del consumidor forman parte de normas recientes  que buscan la protección más amplia a favor de la colectividad.

Martha Rodríguez  

@marthaarod

Juicio oral mercantil, uno de los medios en México para agilizar la impartición de justicia

El Juicio Oral Mercantil es uno de los medios en México para agilizar la impartición de justicia, principalmente en los temas relacionados con el Tratado de Libre Comercio para América del Norte.

 

Con ello, se incentivó la entrada de inversiones extranjeras al darle al tema comercial certeza jurídica.

 

En el Instituto de la Judicatura Federal se habló de los principios que integran el Juicio Oral en Materia Mercantil.

 

Como el de inmediación, oralidad e igualdad.

 

“El procedimiento oral es el que define en todo el capítulo todo lo relativo a la sustanciación del juicio, esto es de la demanda, la contestación de la demanda, la reconvención, etc, hasta llegar a la sentencia”, Magdo, Ángel Humberto Montiel.

 

 

Para que un juicio sea procedente de manera oral el monto de la controversia mercantil debe ser inferior a 562 mil 264.43 pesos.

 

En este tipo de juicios la mayor parte de las actuaciones procesales se llevan a cabo en audiencias, principales e incidentales.

 

Donde se da el ofrecimiento de pruebas y los interrogatorios.

 

“En la reforma se proponía que ya se hiciera a través de un interrogatorio libre y directo con tal que tuviera relación con los hechos controvertidos, las preguntas que se hicieran a la parte o a las partes, lamentablemente en el 2012, la siguiente legislatura no le gustó la reforma al Juicio Oral Mercantil y la regresa a posiciones”.

 

En 2011 se promulgaron las reformas al Código de Comercio que introdujeron el Juicio Oral Mercantil, que entraron en vigor, según los transitorios de la reforma, el día 27 de enero de 2012. En 2014 sufrieron nuevas modificaciones legislativas.

 

Martha Rodríguez

 

@marthaarod

El Día Internacional de los Trabajadores o 1 de Mayo, fiesta del movimiento obrero mundial

El Día Internacional de los Trabajadores o 1 de Mayo es la fiesta del movimiento obrero mundial.

 

Jornada que se ha utilizado para realizar diferentes reivindicaciones sociales y laborales en favor de la clase trabajadora, fundamentalmente de movimientos socialistas, anarquistas y comunistas.

 

Fecha en la que se recuerda la lucha de los obreros por la defensa de sus derechos laborales y su libertad para organizarse en sindicatos.

 

Su origen se remonta a 1886, cuando una manifestación obrera en estados unidos terminó con una violenta represión en Chicago.

 

Una de las reivindicaciones básicas de los trabajadores era la jornada de 8 horas.

 

En nuestro país durante la Revolución Mexicana, las organizaciones obreras e industriales que ya habían logrado cierto fortalecimiento, manifestaron su necesidad de trabajar en condiciones más humanas y justas.

 

Logrando el 1 de mayo de 1913, durante la presidencia de Victoriano Huerta, celebrar por primera vez el Día del Trabajo, cuando la Casa del Obrero Mundial unificó a varias organizaciones obreras, y logró que más 25 mil empleados textileros, impresores, ferrocarrileros, sastres y tranviarios se manifestaran en la Ciudad de México, para homenajear a los “Mártires de Chicago” y presentar sus demandas laborales.

 

En 1923 cuando Álvaro Obregón era presidente de México, se acordó que el primero de mayo se fijaría como el Día del Trabajo, sin embargo no fue hasta 1925, cuando el presidente Plutarco Elías Calles oficializó la celebración.

 

Autoridades laborales consideran que éste es un día para conmemorar la lucha en defensa de los Derechos de los Trabajadores, como la jornada de ocho horas, la indemnización por accidentes y la desaparición del trabajo infantil.

 

Oscar González

 

 @okogonzalez08

 


La SCJN ha emitido diversos criterios jurisprudenciales y tesis aisladas que protegen los derechos laborales

La Suprema Corte ha emitido diversos criterios jurisprudenciales y tesis aisladas que protegen los derechos laborales.


Entre estos se encuentra la tesis que establece que el plazo previsto en el Artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, para impugnar el despido injustificado no viola los principios protegidos por el Artículo 123 apartado A, de la Constitución.

 

Pues el plazo de 2 meses solo es para impulsar la acción correspondiente y con ello garantizar seguridad jurídica, sin que ello implique atentar contra los principios que rigen la materia laboral.

 

En cuanto a los trabajadores de confianza al servicio del estado, ha definido que estos solo tienen derecho a las medidas de protección al salario y de seguridad social, pero no a la estabilidad e inamovilidad de la que gozan los trabajadores de base.

 

La Segunda Sala por su parte ha establecido que el trabajador tiene derecho a acudir ante la Junta de Conciliación, para que se le otorgue el puesto de trabajo con derechos preferentes, cuando el patrón y el sindicato han sido omisos para realizar la designación correspondiente.

 

Además puede pedir que se le indemnice con 3 meses de salarios y con el pago de salarios caídos. Cuando la omisión es del sindicato, incluso puede reclamar daños y perjuicios, si se considera que el sindicato aplicó la cláusula de exclusión de manera incorrecta, por otorgar la plaza a un trabajador con menos derechos.

 

Asimismo, ha establecido que el patrón cuenta con el plazo de un mes para rescindir la relación laboral sin responsabilidad y por ende despedir al trabajador, en caso de no realizarse en dicho plazo, prescribe esta acción.

 

O bien la que establece que los trabajadores jubilados de los organismos públicos descentralizados estatales, tienen derecho a recibir, por su antigüedad, los quinquenios, pensiones y demás prestaciones establecidas en las normas burocráticas de carácter local, pero no la prima de antigüedad prevista en la Ley Federal del Trabajo, ya que se trata de prestaciones laborales de distinta naturaleza jurídica, pero que no son excluyentes.

 

Estos y otros criterios, se han emitido por el Máximo Tribunal, para salvaguardar los derechos de los trabajadores.   

 

José Luis Guerra García

 

 

Art. 123 de la Constitución referente al derecho al trabajo ha sido modificado 24 veces desde 1917

El 1 de mayo de 1917 entró en vigor la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fecha que coincide con la conmemoración del Día del Trabajo. 

Ante las efemérides, es propicio conocer las transformaciones al derecho del trabajo en la Carta Magna y en la Ley Federal.

 

El derecho al trabajo está contenido en el Artículo 123 de la Constitución. Ha sido reformado 24 veces.

 

Su primera reforma, en 1929, federalizó la facultad legislativa en materia laboral.

 

La reforma de 1933 estableció la fijación del salario mínimo y cinco años más tarde estableció la licitud de las huelgas.

 

En 1960 introdujo la división de apartados A y B.

 

La reforma de 1962 fijó la jornada nocturna máxima y prohibió el trabajo de los menores de 14 años así como las labores insalubres o peligrosas para mujeres y menores de 16 años.

 

Hasta 1974 reconoció la igualdad de mujeres y hombres en el plano laboral y cuatro años después su párrafo inicial determinó que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.

 

La reforma más reciente, la de 2014, prohíbe el trabajo de menores de 15 años.

 

De acuerdo con especialistas, el desarrollo constitucional del derecho del trabajo ha tenido una visión social.

 

Sin embargo,  reconocen, los problemas se presentan en la Ley Reglamentaria del 123, cuya reforma más profunda en 40 años, fue en 2012.

 

Debieron de haber señalado en algún momento que el trabajo es un derecho humano, eso era fundamental, quiere decir que se les pasó por alto completamente que había una reforma constitucional y les había cambiado todo el sistema mexicano, desde ahí la reforma nace gritando que se requiere una reforma sobre la reforma”, Patricia, Kurczyn, Jefa División Estudios Posgrado Facultad Derecho UNAM.

 

Me parece que en términos generales esta reforma laboral es una remodelación del edificio jurídico laboral mexicano, pero que no toca en esencia los cimientos de este modelo construido después de la Revolución Mexicana”, Carlos Reynoso CastilloInvestigador UAM.

 

Con la reforma laboral de 2012 hubo modificaciones polémicas como la contratación sujeta a un periodo de prueba.

 

La ley determina que si el trabajador no cuenta con los conocimientos necesarios, el patrón podrá dar por terminado el contrato.

 

Se abusaría de esa figura porque el patrón despediría fácilmente a los trabajadores sin pagarles indemnización, yo me pregunto, ¿qué patrón va a correr a un buen trabajador?”, Héctor CervantesCoord. Comisión Derecho Laboral BMCA. 

 

Otro aspecto polémico está en algunas formas de subcontratación, figura muy recurrida en el país.

 

Que le hace mucho daño al país al trabajador, al patrón. Yo contrato una empresa que absorbe mi personal, si bien los da de alta al seguro social con uno o dos salarios mínimos y la diferencia se las pagan por otros medios entra. Cuando llega el momento de retirarse, de jubilarse, de pensionarse, sí señor aquí está su pensión pero con el equivalente a aportaciones de uno dos salarios mínimos”.

 

Está también la fijación del plazo de pago de salarios caídos a un año.

 

“Ahora es en perjuicio del trabajador, porque si un juicio se alarga, ya está el tope de los salarios vencidos y nada más se va a calcular el interés del 2% sobre 15 meses entra 11.56 pero los juicios no deben durar un año, esa es la problemática, en un juicio te tardas 10, 15 años, 5 años”.

 

Hicieron un llamado para impulsar las reformas que disminuyan el rezago en las Juntas de Conciliación y Arbitraje y que eficienten la impartición de justicia laboral.

 

Mario López Peña