Protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en México
02/06/2015 Deja un comentario
La convencionalidad y el principio pro persona son los mecanismos centrales para que los impartidores de justicia protejan efectivamente los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres mexicanas, aseguró Pedro Salazar, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
“Dado que nuestras normas internas no son en su generalidad, ni tampoco en su coherencia, normas tendientes a garantizar con claridad estos derechos, nuestro instrumento normativo más poderoso procede de las normas convencionales… A tratados, a convenciones, a pactos e incluiría a decisiones de Cortes Internacionales, los de la Corte Interamericana, son nuestro acervo normativo con mayor potencial”.
En coloquio en la UNAM, destacó el valor del principio pro persona para hacer expansivas las normas que más protegen a las mujeres y sus decisiones.
“Por ejemplo, Distrito Federal frente al resto del país en materia de interrupción del embarazo, ¿cuál es la norma que ofrece más protección? Distrito Federal, ¿cuál es la norma que debe ir prevaleciendo y expandiéndose? Distrito Federal, lo mismo vale para los ordenamientos de entidades federativas que brindan mayor protección a la fecundación asistida”.
Destacó que la laicidad es fundamental para el desarrollo normativo sobre las decisiones que las mujeres adopten en materia sexual y reproductiva.
En el estado mexicano, dijo, es un atentado constitucional el llevar dogmas religiosos a las normas que tratan estos derechos.
Mario López Peña