Al menos 282 mil personas han sido desplazadas por la violencia desde 2006, según investigadora del ITAM 

La invisibilidad del desplazamiento forzado interno por la violencia en México es tal, que miles de ciudadanos no saben que han sido víctimas, advirtió José Ramón Cossío, Ministro de la SCJN.

“El fenómeno no está imaginado, ni siquiera está construido como para que las personas entiendan que su desplazamiento es forzoso, empiecen a promover acciones judiciales”.

Dentro del Ciclo de Conferencias sobre Problemas Nacionales y Derecho, destacó que son muy pocas las decisiones del Poder Judicial Federal sobre el desplazamiento forzado interno.

“Durante lo que va del gobierno de Enrique Peña Nieto, si antes se negaba, ahora no se habla, es un no tema”, Laura Rubio, Investigadora ITAM.

Laura Rubio investigadora del ITAM, explicó, que son al menos 20 estados de la República que han tenido flujo de desplazados por la violencia.

Aseguró que al menos 282 mil personas han sido desplazadas dentro del país por ese motivo desde 2006.

“Hemos registrado 141 eventos de desplazamiento masivo… En la desesperación buscan, si no en la figura del asilo, buscan refugio en otra parte y muchos de ellos han cruzado la frontera con Estados Unidos y Canadá, y vemos que se han triplicado las solicitudes de asilo a estos tres países”.

Un estudio de Parametría estimó que en 2011 había cerca de un millón 600 mil desplazados por la violencia.

La académica subrayó que muchos de los desplazados son revictimizados por estigmas sociales.

Muchos desplazados particularmente de Tamaulipas, Sinaloa, son estigmatizados como si eres desplazado seguro eres un narcotraficante o estás en la cadena de distribución de drogas”.

Lamentó que a nivel federal no hay ninguna ley en la materia, y las que existen a nivel local, en Chiapas y Guerrero no han sido debidamente reglamentadas.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Ximena Medellín analizó la importancia del principio pro persona 

En el Diplomado de Formación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, se analizó la importancia del principio pro persona.

Criterio que señala que se debe acudir a la norma más amplia o a la interpretación más extensiva en caso de que se tengan diferentes opciones para decidir un caso.

“El énfasis, la verdadera naturaleza del Pro Persona está en la interpretación no en la selección de normas, este énfasis de la selección de normas es un residual de nuestra propia inercia formalista pero no es la mejor forma de entender el Pro Persona, lo mejor que podemos hacer es verlo en la vía interpretativa”, Ximena Medellín, Profesora Asociada del CIDE.

La profesora del CIDE Ximena  Medellín destacó la relación que hay entre el principio pro persona con otros principios de favorabilidad, como el interés superior del niño, y con la ponderación de derechos.

 “Creo que hay una gran confusión en el sistema judicial mexicano en el que dicen si están ponderando ya no puedes utilizar Pro persona porque si ponderas ya no estas utilizando la norma más favorable”.

Dijo que en estos casos se debe dar una secuencia de pasos, a través de una metodología escalonada de argumentación.

 “Que eso es mucho de lo que hace la Corte Interamericana, primero construye la argumentación expansiva de cada uno de los derechos involucrados en el caso y no deja un derecho huérfano como el derecho de la madre porque de verdad esos casos están siendo terribles para las madres”.

Después se debe analizar si hay alguna restricción a alguno de los derechos construidos y eso da las bases para hacer la ponderación, según la especialista.

Finalmente aseguró que esta nueva lógica de interpretación da la oportunidad para reivindicar la figura de los jueces y de los abogados.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Llevan a cabo Foro sobre desplazamientos internos forzados en México

El desplazamiento forzoso de personas no es propio de las zonas de conflicto en Medio Oriente o Europa.

En México desde el 2008 a la fecha las cifras de desplazados se estiman entre 160 mil y 700 mil personas.

Principalmente en estados con violencia extrema como Tamaulipas, Sinaloa, Chihuahua, Durango, Michoacán y Guerrero.

“Donde la delincuencia se ha asentado poco estruendosamente, el éxodo de población de condición económica y social ha sido de lo más variada en todo el país y ha permitido caracterizar de entrada al desplazamiento forzado como un problema de seguridad pública que ha afectado de manera indiscriminada de la población”, Ricardo Reynoso, Investigador, Instituto Mora.

Otras entidades del país presentan violencia “sigilosa”, lo que ha provocado, a decir de los especialistas el éxodo de comunidades enteras como en Chiapas o Michoacán.

“Estos 121 episodios de desplazamiento interno en diferentes estados del país desde el inicio prácticamente de la guerra contra el narcotráfico en México, el que ubicamos por ejemplo al estado de Michoacán en el segundo lugar”, Edgar Guerra, Investigador, CIDE.

En un Foro sobre Desplazamientos Internos Forzados en México, organizado por el INACIPE y el Instituto Mora, se puso de manifiesto la necesidad de homologar leyes que tienen que ver con ésta problemática.

Como de atención a víctimas, trata de personas, entre otras.

“Porque desafortunadamente ante una amplitud de leyes se puede causar una confusión para efecto de la solución de éstas problemáticas que son urgentes”, Rigoberto Ortiz Treviño, Director de Investigación, INACIPE.

El desplazamiento forzado en México se asocia a la violencia y representa otra de las formas de violación a los derechos humanos.

Martha Rodríguez

@marthaarod 

A un año de los hechos en Iguala

Informe de la CIDH desacreditó la verdad histórica de la PGR sobre el caso Ayotzinapa.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Se oponen a proyecto Tren Interurbano México- Toluca


Que se respeten los derechos humanos a la información, participación ciudadana, agua y un medio ambiente sano, entre otros, fue la demanda de la Asociación Vecinos Unidos de Santa Fe.
Se oponen a la realización del proyecto Tren Interurbano México-Toluca y el Viaducto elevado de cuota, cuyas exploraciones de suelo iniciaron esta semana en la avenida Vasco de Quiroga.

Es una avenida que tiene en sus dimensiones de anchura un promedio de entre 16 y 18 metros eso es lo que va a medir tanto el viaducto como el tren, hay casas que quedarían aproximadamente a un metro de esto”, Marco Polo Vázquez Castañeda, Comisión de Voceros Vecinos Unidos Santa Fe.

Denunciaron que las autoridades no han transparentado las licitaciones ni los documentos sobre impacto ecológico en una zona decretada con valor ambiental, como lo es la Barranca de Tacubaya.

En las estaciones tanto del Centro Comercial Santa Fe como Observatorio se van a realizar sobre vasos reguladores de agua, vasos reguladores que evitan inundaciones en la zona poniente de la ciudad”, Emir González, Comisión de Voceros Vecinos Unidos Santa Fe.

Afirmaron que el proyecto es una táctica política de cara a las elecciones de 2018, para favorecer a los partidos gobernantes en el Distrito Federal y el Estado de México, pues la fecha para la conclusión del proyecto está fijada en septiembre de 2017.

“Estos gobiernos se han caracterizado por implementar proyectos que, de manera literal, pasan por encima de los derechos de las y los ciudadanos con el fin de beneficiar a una zona corporativa que avanza en sentido contrario de los valores de nuestra comunidad”.

Según sus investigaciones, desde que inicio el actual sexenio, una de las empresas más beneficiadas en licitaciones federales ha sido el grupo OHL, implicado en el escándalo de la casa blanca, misma que está a cargo del proyecto.

Es decir ya hay mil 420 millones de pesos disponibles para realizar el proyecto y hasta el momento la cuestión del trazo, hasta el momento sigue oculta la información de lo que licitaron y en cuanto afectaciones”, Raúl Arturo Martínez Alba, Comisión de Voceros Vecinos Unidos Santa Fe.

Los Vecinos Unidos de Santa Fe interpusieron en julio y agosto pasado, demandas de acceso a la información sobre impacto ambiental en la zona, que se encuentran en recurso de revisión ante el INAI.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

De 31 y 24 años de prisión a integrantes de Guerreros Unidos

Un juez federal condenó a 31 y 24 años de prisión, respectivamente, a  integrantes del grupo criminal “Guerreros Unidos”.

El Juez Primero de Distrito en el estado de Morelos  los encontró responsables de cometer los delitos de delincuencia organizada en la modalidad de contra la salud, así como portación y posesión de cartuchos y armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

De los nueve sentenciados, a ocho se les impuso una condena de 31 años de prisión, en tanto que al noveno lo condenó a 24 años de cárcel.

Los integrantes de “Guerreros Unidos” fueron detenidos en Temixco, Morelos en de 2012 gracias a una denuncia ciudadana.

Necesario que la defensa del inculpado esté representada por un licenciado en derecho, reitera Primera Sala 

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reiteró el criterio que para garantizar la defensa adecuada del inculpado es necesario que esa defensa esté representada por un licenciado en derecho.

Reiteró su postura sobre la defensa adecuada y técnica reconocida en el Artículo 20 de la Constitución, en una lectura de ese artículo previo a su reforma en 2008.

Al resolver el amparo directo en revisión 44/2015, consideró que es el licenciado en derecho quien tiene la capacidad técnica para asesorar y apreciar lo que es jurídicamente conveniente para el inculpado. (Amparo directo en revisión 44/2015).

En el caso, el tribunal colegiado había determinado ilícita la declaración ministerial del quejoso por encontrarse en estado de indefensión.

Pero también declaró ilícitas las declaraciones posteriores en las que sí tuvo asistencia de un abogado. El tribunal lo decidió así, porque el inculpado expresó que, ya con defensa adecuada, ratificaba las declaraciones iniciales.

La Primera Sala resolvió que el tribunal, al anular las declaraciones del inculpado ya con asistencia técnica, nulificó el sentido de la defensa adecuada.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia determinó que se debe reconocer el derecho a la estabilidad y permanencia en el cargo de los trabajadores de confianza en algún sistema profesional de carrera en la administración pública federal.

Por unanimidad, la ministra y los ministros resolvieron que los trabajadores en esa situación no deben ser destituidos por temas políticos.

En caso de que la dependencia o entidad del Ejecutivo Federal no justifique el despido con alguna de las causas previstas en la Ley del Servicio Profesional de Carrera, esos trabajadores tendrán derecho a una indemnización en atención al principio pro persona.

La indemnización será de tres meses de salario y veinte días de salario por cada año de servicio.

La Segunda Sala argumentó que los trabajadores de confianza bajo el servicio profesional de carrera acceden a ese sistema para eficientar, transparentar y profesionalizar el quehacer público mediante diversos esquemas de evaluación permanente, mientras que el resto de trabajadores de confianza son designados de forma libre.

Mario López Peña

@elogiodeljabon 

Concluye Pleno estudio sobre la constitucionalidad del marco electoral de Tamaulipas

El Pleno de la Suprema Corte concluyó el estudio de diversas acciones en las que se cuestionaba la constitucionalidad del Marco Electoral de Tamaulipas.

Los Ministros determinaron invalidar diversas porciones del Artículo 20 de la Constitución de esa entidad, por invadir atribuciones del Congreso Federal o por imponer cargas mayores a los previstas en la Ley General.

Entre ellas, la que establecía que un partido perdería su registro si no alcanzaba el 3 % de la votación estatal y no de los sufragios válidos como se prevé en la Ley General.

De lo anterior, la propuesta concluye que lo dispuesto en el Artículo fracción II, apartado, A; sexto párrafo de la Constitución del Estado de Tamaulipas, va más allá de las bases previstas en el Artículo 116 constitucional”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

Medida que no aplicaba para los partidos que a nivel nacional conservaran su registro.

“Yo creo que tendría que contestarse y la contestación es muy sencilla, en realidad no está regulando nada de los partidos nacionales, simplemente está diciendo que no entran”, Margarita Luna Ramos, Ministro SCJN.

También se eliminó la parte que preveía cancelar la publicidad oficial durante los procesos electorales.

Resulta posible para las legislaturas locales, repetir los contenidos de las normas constitucionales y legales, siempre y cuando los mismos no regulen otro tipo de cuestiones”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.

Yo también estoy en contra de conformidad con lo que vote en las acciones 42/2014 y 51/2015 que coincide exactamente con lo que acaba de plantear el señor Ministro Medina”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

El Pleno también invalidó una fracción del Artículo 27 de la Constitución local, que permitía a los partidos que obtuvieran el 1.5 % de la votación acceder a los diputados de representación proporcional.

Además eliminó la parte que decía regidores de la fracción segunda del Artículo 237 de la Ley Electoral, para no afectar los principios de equidad de género en la postulación de candidatos.

Esto es que el diseño legislativo no debe limitarse a señalar que las planillas de candidatos a ese órgano de gobierno deben presentarse de forma alternada o paritaria sino que, desde mi óptica el sistema normativo debe establecer un diseño expreso que garantice y elija que en dichas planillas exista igual porcentaje de ambos géneros en las candidaturas a presidentes municipales, sindicaturas y regidurías”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

El Pleno declaró la validez de las disposiciones que fijan que las campañas a gobernador tendrán una duración de 60 días, y a diputados y ayuntamientos 45.

Las que regulan el recuento de votos, los límites a los gastos de campaña, al financiamiento y la distribución de las regidurías.

Los ministros también resolvieron 2 acciones más, relacionadas con el marco electoral de Baja California.

Una de ellas fue sobreseída, por falta de legitimación del promovente y la segunda, se declaró procedente pero infundada.

En este caso se cuestionaba la aparente omisión sobre el financiamiento que recibirían los partidos y en relación a la fiscalización.

José Luis Guerra García

Especialistas reflexionaron sobre el arbitraje en el ámbito mercantil 

El arbitraje es una herramienta de gran utilidad para resolver conflictos y desahogar las cargas de trabajo en tribunales, señalaron especialistas.
Convocados por la Asociación de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, abogados y árbitros dijeron que este mecanismo se ha quedado en el ámbito mercantil.

Cecilia Flores, especialista en temas financieros explicó que ésta figura tiene más de 200 años, y fue creada para resolver casos entre comerciantes sin llegar a juzgados.

El arbitraje es un método de solución de controversias en donde un tercer que es experto en la materia de la controversia decide de manera final y vinculante”.

En México, el arbitraje es utilizado en conflictos judiciales derivados de seguros aunque se podría utilizar en otras materias.

Thomas Heather, especialista en temas financieros y de regulación dijo que el trabajo del árbitro permite a jueces y magistrados tener ayuda técnica.

“Puede llegar a un acuerdo en cuanto a cuestiones técnicas facilita mucho más la ejecución de un laudo, la resolución en tribunales de un tema”.

Tener claridad en temas muy técnicos permite a los impartidores de justicia aplicar las leyes de mejor manera puntualizaron los especialistas.

Elsa González

Derogan capítulo único del Código Penal de BC que sancionaba delitos en materia electoral

En Baja California se publicó el decreto que deroga el capítulo único de su Código Penal, que sancionaba los delitos en materia electoral. Se aclara que los delitos cometidos antes de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se procesarán conforme a la ley vigente, al momento de registrarse los hechos.