Derecho a la movilidad universal en el Estado de México

En el Estado de México entró en vigor la adición de un último párrafo al Artículo 5to de la Constitución del Estado de México que garantiza a toda persona el derecho a la movilidad universal, atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad, sustentabilidad y progresividad.

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Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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