Corte aprueba criterio que establece alcances del amparo adhesivo

El Pleno de la Suprema Corte aprobó por mayoría el criterio que establece los alcances del amparo adhesivo.
Figura que se regula en el Artículo 182 de la Ley de Amparo.

Los ministros indicaron que en este recurso, solo se puede hacer valer lo dispuesto en las fracciones primera y segunda de dicho artículo.

La posibilidad de promover amparo adhesivo da oportunidad, a quien obtuvo una sentencia favorable, total o parcialmente, de no quedar inaudito en el juicio de amparo principal promovido por su contraparte, de abonar en favor de aquello por lo que se le otorgó el amparo o de hacer valer violaciones al procedimiento que pudieran afectar sus defensas, con el propósito de evitar los amparos para efectos y el llamado reenvío de asuntos”, Luis María Aguilar, Ministro Presidente SCJN.

Permitir que se impugnen cuestiones de fondo, propiciaría que se afectaran los principios de prescripción y equidad procesal entre las partes, argumentó la mayoría.

El marco constitucional y legal, que rige esta figura permite afirmar, que se sustenta fundamentalmente en el principio de concentración fundamentalmente, pero también en el equidad procesal”, Juan Silva Meza, Ministro SCJN.

La Ministra Margarita Luna Ramos, indicó que es posible impugnar violaciones de fondo por esta vía, solo en ciertos casos.

O aquellas que en mi opinión debiera decir, que me puedan perjudicar, pero que me puedan perjudicar con motivo de que se declaró fundado en el concepto de violación de mi contraparte, que de alguna manera le está estableciendo la concesión del amparo”.

Quienes votaron en contra, indicaron que con esta interpretación, se perdía el espíritu y sentido del amparo adhesivo.

Tampoco, y lo analicé con mucho cuidado estimo que puede haber aquí un rompimiento del equilibrio procesal, porque esa parte, no, que se fue por el amparo adhesivo, no puede introducir nada nuevo”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.                     

Simplemente señalo que en mi opinión el artículo ni está mal redactado, ni tiene una deficiencia técnica, dice exactamente lo que quiso decir y por ello, yo votaré en contra”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

El Pleno también definió cómo debe estudiar este tipo de recursos el tribunal colegiado. 

Conforme a lo cual, podrá, dependiendo del caso sobreseer en el juicio amparo adhesivo por improcedente cuando no se reúnan los requisitos de procedencia que están previstos expresamente en el Artículo 182, o en su caso negar el amparo adhesivo cuando los argumentos resulten infundados o no sean de los que se pueden hacer valer en el mismo o finalmente, conceder el amparo adhesivo o declararlo sin materia en los casos que proceda”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.   

El que sea accesorio de lo principal, supone que seguirá total y absolutamente su suerte y esto entonces, me llevaría a establecer una lógica entre la primera y la segunda parte del proyecto para decir, que en tanto el amparo principal no prospera, automáticamente queda sin materia el adhesivo”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

El Pleno declaró sin materia una contradicción de tesis más, en la que se abordaba el mismo conflicto de derecho.

José Luis Guerra García

Segunda Sala fija jurisprudencia sobre multas por violación a disposiciones federales incluidas en normas laborales

La Segunda Sala de la Corte estableció como jurisprudencia que las multas por infracciones a disposiciones administrativas federales, procede en su contra el juicio contencioso administrativo, ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.Incluso, si la sanción se contiene en ordenamientos laborales y la impone una autoridad local.

El criterio publicado en el Semanario Judicial, precisa que conforme a lo dispuesto en los artículos 123, apartado a fracción XXXI y 116 fracción quinta de la Constitución, a las autoridades locales compete aplicar las normas en materia laboral.

En tanto que a los tribunales de lo contencioso administrativo locales, dirimir los conflictos entre los gobernados y las autoridades estatales, derivados de la aplicación de las leyes que rigen la actuación de sus dependencias.

Hipótesis que no se surte en el caso de multas administrativas impuestas por autoridades locales, con motivo de la violación a normas federales.

Pues existe disposición expresa en la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y en la Ley Federal del Procedimiento Contencioso, que reserva a ese órgano la competencia para conocer de las multas impuestas por violar disposiciones federales, aun cuando se prevean en normas laborales y las imponga una autoridad local.

José Luis Guerra García

 

En el Diplomado de Formación en el nuevo sistema de justicia penal se analizó la importancia de la Ley de Ejecución Penal

Miguel Sarre, profesor del ITAM, aseguró que debe existir un equilibrio entre el derecho penal y el derecho de ejecución penal, para garantizar los derechos de los procesados.
Donde se busca que no se cometan delitos, se sanciona cuando se cometen delitos pero después el objetivo una vez ya cometido el delito es que la respuesta del Estado no sea una respuesta excesiva, sino que tenga claros limites, aquello que no está permitido lesionar con la pena”.

En el Instituto de la Judicatura Federal, explicó que con el concepto anterior de readaptación social los reos eran vistos como enfermos sociales.

Con las recientes reformas el concepto de readaptación fue sustituido por el de reinserción social.

La persona privada de la libertad es un sujeto de derechos y obligaciones como cualquier otra persona, bajo un régimen jurídico especial, particular, es el régimen de la prisión, pero la posición es la misma”.

El profesor Sarre descalificó aquellas opiniones que han surgido en el sentido de que debe desaparecer la sanción penal.

No debemos sentirnos apenados porque el derecho penal castigue lo que tenemos que hacer es aplicar correctamente el derecho penal para que imponga la pena justamente y la ejecute también con la misma justicia”.

Recordó que con la Reforma Constitucional en Materia Penal de 2011 se logró la sujeción del sistema penitenciario al marco de derechos humanos.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Presentan libro “Prevención social de la violencia y la delincuencia”.

Históricamente, la política criminal ha estado centrada únicamente en la represión y en la sanción, dejando a un lado el aspecto de la prevención.
La participación de las fuerzas federales en la lucha contra la delincuencia ha resultado cara y poco eficiente.

Para hacer frente al crimen es indispensable involucrar a las autoridades locales, a los integrantes de las comunidades y a la policía. 

La violencia es la epidemia de nuestros tiempos, México ha vivido una crisis de violencia y seguridad en los últimos años que ha puesto al descubierto las debilidades no sólo de las instituciones sino también de nuestro edificio social”, Edna Jaime Treviño, Directora General México Evalúa.

En el libro “Prevención social de la violencia y la delincuencia” los autores afirman que la prevención debe ser la columna vertebral de cualquier política criminológica.

La violencia criminal no es tan sólo un asunto policiaco sino que es un asunto que requiere prevención, y prevención supone reconocer que el crimen está infiltrado en nuestra sociedad”, Sergio Aguayo, Profesor Investigador COLMEX.

Eunice Rendón y José Luis Santisbón, abordan en la obra a la seguridad como un bien público que debe ser provisto primordialmente por el estado.

Pero la sociedad también tiene un papel fundamental en la construcción de comunidades seguras, tanto en la prevención del delito como en la supervisión ciudadana de las políticas públicas para combatirlo”, Edna Jaime Treviño, Directora General México Evalúa.

El libro, presentado y comentado en el INACIPE, revela que las experiencias exitosas de reducción de la violencia en México provienen de acciones diseñadas e implementadas desde las propias comunidades.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

 

Bibliotecas jurídicas y su valor patrimonial

Las bibliotecas son los espacios más democráticos de las instituciones, señaló Sergio López Ruelas, coordinador de Bibliotecas de la Universidad de Guadalajara.
En la conferencia magistral «Bibliotecas jurídicas”, consideró que este patrimonio debe ser accesible, pero al mismo tiempo, apoyarse en las tecnologías de la información.

Hoy día las bibliotecas de cualquier tipo se están acercando a ser un CREI, es decir, un centro de recursos de información, documentación e investigación pero también de recreación”.

Dijo que aunque una biblioteca sea muy especializada, como las legislativas o parlamentarias, deben de tener material que sirva para el entretenimiento.

El patrimonio documental representa la memoria de la cultura humana y es el testimonio de los acontecimientos tanto históricos como contemporáneos de la sociedad”.

Recordó que el Programa sobre la Memoria del Mundo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, cuenta con colecciones modernas e incluso, propuestas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Oscar González

@okogonzalez08

Curso de especialización en juicios orales mercantiles

Con la reforma en materia mercantil, los legisladores pretendieron dotar al sistema judicial de procesos ágiles y de certeza en las sentencias, aseguró el magistrado Fernando Rangel.
En el curso de especialización en juicios orales mercantiles explicó que entre los cambios legislativos es el mayor énfasis que se dio al beneficio del quejoso en las violaciones procesales.

Aquí lo que el legislador pretendió hacer fue vamos a encontrar que el juicio es un tema de orden público porque es el instrumento idóneo para que las personas resuelvan sus conflictos, si ese conflicto en lugar de resolverlo lo prolongamos en el tiempo, lo hacemos más costoso, hacemos un instrumento de difícil acceso, de poca utilidad y de nula utilidad”.

El Magistrado dijo que el tribunal de amparo tiene que encontrar un sistema, establecido en la ley, que nos lleve a ver el juicio como una unidad y que sólo se pueda retraer cuando represente un beneficio cabal para aquel que va al amparo.

Dijo que uno de los principios fundamentales de las sentencias que se dictan es que deben ser útiles, con una verdadera finalidad de protección, a través de los amparos y se restituya al quejoso en el goce del derecho violado.

“Si yo con un argumento de fondo puedo tener sentencia favorable, para qué me lo regresan hasta acá, para qué si aquí me pueden ya resolver de una vez lo que estoy pidiendo”.

Destacó que siempre se privilegia que la controversia quede resuelta, que no se den pausas a través de amparos distractores que a final de cuentas podría no generarle beneficios a la parte quejosa.

El amparo por violación procesal, dijo, se sustenta sólo en el hecho que reparada esa violación procesal, el quejoso tenga reales expectativas de conseguir su derecho pretendido en el juicio.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Especialista en #NSJP, se refirió a la autentificación de pruebas

Es fundamental que postulantes y ministerios públicos aprendan a autenticar evidencia para el adecuado desarrollo de los juicios orales, aseguró Rodolfo Félix Cárdenas, especialista en el nuevo sistema de justicia penal.
Dentro del Diplomado de formación en el nuevo sistema, subrayó, que de no lograrse esa acreditación, fallarán en la admisión de pruebas.

Para lograrlo, explicó, es clave el interrogatorio directo.

Porque la evidencia solamente la podemos producir a través de un interrogatorio directo… Interrogar es una parte esencial en el manejo del caso en el sistema, porque a través del interrogatorio directo voy a poder producir mi prueba”.

El testigo, dijo, es el conducto ideal para ese propósito, pues así se convencerá al tribunal de la validez de las pruebas.

“Y esto cuando no se cumple, es una de las objeciones más poderosas que hay en el juicio… Ese que no pueda autenticar está reprobado en el acusatorio, el juez que no entienda esto tiene que quedarse en el viejo sistema”.

Explicó que se tienen que sentar las bases necesarias para que la evidencia sea presentada al testigo para que la identifique.

Sentar bases, se refiere a la reunión de información suficiente para configurar el valor de esa evidencia.

Mario López Peña
 
 

Se llevó a cabo un Seminario en materia de transparencia y acceso a la información

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental no contempló un incremento el presupuesto de cada dependencia para cumplir con las demandas de la ciudadanía.  
Los recursos humanos materiales y presupuestarios tienen que ser los asignados para dar cumplimiento a una ley que exige transformaciones al interior de las instituciones.

Así lo advirtió el director de Vinculación Educativa de la SEP José Antonio Anaya Gallardo.

Quienes diseñaron esta ley, quienes la discutieron, seguramente nunca pensaron el impacto que iba a tener esta ley, bueno, era un tema de una necesidad democrática que nos abría la ventaja de querer entender el actuar de los servidores públicos”.

En el Seminario en materia de transparencia y acceso a la información, señaló, que por el volumen de solicitudes las dependencias también tienen que absorber el costo de reproducción de documentos.

Sin embargo en este coste que la propia ley impone, nunca se tomó en cuenta el costo de horas hombre, por el trabajo que implica la revisión documental en un expediente que a veces, si bien nos va, está bien integrado”.

Como alternativa, detalló, se comenzó a utilizar la información electrónica, sin embargo, dijo, también implica un costo.

Si seguimos hablando del costo de la transparencia pues, el reglamento, no la ley, contempla una serie de medios de reproducción desde copias simples, copias certificadas, medios magnéticos, ópticos, sonoros, visuales, holográficos y otros medios”.

Concluyó que la información pública tiene un impacto financiero tanto en los sujetos obligados como en los ciudadanos.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

80 % de los mexicanos considera que la protección del medio ambiente es obligación exclusiva del gobierno 

Al participar en el Coloquio Internacional sobre Intercambio de Experiencias sobre el Derecho al Medio Ambiente, destacaron la importancia de contar con información para poder combatir el problema de la contaminación.
El acceso a información, el acceso a la participación en la toma de decisiones y el acceso a la justica ambiental”, Diana Ponce, Consultora en desarrollo sustentable.

Urgieron a redoblar esfuerzos para establecer una verdadera política educativa en el país.

Que permita a generaciones futuras aquilatar la importancia y urgencia de propiciar y poner en marcha medidas que posibiliten vivir en un medio ambiente más sano”, Luis Raúl González Pérez, Presidente CNDH.

Explicaron que si bien las afectaciones al medio ambiente inciden en toda la población, hay grupos con un alto grado de vulnerabilidad.

Mencionaron a comunidades indígenas, personas de la tercera edad, con discapacidad y la niñez, quienes en mayor medida, resienten los impactos negativos.

Oscar González

@okogonzalez08

La senadora Lucero Saldaña se refirió a la democracia y a la paridad de género

La democracia sólo se consolidará en México cuando se logre la paridad de género, aseguró la senadora Lucero Saldaña.
Durante la presentación del número 24 de la revista “Pluralidad y consenso”, editada por el Senado, se destacó que han sido necesarias reformas para impulsar el proceso democratizador.

La paridad es un principio, es un derecho, es un motor de cambio como se ha dicho y es una responsabilidad compartida, la paridad no solamente es el que después de cuotas que se fue dando un proceso en todo el mundo y en nuestro país sobre todo en los 90 que fue dándose de un 20, 25, 30, 40 % con todos los vicios y esquivar lo que estaba en las leyes secundarias”.

La legisladora dijo que las cuotas de género en los procesos electorales se establecieron como un tipo de acción afirmativa.

Cuando se ve, las mujeres votan, están en las casillas como representantes, están en la fila, pero no están representado sobretodo en el legislativo, se ha hablado en el poder legislativo y vemos un gran déficit que lo podemos seguir platicando”.

El tema “Paridad en México” forma parte de los 9 artículos escritos por diversas plumas para la revista pluralidad y consenso.

Entre ellos, agenda del parlamento abierto, el ajuste fiscal que se avecina, responsabilidad legislativa en materia de trata de personas, el buen uso del dinero, los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza.

Martha Rodríguez

@marthaarod