Entra en vigor adición al Art. 112 del Código Civil de Aguascalientes

En Aguascalientes entró en vigor la adición al Artículo 112 de su Código Civil, que señala que en el registro de defunción se establecerán las causas de la muerte, en su caso, si esta fue violenta, las cuales quedarán reservadas, solo se harán del conocimiento de terceros, mediante mandato judicial o a petición de parte interesada que así lo justifique.

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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