Realizan Diplomado en Derecho Financiero en el IJF

Gracias a la Reforma Financiera la CONDUSEF cuenta ya con mayores atribuciones para proteger y defender a los usuarios de los servicios financieros.
Así lo señaló Gustavo Becerra Pino, director general Servicios Legales CONDUSEF, al participar en el Diplomado en Derecho Financiero.

 “La ley de la CONDUSEF se abre en dos ejes principalmente que es la protección al usuario, que es lo preventivo y la defensa del usuario, que es lo activo, es yo ya ahí propiamente salgo como luchador a defender al usuario”.

Explicó que otro beneficio de la reforma es la competencia que generó entre las instituciones financieras.

Lo que sí es importante, sí es cierto es la competencia, la competencia es increíble para en determinado momento cómo beneficiar al público en general y ahí sí en competencia se han dado muchos cambios”.

Sin embargo, aseguró que los cambios legislativos que se dieron hace dos años en materia financiera no lograron abaratar los costos del crédito.

 “Supuestamente mientras las empresas tuvieran mayor seguridad en la recuperación de sus recursos en teoría los intereses iban a bajar, yo no he visto nunca que haya bajado el interés de un crédito”.

El Diplomado en Derecho Financiero se realiza en el Instituto de la Judicatura Federal.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Corte ordena a congreso local garantizar sistema no discriminatorio de guarderías

El Pleno de la Suprema Corte decidió solo invalidar la porción del Artículo 147 de la Ley General de Salud del estado de Baja California. (Acción de inconstitucionalidad 86/2009).
En la parte que establecía que las guarderías no podían atender a menores con discapacidad dependientes.

Indicaron que no harían extensiva esta decisión a otros artículos, pues se podría incurrir en alguna imprecisión u omisión.

Determinar cómo efectos la obligación, la obligación de ajustar las políticas públicas, los actuares legislativos a que ese nuevo modelo, a partir de que el modelo anterior médico rehabilitador, asistencialista, excluyente ha sido sustituido por el incluido no discriminador”, Juan Silva Meza, Ministro SCJN.

 “Podríamos incurrir en algunas omisiones, o tal vez, extendernos demasiado en preceptos que no fuera necesario invalidar, así es que, yo secundaría la moción en el sentido de, simplemente para efectos de esta acción invalidar la porción normativa del artículo 147, en donde se excluye a los menores con discapacidad dependientes”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN. 

La resolución surtirá efectos al momento de su notificación y en ella, se ordena al Congreso de esa entidad, adecuar su legislación en materia de guarderías a la norma general y tratados internacionales para contar con un sistema de guarderías no discriminatorio, sino incluyente. 

“Exigiría el inmediato cumplimiento sobre la base del razonamiento integral de la norma, hoy entendida como la posibilidad de admitir en estos centros de atención a cualquiera de los sujetos ya considerados en el nuevo texto del 147”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

“Yo creo que en términos de legislación, el mandato tiene que ser para el siguiente periodo ordinario y el mandato interpretativo de la norma, de manera integral, de inmediato, desde que es notificada la sentencia”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

“Y dejar que el poder legislativo en términos de los lineamientos que aquí se han expresado haga las reformas que sean necesarias, para darle plena eficacia a la decisión que hemos tomado en este Pleno”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Puntualizaron que dicha legislación deberá garantizar la mejor protección a los derechos de los niños.

José Luis Guerra García

Primera Sala concede amparo para proteger el derecho a la educación

La Primera Sala de la Corte concedió un amparo a la asociación civil “Aprender primero”, quien denunció la omisión de diversas autoridades encargadas de fiscalizar el gasto educativo. (Amparo en revisión 323/2014).
Los ministros determinaron que la asociación civil sí tiene interés legítimo para acudir al juicio de amparo en atención a su objetivo social, que es el de verificar que se cumpla de manera efectiva con el derecho a la educación.

Decisión que fue calificada por integrantes de la agrupación como histórica.

Estamos mucho muy contentos de que, de manera además unánime, los ministros de la Primera Sala decidieron amparar a Aprender Primero, para poder impugnar actos de autoridad que impliquen afectación al derecho de los niños a tener una educación como la que merecen los niños de México”, Claudio X. González, Presidente Asociación Mexicanos Primero.

La sentencia precisa que la agrupación, primera a la que se le reconoce interés legítimo, le permite acceder al amparo para proteger el derecho a la educación, pues las autoridades competentes no ejercieron todas las facultades con que cuenta, para lograr que el aparente desvío del gasto educativo, se sancionara, se recuperarán los fondos desviados y se destinarán al fin que fue autorizado.

“Presumimos que al ampararnos, le van a pedir a la Auditoría Superior de la Federación, que da cuenta cada año de los desvíos masivos de recursos que se dan del presupuesto educativo, pues que le va a exigir que inicie todos los procedimientos resarcitorios e inclusive penales en contra de los servidores públicos a nivel federal o estatal, que participen en el desvió de ese recurso educativo”.

La agrupación pide se sancione a los responsables del desvío de recursos para pagó de aviadores, comisionados y cúpulas sindicales, que en 2009 y 2010, ascendió a cerca de 22 mil millones de pesos.

José Luis Guerra García
 

Segunda Sala descarta inconstitucionalidad de Ley Federal para la Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

La Segunda Sala de la Corte descartó que los artículos 17 fracción XV, 18, 21 y 32 fracción VII de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita sean inconstitucionales.
Tales disposiciones no violan los derechos a la libertad de trabajo y de comercio, ni tampoco impiden el desarrollo económico y bienestar general del estado.

Al resolver un recurso en revisión, se explicó que si bien imponen ciertas restricciones a esos derechos, se justifican pues obedecen a fines constitucionales legítimos, son idóneas y no son desproporcionadas. 

Ya que buscan evitar que recursos ilícitos fortalezcan las estructuras financieras de las organizaciones delictivas.

Las normas tampoco atentan contra lo previsto en el artículo quinto constitucional, pues no se traducen en una prohibición a ningún trabajo lícito, ni están dirigidas a una persona determinada, sino que se trata de una colaboración con el estado para evitar delitos con recursos de procedencia ilícita.

Los ministros determinaron también que el reglamento, ni las reglas de carácter general en la materia, violan los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica.

José Luis Guerra García

 

Sobrepoblación penitenciaria, cruel, inhumana y degradante, asegura especialista 

En América Latina continúa habiendo masacres y violaciones masivas a los derechos humanos en los sistemas de justicia penal.
Así lo manifestó, Elías Carranza, director del Instituto Latinoamericano de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.

Para funcionar razonablemente, advirtió, las cárceles requieren satisfacer dos requisitos indispensables, espacio físico y personal penitenciario.

“Si falta espacio hay sobrepoblación y hacinamiento, y si falta personal hay anarquía y vacío de autoridad que es llenado por los liderazgos emergentes y por el surgimiento de grupos de autodefensa”.

Detalló que México, tiene una densidad de 126 % de población recluida.

“La sobrepoblación penitenciaria además de ser en sí misma una forma de prisión cruel inhumana y degradante como lo expresa la convención de las Naciones Unidas del mismo nombre, genera todo otro tipo de violencias y degradaciones al interior, ser condenado a prisión en las actuales condiciones en la mayoría de los casos es ser condenado a una pena de muerte aleatoria”.

América Latina, señaló, es la región con la mayor inequidad en la distribución del ingreso y con la mayor violencia delictiva medida por homicidios.

La investigación criminológica verifica que existe una alta correlación directa entre la inequidad de la distribución del ingreso y las tasas de homicidio intencionales y de ciertos delitos contra la propiedad”.

Afirmó que esta situación incide directamente en los sistemas penales que responden con mayor reclusión de delincuentes.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

La ONU advirtió del reto que significa el crecimiento poblacional en zonas urbana 

Los movimientos sociales han permitido la construcción de las ciudades ya que a partir de sus demandas han logrado la garantía de derechos.
Según la ONU, para 2050, el 65% de la población mundial vivirá en zonas urbanas, situando el derecho a la ciudad en el sistema internacional de los derechos humanos.

“Según ese testimonio el derecho que debería guiar los principios de ciudadanía, es el de justicia social, a través del cual se orientan los esfuerzos de creación de condiciones de vida digna”, Sergio Tamayo Investigador UAM.

De acuerdo con el investigador de la UAM, Sergio Tamayo, en la actualidad se pueden definir cuatro proyectos que se disputan el espacio de la Ciudad de México.

Uno corporativista y autoritario con estándares que responden a la globalización.

“Porque se fundamenta en la libertad personal y en una representación democrática del debate público que en ninguno de los casos se ha podido alcanzar, de hecho en las condiciones de desigualdad e injusticia social en la que viven la gran mayoría de las ciudadanías, no creo que sea posible alcanzar”.

Otro, dijo, se basa en la privatización con valores conservadores, alejado de una respuesta a las desigualdades sociales.

El tercer proyecto, detalló, es de centro izquierda, asume que para lograr una ciudadanía plena se tienen que equilibrar las expectativas sociales con las necesidades individuales.

La importancia de la utopía no estriba en el detalle con el que se defina el futuro promisorio sino en la posibilidad de construir en el presente, el sentido de la movilización y las acciones colectivas”.

Finalmente uno propuesto por la sociedad civil que apela por una izquierda no institucional anti capitalista pero que hoy se encuentra muy fragmentario.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

El juez capacitador en reforma penal, Jahaziel Reyes Loaeza, desglosó las etapas del juicio

La etapa más importante dentro del nuevo Sistema de Justicia Penal es la del juicio, a diferencia del anterior esquema cuya centralidad se basaba en la averiguación previa, aseguró el juez capacitador Jahaziel Reyes Loaeza.
En el diplomado de formación que sobre el tema se imparte en el Instituto de la Judicatura Federal, destacó que en el juicio se materializan todos los principios del sistema penal.

Como el de máxima publicidad, imparcialidad, inmediación, concentración, igualdad, contradicción y continuidad

“En el momento en que cambia el paradigma hacemos un nuevo planteamiento donde la importancia de la investigación, la importancia de la etapa no está centralizada propiamente en la investigación sino la importancia ahora se centra en la etapa de juicio, esto no quiere decir que la investigación no sea importante”.

El juez capacitador en la reforma penal, explicó que la etapa del juicio comprende desde que se recibe el auto de apertura hasta la sentencia emitida por el tribunal de enjuiciamiento.

“Pasamos ya el auto de vinculación con esa referencia con el principio de congruencia y este principio de congruencia nos va a imponer esas etapas previas hasta etapas finales en el juicio, que no se puede violar el principio de congruencia o relación entre estos escenarios posibles”.

El juez establece el protocolo de la audiencia, se realizan los alegatos de apertura, desahogo de pruebas y alegatos de clausura.

Emite el fallo y en caso de ser condenatorio, se fija audiencia para la individualización de la pena.

El acusado puede recurrir mediante un recurso de apelación.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Experto internacional explicó el sistema de análisis de estrés en la voz

La expresión corporal, facial y el tono de voz son elementos que bien analizados pueden servir como prueba en la investigación de un delito. 
Las micro expresiones faciales son universales y comunican un estado emocional como felicidad, tristeza, miedo, desprecio, enojo, asco, sorpresa, entre otras. 

“Generalmente un delincuente, saben quiénes se dedican a esto, que mienten porque saben lo que se esperan, hay delincuentes que saben que por su edad o por el tipo de delitos saben lo que va a pasar”, David Enoc Becerra, Director Sinergia en Prevención, Administración y Control de Pérdidas S.A.

Actualmente existe un sistema de Análisis de Estrés en la Voz, llamado “VSA” por sus siglas en inglés. 

“El nivel de nerviosismo del entrevistado no es impedimento para la aplicación del VSA ni afecta los resultados, la diferencia más importante entre VSA y demás sistemas de evaluación automatizados es la oportunidad que tiene el entrevistado para explicar o aclarar cualquier situación omitida durante la entrevista”.

Ante estudiantes del Instituto Nacional de Ciencias Penales, el analista internacional David Enoc Becerra explicó que este software detecta y mide el estrés psicológico a través de la voz en una entrevista.

“Cuando empieza uno a preguntar inmediatamente detecta la micro expresión y ahí es donde se encaja uno, empieza uno a dirección las preguntas en el VSA o en el polígrafo, hay excelentes poligrafistas en México, que ven eso, detectan la micro expresión inmediatamente re direccionan la pregunta”.

Este sistema tiene 96.2% de confiabilidad y es una alternativa para la investigación de delitos.

Emmanuel Saldaña 

‏@emanuelcomunica

Oralidad, y etapas de la audiencia preliminar #JuiciosOrales 

La agilidad del proceso y los medios alternativos de conciliación de conflictos son los principales beneficios de los juicios orales.

En la etapa denominada audiencia preliminar se busca la depuración del procedimiento. 

“El principal beneficio es la agilidad, porque el legislador lo que expuso en su exposición de motivos es que tardaban muchos años los juicios ordinarios, podían tardar hasta 4 años, entonces estos juicios orales como son muy breves pueden llegar a durar 3 meses”, Rebeca del Carmen Gómez Garza, Juez 1ro de Distrito Materia Mercantil.

En el Curso de Especialización en Juicios Orales Mercantiles, la juez Rebeca del Carmen Gómez explicó las seis etapas de esta audiencia preliminar.

En la primera se analiza la legitimación procesal de las partes, en la segunda se introducen los métodos alternos de solución de conflictos como la mediación y conciliación por conducto del juez.

“Esto también puede dar lugar a que se concluya el juicio de manera anticipada de forma muy favorable para ambas partes, entonces ellos se van contentos del convenio que celebraron”.

En la tercera se limitan los hechos que son materia de la prueba; la cuarta etapa es de fijación de acuerdos probatorios.

Todas las etapas lo que pretenden es que el juicio sea más ágil, se pretende mucho la agilidad del juicio”.

La quinta es de calificación sobre la admisibilidad de las pruebas; y en la última se señala la fecha para la audiencia principal.

Como parte del curso que se imparte en la Escuela Judicial, se llevan a cabo simulaciones de juicios orales en las salas especialmente diseñadas para la capacitación en este sistema.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

 Juez de control juega un papel central en el #NSJP, asegura especialista 

El juez de control, en el nuevo Sistema de Justicia Penal, juega un papel central en el desarrollo de este modelo y en particular en materia probatoria, aseguró el especialista Rodolfo Félix Cárdenas.
Al impartir un diplomado en el Instituto de la Judicatura Federal, el ex procurador general de Justicia del Distrito Federal explicó la importancia de la actuación del juez en la etapa de prueba dentro de la audiencia.

“Hay que entender que la lógica del modelo ha cambiado así que todo cambia, entonces justamente el secreto en la actuación de los jueces de control es precisamente que debe tener en la mente que el juez está ahí por eso es un juez de control, para controlar los actos de la autoridad, en este caso los actos del ministerio público”.

Para que la defensa en un caso pueda solicitar apoyo al juez de control, a fin de que ordene al ministerio público la apertura de la investigación que le corresponde, es necesaria la presentación de un escrito, es decir un acto objetivo. 

Estoy recolectando evidencia que es distinto por eso yo tengo que hacer este mecanismo, lo solicito no me lo das, juez de control, dile que me lo entregue, ejercicio de mi defensa”.

Rodolfo Félix Cárdenas aseguró que hay casos actuales como en el Estado de México, en donde si la investigación de la defensa no acude directamente al ministerio público, en el juicio intermedio se nulifica la prueba presentada.

Dijo que estos criterios se encuentran plasmados en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Martha Rodríguez 

@marthaarod