Tribunales colegiados pueden realizar control difuso dentro del marco de sus competencias: SCJN

El Pleno de la Suprema Corte determinó que los tribunales colegiados sí pueden realizar control difuso, pero solo de aquellas normas procesales con las cuales actúa, pero no de cualquier disposición sustantiva.
Por mayoría de 7 a 4, se determinó que ello permitiría mantener un equilibrio procesal.

“No creo que sean los órganos del control concentrado, los que estén exentos de ejercer un control difuso, sino que puede hacerlo en los términos que la propia Constitución les faculta”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

Incluso, los ministros de la mayoría, indicaron que en distintos fallos de la Corte Interamericana, se precisa que el control de convencionalidad ex oficio, debe realizarse dentro del marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes.

Estoy cierto de que los Tribunales Colegiados sí pueden ejercer de oficio el control de oficio de regularidad constitucional, en términos del artículo primero constitucional, pero esta facultad, creo, con el proyecto se encuentra limitada al ámbito de su competencia”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.

Quienes se pronunciaron en contra, advirtieron que se corre el riesgo de que el país deje de cumplir con sus obligaciones internacionales.

A mí me parece que la postura del proyecto es, ningún órgano de control concentrado puede hacer ex oficio control difuso y creo que ahí está incluido desde luego el amparo indirecto”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

Y a mí me parece, y lo digo con todo respeto, que con esta decisión estaríamos desconociendo las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos del estado mexicano”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

La mayoría aclaró, que los tribunales colegiados pueden realizar ese control de constitucionalidad y convencionalidad, si se dan ciertos supuestos.

Puede llevar a cabo el análisis de constitucionalidad en suplencia de la queja o por causa de pedir, entonces por esas razones sí pudiera en un momento dado llevar a cabo este análisis de constitucionalidad, pero aquí en control concentrado de constitucionalidad”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN.

“De tal modo que para mí, en suplencia de la queja puede hacerse el análisis para advertir, ya sea que es contrario a alguna disposición expresa de nuestra Constitución o indirectamente es inconstitucional porque viola alguno de los principios establecidos en alguna de las convenciones aceptadas por México en tratándose de derechos humanos”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

El Pleno previamente había determinado que sí puede aplicarse la reforma al artículo uno de la Constitución a hechos acontecidos antes de su entrada en vigor.

José Luis Guerra García
 

La Segunda Sala analizó un caso relacionado con la prueba de polígrafo y el derecho humano al #DebidoProceso

La Segunda Sala de la Corte determinó que la evaluación poligráfica prevista en el Artículo 85 de la Ley Orgánica de la PGR, no contraviene el derecho humano al debido proceso.
Derecho fundamental protegido por el Artículo 14 de la Constitución y octavo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Esto es que en el proceso administrativo las autoridades respectivas sigan determinadas reglas de índole procesal para garantizar la emisión de un fallo objetivo sobre la problemática a dilucidar.

En la jurisprudencia en cuestión, se precisa que la prueba del polígrafo, como parte de los procesos de evaluación de control de confianza a que se deben de someter los miembros del servicio profesional de carrera ministerial, policía y pericial, está justificada constitucionalmente.

Debido a que su pertenencia a las instituciones de seguridad pública, obliga a contar con medios de evaluación y control extraordinarios, que permitan comprobar que estos servidores cumplen con los principios de legalidad, eficacia, profesionalismo, honradez y lealtad.

Y porque dicho examen de control, va acompañado de otros exámenes que les son realizados para constatar su capacidad y honestidad.

José Luis Guerra García
 

La Segunda Sala analizó un caso relacionado con la prueba de polígrafo y el derecho humano al debido proceso

La Segunda Sala de la Corte determinó que la evaluación poligráfica prevista en el Artículo 85 de la Ley Orgánica de la PGR, no contraviene el derecho humano al debido proceso.
Derecho fundamental protegido por el Artículo 14 de la Constitución y octavo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Esto es que en el proceso administrativo las autoridades respectivas sigan determinadas reglas de índole procesal para garantizar la emisión de un fallo objetivo sobre la problemática a dilucidar.

En la jurisprudencia en cuestión, se precisa que la prueba del polígrafo, como parte de los procesos de evaluación de control de confianza a que se deben de someter los miembros del servicio profesional de carrera ministerial, policía y pericial, está justificada constitucionalmente.

Debido a que su pertenencia a las instituciones de seguridad pública, obliga a contar con medios de evaluación y control extraordinarios, que permitan comprobar que estos servidores cumplen con los principios de legalidad, eficacia, profesionalismo, honradez y lealtad.

Y porque dicho examen de control, va acompañado de otros exámenes que les son realizados para constatar su capacidad y honestidad.

José Luis Guerra García

Especialistas hablaron de la implementación del nuevo sistema de justicia penal

A un año de que el nuevo sistema de justicia penal entre en vigor en todo el territorio nacional, especialistas aseguran que la implementación de éste ha tenido algunas deficiencias.
Lo veo todavía muy deficiente, se está intentando pero yo pienso la solución de todos los problemas del mundo de la justicia no pueden ser los juicios orales, eso tal vez puede será un instrumento para abreviar, para facilitar pero tenemos que luchar por mucha mejor preparación de nuestro personal”, Emma Mendoza, Profesora Facultad de Derecho UNAM.

Aseguran que es importante que las autoridades realmente cumplan con lo que dice la Constitución y las leyes secundarias en materia penal.

La ley no es mágica en primer lugar hay que cumplir con ella, eso es número uno, tenemos leyes buenas, tenemos leyes regulares pero si no se cumple con ellas no sirve, se tiene que cumplir, entonces se necesita la convicción, el personal del Poder Judicial, el personal de las autoridades, toda la representación pública, las cámaras necesitan una mayor preparación y creer en lo que están haciendo”. 

Especialistas en derecho constitucional destacaron que los estados donde ya se han implementado los juicios orales han hecho grandes esfuerzos para asegurar su éxito.

Sin embargo señalaron que no se ha logrado abatir uno de los principales problemas del país: la impunidad.

Tenemos actualmente una impunidad bárbara, el dos por ciento de los delitos que se cometen llegan a una sentencia entonces es una cosa increíble, lo decimos con una sencillez, como si fuera algo normal pero la verdad es que es algo tremendo, cómo podemos vivir ante esta situación por eso tenemos esta delincuencia organizada”, Efraín García Ramírez, Académico INACIPE.

Destacaron la necesidad de que todos los operadores del nuevo sistema de justicia penal estén bien capacitados.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Gobiernos deben consultar a pueblos indígenas sobre decisiones administrativas o implementación de programas, afirma experta

Los gobiernos deben consultar a los pueblos indígenas a la hora de tomar una decisión administrativa o implementar un programa que pudiera afectar sus derechos.
La consulta puede darse en el ámbito nacional si se habla de una política pública dirigida a pueblos indígenas.

O a un nivel más puntual si se habla de un proyecto hidroeléctrico o una cementera que pudiera afectar a un pueblo especifico.

Este derecho a la consulta, según el artículo 6, se dice que pude ser, libre, previo e informado, eso quiere decir que desde el principio de la iniciativa que sea administrativa o programa, el gobierno tiene que consultar a los pueblos indígenas que van a ser afectados por esta medida”, Tania Caron, Especialista en Normas Internacionales, OIT.

El gobierno es el responsable de la consulta, en la que participan representantes nombrados por los mismos pueblos.

Para estar seguro que durante el proceso de consulta, justamente, existe esta representatividad y que al final de la consulta no van a surgir problemas con respecto a la representatividad de los pueblos indígenas”.

La consulta tiene que hacerse desde el inicio del proyecto, dando la mayor información a los pueblos para que puedan tomar emitir su opinión sobre el proyecto.

Esta consulta es parte del Convenio 169 de Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo.

El Convenio, es un convenio vinculante, adoptado por la Asamblea General de la OIT, la Conferencia Internacional del Trabajo en el año 1989 por los mandantes tripartita de la OIT”.

El Convenio 169 ha sido ratificado por 22 estados de los 185 miembros de la OIT, entre ellos México.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

Retos de la plena implementación de la Reforma de Derechos Humanos

Académicos, organismos y legisladores advirtieron que aún falta camino por recorrer para lograr la plena implementación de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos.
Criticaron el hecho de que hay un profundo desconocimiento de la sociedad sobre el impacto de la norma.

Lo que, dijeron, limita el efectivo ejercicio de los derechos.

Por un lado desconocimiento amplio y generalizado desafortunadamente de una gran porción de la ciudadanía, van a cualquier foro a cualquier parte del país preguntan sobre el conocimiento constitucional además que éste en muchas ocasiones es nulo frente a ciudadanía, población en general, particularmente el artículo primero es sumamente desconocido aún”, Julieta Morales, Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En un foro organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se destacó que en materia legislativa también hay retos pendientes.

Viéndolo a partir de todas las reformas que se han impulsado en la última decena de vida de nuestro país en donde efectivamente estamos configurando una nueva constitucionalidad, es decir, revisar cada uno de estas reformas junto con la de junio de 2011 pues efectivamente tenemos una nueva constitucionalidad inscrito en un nuevo sistema, un sistema garantista”, Angélica de la Peña, Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado.

“Y ver también qué ha sucedido con esos obstáculos que aún nos impiden ese efectivo, ese ejercicio real de los derechos. Esta reforma sabemos ha traído una exigencia fundamental, que es poner en acción a todo el aparato estatal, a sus instituciones autónomas y a su sociedad organizada para la protección y promoción de los derechos fundamentales”, César Astudillo, Abogado General de la UNAM.

Coincidieron en la necesidad de un cambio de cultura de la sociedad en la exigibilidad de sus derechos.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Rinden homenaje al escritor Eduardo Galeano en la UNAM

Fue recordado el escritor uruguayo Eduardo Galeano en un homenaje realizado en el Centro Cultural Universitario de la UNAM.
Se despojó de todos los atributos de la gloria de todas las prebendas y los reconocimientos, llegó limpio al final de su vida, desnudo de afeites, sin un solo mecanismo de defensa”,Elena Poniatowska, Escritora.

Uno de los autores más leídos en lengua española, encarnó el encuentro entre el periodismo y la creación literaria.

Galeano recoge los episodios, los sentimientos, las ideas de nuestra historia que más le impactan y los saca de los bolsillos de su pantalón mientras va caminando como dulces, como si fueran dulces envueltos en papelitos de colores que va regalando al primero que pasa”.

En el evento se presentó el libro póstumo “Mujeres”.

En la obra, Galeano hizo de la mujer un eje vertebrador de su creación, para defender en ella y en su reivindicación la dignidad siempre precaria del ser humano.

Cuando Galeano sabe que con la mujer la historia se embellece, se agudiza el ejemplo, fantasea con el mayor realismo al preguntar, ¿y si la razón y la emoción anduvieran del brazo?” Alfredo López Austin, Investigador UNAM.

En la antología cuenta la intensidad de personajes atravesados por el peso de una causa, como Juana de Arco o Rigoberta Menchú; o por su propia hermosura como Marilyn Monroe.

Mujeres es un libro que nos lleva a un viaje por distintas culturas y en diversos momentos históricos para mostrar de manera implacable, aunque con agudeza y humor, las creencias sexistas que han servido para discriminar, oprimir, mutilar y masacrar a las mujeres”, Marta lamas, Feminista.

El escritor uruguayo, Eduardo Galeano murió el 13 de abril en Montevideo a los 74 años, un escritor que se responsabilizó siempre de lo que dijo, un hombre de palabra.

Emmanuel Saldaña

‏@emanuelcomunica

En México el 40% de las mujeres han sido víctimas de maltrato psicoemocional

En México 4 de cada 10 mujeres ha padecido conductas de menosprecio, amenaza y humillación, denunció la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.
En el estudio titulado: “La violencia más extendida hacia las mujeres en México”, advirtió que estas condiciones merman su calidad de vida y su salud.

Destacó que aunque en nuestro país en promedio las mujeres viven más que los hombres, en los últimos años ha decrecido la calidad de su salud.

Ello, debido a múltiples aspectos como las condiciones sociales inequitativas surgidas por la violencia.

Datos revelan que el 43.1% de las mexicanas ha padecido violencia.

En segundo término se encuentra la violencia económica, el 24.5% ha recibido reclamos por la manera en que se erogan los recursos.

En cuanto a la violencia física, 14 de cada 100 la ha padecido, con agresiones que van de los golpes físicos, hasta asfixia y ahorcamiento.

La de tipo sexual la ha sufrido el 7.3% de las mexicanas, al exigirles tener intimidad involuntariamente.

El Estado de México es la entidad donde más se comete violencia contra mujeres, con 20% del total nacional.

Al interior son 3 los municipios con alto índice: Ecatepec, Nezahualcóyotl y Toluca.

La segunda entidad es chihuahua con 9.44% de los decesos, seguida de la Ciudad de México, en delegaciones como Iztapalapa y Gustavo A. Madero.

Oscar González

@okogonzalez08

El magistrado Jean Claude Tron Petit reflexionó sobre los derechos de las personas en reclusión

Las personas en reclusión tienen derechos limitados, pero los que no están restringidos en la sentencia judicial se conservan, aseguró el magistrado Jean Claude Tron Petit.
En el diplomado de formación sobre el nuevo sistema de justicia penal, dijo que entre los derechos que se limitan están el de la libertad, tránsito, derechos políticos, el proyecto de vida propio.

“La libertad deambulatoria se ve severamente limitada, pero no totalmente anulada, liberta de tránsito, derecho a la intimidad en la celda y vimos ese caso español, recuerden donde se hizo esa ponderación justamente el tribunal constitucional español para decir que sí se puede revisar la celda pero que debe estar presente la persona privada de la libertad». 

También se restringen los derechos de libre asociación. De culto, comunicaciones personales, de elección en materia laboral y educativa.

Sin embargo, dijo que cada restricción debe ser proporcional.

Proporcionalidad en sentido estricto, necesidad e idoneidad, entonces decimos, en principio las revistas pueden circular porque no fueron privados del acceso a los medios de comunicación en la sentencia, la restricciones que pueda haber a ese derecho tienen que ser acordes con la proporcionalidad y necesidad e idoneidad de la medida”.

El magistrado Tron Petit destacó que el sistema penitenciario en México, debe evitar la restricción de derechos con el alegato de que es por motivos de seguridad.

Para ello, dijo, se deben implementar otro tipo de medidas.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Presentación del libro Manual de derecho penal de Olímpico Castro Magno

El derecho penal debe tener una función preventiva, asegurar la reinserción del delincuente y garantizar la reparación del daño a las víctimas.
Así lo señaló el catedrático Olímpico Castro Magno, durante la presentación de su libro “Manual de derecho penal”.

Lamentó que actualmente el derecho penal se utiliza para sancionar sin tomar en cuenta las necesidades de la sociedad.

Para mí el derecho penal fundamentalmente es la protección de bienes jurídicos fundamentales, la prevención y obviamente en el último de los casos la reparación del daño y en consecuencia una sanción, pero igual una sanción que tenga que ver con la reinserción social de la persona”.

La presentación del libro se realizó en el Instituto Nacional de Ciencias Penales, donde especialistas resaltaron las deficiencias del derecho penal.

También tenemos en nuestra Constitución la llamada teoría penal del enemigo, una escuela que nos lleva a dejar a un lado lo que son los derechos de las personas, para adentrarse a combatir a quienes se consideran como enemigos de la sociedad”.

Destacaron que el libro puede ser de gran utilidad para la formación de la conducta correcta, entendida y aplicada en todas las sociedades que atraviesan por una etapa difícil.

“Que demanda, como nunca, el reconocimiento y la aplicación de ciertos límites al actuar de las personas y de las autoridades, comenzando con un real conocimiento de los fundamentos y elementos del derecho penal para la convivencia y subsistencia de los mejores valores de la humanidad”.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ