Reformas al Código Civil de Aguascalientes
04/08/2015 Deja un comentario
En Aguascalientes entraron en vigor las reformas a los artículos 232 y 353 de su Código Civil, que establecen que en los casos de divorcio, cuando los cónyuges lleguen a un acuerdo, el juez decretará la disolución del matrimonio y aprobará dicho convenio. Cuando no haya acuerdo, se recomendará a las partes acudan al centro de mediación para intentar conciliar sus diferencias.