Autoridades penitenciarias deben garantizar derechos humanos de reclusos, advierte investigador

En México parece haber un doble discurso en materia penal.
Por un lado un sistema acusatorio donde hay garantías, donde hay debido proceso y por el otro, un derecho penitenciario que está abandonado por las autoridades.

Así lo advirtió el investigador David Montero al impartir una conferencia en el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

La delincuencia se da por un camino en donde la opacidad de las instituciones, la corrupción, la impunidad, la simulación, nos pone el reto cuando somos autoridades persecutorias primero de que esa detención sea conforme a derecho”.

Después de dictar una sentencia condenatoria, dijo, la autoridad penitenciaria debe ser capaz de brindar respeto a los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

Y sobre todo brindarles la oportunidad de vincularse nuevamente al tejido social.

“No existe una capacitación permanente, los salarios son mediocres, los exámenes de control y confianza son manipulados”.

En el nuevo proceso penal, afirmó, no se trata de imponer sanciones cada vez más altas, sino de tener una visión integral ante la conducta delictiva.

“De qué me sirve a mi tener un debido proceso penal, de qué me sirve a mi tener leyes y reformas y más leyes antisecuestro, ley en contra de la delincuencia organizada, leyes para prevenir y sancionar actividades de recursos de procedencia ilícita, de qué me sirve ley para la trata de personas, ley para la desaparición forzada, si no hay un planteamiento y una decisión política que verdaderamente coadyuve los esfuerzos de la sociedad para abundar en seguridad y certidumbre jurídica a cada uno de los miembros a los que se debe el Estado”.

Dijo que esta situación es similar en la mayoría de los países latinoamericanos.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

No es necesario que aparezcan juntos firma, cargo y nombre de quien emite actuaciones judiciales o administrativas: SCJN

El Pleno de la Suprema Corte resolvió una contradicción de tesis, relacionada con la validez de las actuaciones judiciales y administrativas, pero materialmente jurisdiccionales. (Contradicción de tesis 357/2014).

Estableciendo que para dotar de validez y certeza a un acto o resolución jurisdiccional y para identificar al funcionario que intervino en su emisión, basta con este imprima su firma y rúbrica en el mismo, sin que sea necesario que asiente su nombre apellidos o cargo, por ser distintos a la firma.

Siempre y cuando, y esta es la condición de la que se venía hablando, dichos elementos puedan ser identificables en diverso apartado de la resolución judicial en lo cual ya no hay contradicción de tesis o del propio expediente, inclusive pudiera ser a través de estos medios que esta información sea determinable para las partes”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

Los ministros indicaron que si bien estas formalidades dan certidumbre a las partes, no es necesario que la firma, nombre y cargo de quien emite el falló, estén en el mismo lugar del documento.

Coincidiendo con lo que afirma el Ministro Pérez Dayán, también coincidiendo que el tema de las formalidades judiciales es una garantía para las partes, creo yo que en este caso, al final de cuentas de lo que se trata es de identificar a la autoridad que está signando una actuación”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

Es un equilibrio entre un excesivo formalismo, que lejos, lejos de garantizar los derechos de los particulares o de los justiciable en muchas ocasiones se vuelven obstáculos precisamente para una justicia pronta y expedita y por el otro lado no llegar al extremo de un antiformalismo que no dé la mínima certeza a las partes”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

Quienes votaron en contra del proyecto, indicaron que el hecho de que esté el nombre, la firma y el cargo de quien emite la resolución, es requisito indispensable para dar certeza a todo acto jurídico.

En la expedición de estos actos procesales que cada uno debe tener su validez, será siempre necesario que cuenten, en cualquier parte de su contenido, con el nombre, el cargo y la firma, para que se pueda identificar y fácilmente el justiciable que participa en ello, sepa quien está emitiendo los actos que le afectan en su entorno jurídico”, Luis María Aguilar Morales Ministro Presidente SCJN.

“Ya se está uniformando en general la actuación jurisdiccional poniendo nombre, apellidos y cargo, junto con la firma esto marco una línea para que en adelante pudieran hacerse las cosas uniformemente”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

El Pleno resolvió 2 contradicciones más, que declaró sin materia, ya que abordaban el mismo punto de derecho. (Contradicciones de tesis 393/2014 Y 2/2015).

José Luis Guerra García

 

La Primera Sala determinó que la libertad de expresión no es un derecho exclusivo de periodistas

Si bien los medios de comunicación son la caja de resonancia de las opiniones que los ciudadanos emiten, con relación al comportamiento de los funcionarios públicos. (Amparo directo en revisión 1105/2014).
Esto no implica que la libertad de expresión sea un derecho exclusivo de los periodistas, determinó la Primera Sala.

Pues esto supondría, que ellos serían los únicos que podrían alzar la voz, opinar, cuestionar y disentir sobre las acciones y decisiones de la autoridad.

La libertad de opinión no está sujeta a la temporalidad de los hechos, pues su función es coadyuvar a la formación de opinión pública, así como garantizar el ejercicio de otros derechos, como el de asociación, de petición de votar y ser votado.

Con ello se confirmó el amparo que otorgó un tribunal colegiado, a una persona que había sido condenada a 6 meses de prisión y al pago de una multa, por haber aparentemente difamado a un ex funcionario público del ayuntamiento de monterrey, nuevo león a quien acusó de diversos actos de corrupción, a través de una nota pagada en un diario de esa ciudad.

José Luis Guerra García

La Segunda Sala resolvió una contradicción de tesis relacionada con el Código Fiscal de la Federación que regula el buzón tributario

La Segunda Sala de la Corte consideró procedente conceder la suspensión contra la aplicación y ejecución de los artículos 17 k y 28, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.
Disposiciones que regulan el uso del buzón tributario como mecanismo de comunicación electrónica con la autoridad hacendaria y como medio para ingresar mensualmente, la información contable del contribuyente en la página del SAT.

Indicaron que la suspensión no afecta el orden público, ni causa perjuicio al interés social, pues la concesión de la medida cautelar, no implica que los contribuyentes dejen de cumplir con sus obligaciones fiscales, ni impide que la autoridad hacendaria ejerza sus facultades de comprobación.

La suspensión solo tiene como fin deshabilitar la obligación de emplear dicho mecanismo como medio de comunicación electrónica con la autoridad hacendaria.

Por lo que los actos y resoluciones administrativas que esta emita, deberán notificarse a los quejosos a través de los mecanismos ordinarios previstos para tal efecto.

En tanto que el contribuyente deberá desahogar los requerimientos que le sean formulados y presentar sus promociones y avisos directamente ante la autoridad hacendaria en documentos impresos o digitales.

En cuanto el envío de la información contable, el efecto de la suspensión se traduce en que el quejoso no tiene la obligación de remitirla mensualmente a través de la página de internet del SAT, en tanto se resuelve el juicio de amparo en lo principal, sin que esto implique la autoridad no pueda solicitarla para verificar que está cumpliendo con sus obligaciones fiscales.    

José Luis Guerra García

 

El concepto de datos abiertos se analizó en el Seminario sobre Acervos Documentales

En el primer seminario sobre “Acervos documentales, se analizó la era digital y su impacto en el manejo de la información judicial.
Todo tipo de organizaciones requieren de toda la información que generan requieren tenerla organizada, bien guardada o protegida y sobre todo garantizar que esa información pueda seguir siendo accesible sin importar el tiempo, la evolución de formatos, la evolución de tecnologías”, Joel Torres Hernández, Consultor en repositorios digitales.

Explicaron que para lograr este objetivo se han desarrollado repositorios digitales, que son sitios WEB centralizados en los que se almacena información.

Un sistema de repositorio digital debe de garantizar estas tres cosas: el que la información se pueda recopilar, se pueda organizar, el que pueda ofrecer el acceso necesario a quien requiera tener acceso a esa información y preservar los contenidos”.

Aseguraron que si la información que generan las instituciones públicas no es visible pierde relevancia.

De ahí la importancia, señalaron, de lo que se conoce como el concepto de datos abiertos.

Estos datos abiertos deben estar accesibles, deben estar integrales, no parciales, deben estar gratuitos, no discriminatorios, a unos sí y a otros no, oportuno para todos, permanentes, deben estar en un sitio WEB”, Egbert John Sánchez, Investigador IIBI.

El Seminario sobre Acervos Documentales se realizó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Magistrado de Circuito explicó las distintas etapas que conforman el nuevo proceso penal oral

La teoría de la interpretación y argumentación de los hechos, la del caso y de la prueba, serán los límites rectores de sustento en la dialéctica del sistema acusatorio, aseguró el magistrado de Circuito Miguel Ángel Aguilar López.
En el Diplomado de Formación sobre el Nuevo Sistema de Justicia Penal, dijo que son muchos los temas estructurales que dan contenido al esquema acusatorio.
En ese propio contenido nosotros podemos advertir que un Código Nacional nos dice, hay una etapa de investigación, la iniciada, formalizada, una etapa intermedia y además tenemos una etapa de juzgamiento, de juicio, pero con otras reglas estructurales”.

El magistrado destacó que es preciso conocer estructuralmente para el nuevo sistema, desde los principios hasta el juicio de amparo.

Su concepto, sus principios, sus partes, su plazo, su procedencia, su sobreseimiento, su tramitación, la sentencia estructural, la suspensión, la ejecución, la inejecución, la acción de inconstitucionalidad, la controversia constitucional, amparo contra leyes, en una forma genérica”.

En el Instituto de la Judicatura Federal, explicó que dentro de la jurisprudencia nacional se toman las sentencias de la Corte, Salas y colegiados y en la extranjera, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los precedentes de la Corte Penal Internacional y de la Corte Europea de Derechos Humanos.

Martha Rodríguez

@marthaarod

En los últimos 25 años México registra un promedio de 2 menores de 14 años asesinados cada día

En los últimos 25 años méxico registra un promedio de 2 menores de 14 años asesinados cada día, y de 2006 a 2010, 913 niños y adolescentes han muerto como consecuencia del crimen organizado, revelaron datos del Colegio de la Frontera Sur.Gran parte de las agresiones contra menores permanece oculta, principalmente por miedo.

De acuerdo con el estudio: “Mortalidad por violencia en la infancia”, de Marcela Valladares, los niños suelen ser considerados desde seres angelicales, mini adultos, hasta sin valor y pasivos.

Que aunque hay leyes encaminadas a protegerlos, persisten contradicciones en el trato recibido en lo privado y en la esfera pública.

El análisis detalló que en todos los grupos étnicos y clases se practica el maltrato físico.

Que son más proclives los padres solos o con bajos ingresos, así como familias sometidas a un estrés adicional por la presencia de hijos con discapacidad, no deseados o hiperactivos.

El maltrato, afirmó, suele disfrazarse de disciplina, un fenómeno con repercusiones de largo plazo.

En México hay 39.2 millones de adolescentes, de ellos, 21.4 millones están en pobreza, y 5.1 millones la padecen en su forma extrema.

Oscar González

@okogonzalez08

Litigios agrarios pueden durar hasta 15 años, asegura Mediador Certificado del TSJDF

Los mecanismos alternos para la solución de controversias serán clave para la implementación de la reforma energética.
Sobre todo, explicó Alberto Rodolfo Sánchez, mediador certificado, porque involucrarán litigios de gran impacto económico.

La explotación de estos recursos naturales en terrenos ejidales entra 04.54 la explotación del petróleo y los daños ambientales que esto ocasiona”.

En seminario permanente sobre justicia agraria en la UNAM, destacó que los litigios en materia agraria, por ejemplo, pueden durar inclusive décadas en resolverse.

Y en los cuales las pérdidas económicas son significativas para las partes.

“No por los tribunales, sino por la complejidad de los asuntos, qué sucede, se van 10 años, se van 15 años, se va mucho tiempo”.

Con los mecanismos alternos como la conciliación, la negociación o la mediación, aseguró, se logrará una justicia pronta y eficiente, advirtió.

Durante 2014, los tribunales unitarios agrarios se recibieron 50 mil 809 asuntos de los cuales se resolvieron 54 %.

De acuerdo con el informe del Tribunal Superior Agrario, se entregaron 4 mil 585 hectáreas al ejecutarse sentencias relacionadas con dotación de tierras en beneficio de 234 campesinos.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

La FAO y emprendedores sociales convocaron a revalorar el papel del campesino mexicano

Se estima que en México 27.4 millones de personas viven en carencia alimentaria y en contraparte muchos padecen sobrepeso y obesidad.
En el foro “Del pequeño productor al consumidor, diversidad y nutrición”, se destacó que hasta las mesas de los mexicanos cada vez llegan menos alimentos nutritivos del campo para dar paso a los procesados.

En promedio se consumían 98 kilos de carne, huevo o pollo por persona al año, en la actualidad sólo son 56 kilos per cápita.

Necesitamos revalorar el papel del campesino, del pequeño productor, el campesino es el responsable del 40 % de los alimentos que se producen en nuestras tierras, es responsable del 80 % de la diversidad de esos alimentos y a pesar de ello, hemos invisibilizado al campesino”, Georgina Aldana, Emprendedores Sociales.

Organizaciones sociales destacaron la importancia de que se apoye al campo con un incremento presupuestal que pase de 3 a 5 % del PIB nacional.

Si nosotros consideramos que aproximadamente el 80 % de los mexicanos estamos en riesgo de pobreza, es muy probable que los mismos mexicanos que padecemos hoy carencia alimentaria o cualquier grado de pobreza estemos padeciendo paradójicamente al mismo tiempo, sobrepeso, obesidad y sus consecuencias”, Julieta Ponce, Centro de Salud Alimentaria.

Nos lleva a reflexionar de mayor profundidad de los 4 pilares que sostienen la seguridad alimentaria y si se fijan de lo que habla Julieta, alimentos suficientes y nutritivos, eso se retoma en los 4 pilares”, Jonathan Martínez, Oficial de Programa de la FAO en México.

Se consideró necesario proveer a las familias subsidios para alimentos como el frijol, verduras, hortalizas, maíz, amaranto, pescado, chía, semillas y aguacate.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Presentan libro Luces políticas y cultura universal

Luces Políticas y Cultura Universal. Biografías de Alamán, Gutiérrez de Estrada, Comonfort y Ocampo, es un hito para conocer el desarrollo de las instituciones jurídicas y judiciales mexicanas.
De acuerdo con especialistas, un libro necesario para sumar al entendimiento de los procesos de la justicia en México.

“La justicia no es otra cosa que el resultado de procesos históricos… Son personajes que forman parte de nuestra cultura histórica y que paulatinamente, esto es previsible, esos grandes individuos que generaron el gran proceso transformador de nuestra sociedad a lo largo de diferentes momentos históricos”, Diego Valadés, Investigador IIJ UNAM.

En la obra se reúnen cuatro trabajos biográficos de uno de los historiadores más destacados del siglo XX: José C. Valadés.

Trabajo que retrata la vida de algunos de los personajes fundamentales del siglo XIX con aportes sustanciales para su reconstrucción histórica: Ignacio Comonfort, Lucas Alamán, José María Gutiérrez de Estrada y Melchor Ocampo.

“Vamos a tener el conocimiento, a través, de estas cuatro vidas, de lo que fue el siglo XIX mexicano, en particular la construcción del Estado Mexicano que tantos obstáculos tuvo que vencer”, Patricia Galeana, Dir. Gral. INEHRM.

Luces políticas y cultura universal un libro clave, aseguraron los presentadores, que ayuda a entender los retos para la construcción institucional en México.

Mario López Peña

@elogiodeljabon