Segunda Sala concede amparo a indígenas mayas, se violó su derecho a la consulta previa

Por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte concedió un amparo a comunidades mayas de Yucatán y Campeche para garantizar su derecho a la consulta previa libre e informada.

La protección federal procedió contra permisos que otorgó la SAGARPA a una empresa transnacional para el uso de organismos genéticamente modificados en áreas del norte y el sur del país.

«Es soya transgénica, acá tiene unos tres años en conocimiento, porque los primeros años ni sabíamos, pero cuando dos contenedores se detectaron transgénicos, fue cuando tomamos cartas en el asunto«, Gustavo Chuc, Apicultor maya.

Los permisos de la SAGARPA quedarán sin efectos hasta que las autoridades correpondientes lleven a cabo la consulta.

 «Nos parece fundamental haberle asestado en la Corte un golpe a la empresa más grande en materia de semillas genéticamente modificadas a nivel mundial«, Jorge Fernández, Integrante Colectivo sin Transgénicos.

De acuerdo con los ministros de la Segunda Sala, con base en el Convenio 169 de la OIT, las comunidades y pueblos indígenas de México tienen derecho a ser consultados en casos en que su vida y entorno puedan ser impactados de manera relevante.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Inaugura Ministro Presidente Primer Congreso Internacional de Derecho Constitucional

La Constitución en la norma suprema que se alza como paradigma fundamental al que deben someterse todas las demás normas jurídicas y no puede perder nunca su preeminencia.

Así lo señaló el Ministro Presidente de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal, Luis María Aguilar Morales, al inaugurar el Primer Congreso Internacional de Derecho Constitucional.

Como juez constitucional y como intérprete del derecho sostengo que la Constitución es la norma suprema que se alza como paradigma fundamental al que deben someterse todas las otras normas y no puede sino estar como referente único e insuperable de toda legitimidad y legalidad en el país”.

En el Instituto de la Judicatura Federal, aseguró que a la Constitución deben ajustarse y someterse toda otra norma que se genere dentro de su ámbito general de aplicación, pues de ella deriva todo el marco normativo.

La defensa de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales se sostienen en instituciones e instrumentos jurídicos pero también en la deliberación pública que propicia el desarrollo de una cultura jurídica democrática”.

El Ministro Presidente explicó que la interpretación busca la solución jurídica a los conflictos, mientras que la argumentación es un tipo de razonamiento que construye soluciones a partir de ponderaciones de los contenidos de las reglas y principios normativos.

“Toda decisión judicial debe estar basada, motivada, en una argumentación correcta y bien sustentada, la argumentación y la interpretación reflejadas claramente en las sentencias de los jueces abonan no sólo al cumplimiento del derecho humano a la tutela judicial efectiva sino de manera positiva a la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas”.

Dijo que esto a su vez redunda en el fortalecimiento del estado democrático de derecho y por ello es importante la realización de este tipo de foros.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ 

Rinde Director del IIJUNAM Pedro Salazar Ugarte primer informe de labores

En el marco del 75 Aniversario del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, su director, Pedro Salazar Ugarte rindió su primer informe de labores.

Ante autoridades universitarias, electorales, ex directores e investigadores, destacó el trabajo realizado en el que llamó el centro académico de investigación de alta calidad, vinculado a los problemas que aquejan al país.

Entre otros, la realización de más de 100 eventos como conferencias magistrales, congresos, diplomados, presentaciones de libros, publicaciones mensuales.

Además del Diplomado de Formación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, las Jornadas de Justicia Penal, el Programa de Doctorado y Becas.

“Lo menciono de manera particular porque se trata de una actividad que da cuenta de manera ejemplar del compromiso institucional con el trabajo académico de calidad comprometido con la realidad”.

El Instituto de Investigaciones Jurídicas planea tener una sede en Tijuana, Baja California, a fin de realizar investigación jurídica en diferentes campos como el de la migración transfronteriza, trata de personas, derechos humanos.

“De esta manera, por lo pronto, contamos con un semillero de investigadores que eventualmente podrán incorporarse a nuestra sede una vez que la misma exista físicamente. De esta manera estamos poniendo en marcha –como creo que debe ser- la parte sustantiva sin condicionar su desarrollo en la parte material”.

El instituto está compuesto por 103 investigadores, 53 técnicos académicos y 128 trabajadores administrativos.

La Biblioteca “Jorge Carpizo”, cuenta con más de 5 mil 400 ejemplares y recibe más de 4 mil 100 visitas al año.

Con un presupuesto 227 millones 618 mil 912 pesos, Jurídicas de la UNAM destina el 94.19 % a sueldos y prestaciones, por lo que su director anunció la solicitud de un incremento para investigación e infraestructura para el próximo año.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Concede Primera Sala amparo a 4 personas para consumir marihuana con fines recreativos

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia concedió un amparo a cuatro personas contra disposiciones de la Ley General de Salud que prohibían la siembra, cultivo, cosecha, posesión y transportación de la marihuana, para su consumo con fines recreativos.

Por votación de cuatro a uno, determinó que los artículos de esa ley resultaban violatorios del derecho al libre desarrollo de la personalidad de los quejosos.

De acuerdo con el Ministro, Arturo Zaldívar, la prohibición establecida en la norma era desproporcionada.

“En ningún momento se plantea que toda vez que se afecta la libre personalidad, entonces las autoridades están atadas de manos y no pueden regular 13.27 la medida extrema de prohibirla es desproporcional en relación con los daños científicamente comprobados que tiene”.

El Ministro Alfredo Gutiérrez, Ortiz Mena, Presidente de la Sala y la Ministra Olga Sánchez Cordero, coincidieron en que esta resolución responde a precedentes de la corte en el reconocimiento de la libre autodeterminación de las personas.

“Esta sala ha abordado el tema de consumo de marihuana en múltiples ocasiones… Desde una interpretación constitucional no existe ninguna razonabilidad en la que la respuesta del estado al consumo de la marihuana sea la reclusión y la prohibición absoluta del consumo de la misma”.

Que por más que puedan ser bajo una óptica moral,  cuestionadas a lo mejor por la sociedad encuentran una protección jurídica por su carácter de derechos humanos”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

El Ministro Jose Ramón Cossío subrayó que la resolución no consiste en la despenalización general de las conductas relacionadas con la marihuana.

“No hacen ninguna diferencia para todos aquellos individuos que en el pasado realizaron idénticas conductas y que por lo mismo se encuentran privados de su libertad… En tanto la autoridad legislativa no modifique las disposiciones legales prohibicionistas, los sujetos que no cuenten con la autorización correspondiente podrán ser procesados”.

El Ministro Jorge Mario Pardo, votó en contra porque no se incluyó la adquisición en la lista de actividades cuya autorización solicitaban los quejosos.

“¿Cómo podría garantizarse el ejercicio de este derecho sin incluir el primer paso de este proceso que se señala aquí para el autoconsumo, de dónde se va a adquirir la semilla o el estupefaciente para, a partir de ahí, iniciar las siguientes conductas que se solicitan?”.

Los efectos de la resolución sólo benefician a los cuatro quejosos.

De acuerdo con el fallo, los daños a la salud que produce la marihuana no son tan graves como comúnmente se cree.

Considera que el consumo de esta sustancia sí genera dependencia, sólo que la probabilidad de desarrollarla es bajo, y que los efectos sociales de la marihuana son poco claros.

No autoriza actos de comercio.

Tampoco podrían fumar frente a terceros sin su consentimiento.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

La Primera Sala resolverá asunto relacionado con la legitimación para interponer una acción ambiental

La Primera Sala ejerció su facultad de atracción para conocer de un asunto relacionado con la legitimación para interponer una acción ambiental. (Facultad de atracción 605/2014).

El caso tiene que ver con una demanda presentada por una persona en Mazatlán, Sinaloa que demandó a una empresa de alimentos que descarga aguas residuales al drenaje.

El asunto permitirá determinar quiénes están legitimados para interponer una acción en materia ambiental, cuáles son los requisitos de legitimación, si la acción en materia ambiental se puede presentar de manera individual y si esta figura es equiparable a las acciones colectivas.

José Luis Guerra García

Especialistas reflexionaron sobre los requerimientos para lograr la correcta interpretación de la Constitución

Para lograr una correcta interpretación de los textos constitucionales los jueces requieren no sólo de conocimientos jurídicos, sino también de conocimientos filosóficos y científicos.

Es la conclusión a la que llegaron especialistas que participaron en la primera sesión del Congreso Internacional de Derecho Constitucional.

 “Hoy en día la interpretación de los textos constitucionales requiere no solamente de ser filósofo, requiere no solamente de ser jurista, sino también requiere ser un poco científico para desarrollar una comprensión del significado adecuado de las normas que plantean la solución de los problemas que se les presentan a los jueces”, Juan Antonio Cruz Parcero, Investigador IIF-UNAM.

Francisca Pou, académica del ITAM, aseguró que hay una falta de teorización en algunas zonas de interpretación y aplicación de la Constitución, particularmente en materia de derechos fundamentales.

 “Simplemente a la hora de identificar las fuentes que pueden ser relevantes para resolver un caso, tú ya tienen las necesidad por ejemplo de pensar cómo van a jugar las cláusulas de reenvío, las clausulas pro persona”.

Dijo que también hay una sub-teorización en el diseño de los efectos de las sentencias.

En el Instituto de la Judicatura Federal, se habló también de la necesidad de construir una nueva teoría constitucional de los derechos humanos que sea coherente con el propio contenido de la ley suprema y con las prácticas internacionales.

Una nueva teoría de los derechos humanos constitucional tiene que dar cuenta de una distinción que me parece ha sido ignorada por los jueces en México, incluso por los miembros de la Suprema Corte de Justicia, que es la distinción entre derechos humanos y derechos constitucionales”, Juan Antonio Cruz, Académico IIF-UNAM.

Lamentaron la decisión que tomó la Suprema Corte de Justicia de la Nación al reconocer derechos humanos a las personas jurídicas, es decir, a las empresas.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Reeligen a Edgar Elías Azar como presidente del TSJDF

DSC_9893 ELECCION TSJDF

El magistrado decano Mario Huitrón presidió la sesión del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, para la elección de su presidente.

Explicaron que para una asistencia de 78 magistrados, el número requerido para hacer mayoría de votos era de 40.

Uno a uno emitió su voto, entre ellos el magistrado Elías Azar y su contendiente Rafael Guerra Álvarez.

“Se declara electo como presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal al ciudadano magistrado Edgar Elías Azar, para el periodo comprendido de enero de 2016 a diciembre de 2018, en hora buena señor presidente electo”.

Con 60 votos a favor, 17 en contra y una abstención, Edgar Elías Azar encabezará el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal por tercer periodo consecutivo, tras mantenerse en el cargo por dos periodos de cuatro años.

Oscar González

@okogonzalez08

Derecho de Réplica podrá ser ejercido por toda persona, respecto de información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado

Se publicó el decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto, párrafo primero de la Constitución en materia del Derecho de Réplica y el 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

La ley se divide en 4 capítulos y establece que el Derecho de Réplica podrá ser ejercido por toda persona, incluidas las morales y las comunidades indígenas, respecto de información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado.

Ya sea agencia, medio de comunicación o productor independiente, mismos que están obligados a garantizar el ejercicio de este derecho.

La difusión de la rectificación, deberá hacerse de manera gratuita y los sujetos responsables deberán contar con un responsable para recibir y resolver sobre las solicitudes de réplica.

Este derecho solo podrá ejercerse a petición de parte, dentro de un plazo de 5 días a partir de la difusión de la información que afecte sus intereses y el sujeto obligado contará con 3 días para decidir si procede el recurso.

Los tribunales federales conocerán sobre los conflictos que se generen por el ejercicio de este derecho, mismo que es independiente del juicio que pueda entablar para reclamar el pago de daños y perjuicios por la difusión de información falsa.

Se prevén sanciones de 500 a 10 mil días de salario mínimo, a los sujetos obligados que se niegue a publicar o difundir la réplica solicitada.

Con ello se deroga el Artículo 27 de la ley sobre delitos de imprenta que castigaba con una pena que no bajara de un mes y que no excediera de 11 meses, al responsable  del medio impreso que se negara a difundir las rectificaciones o respuestas a información considerada por el afectado como falsa.

También se adicionó la fracción novena al Artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para establecer que los jueces de distrito civiles conocerán de los juicios y procedimientos relacionados con el derecho de réplica.

José Luis Guerra García

Programa Invierno Contigo en el DF

El Gobierno de la Ciudad de México cambio el nombre de su programa En Frio Invierno Calor Humano, por el de Invierno Contigo, que estará vigente del 1 de noviembre de 2015 al 29 de febrero de 2016, que brindará atención a población callejera en situación de riesgo ante las bajas temperaturas en 104 albergues de pernocta, alimentación, servicio médico, ropa de abrigo y cobijas.

El INE dio a conocer el acuerdo que declara válidos los cambios a los estatutos del PRD

El INE dio a conocer el acuerdo que declara válidos los cambios a los estatutos del PRD, entre los cuales destacan el cumplir por lo menos con uno de los siguientes requisitos para poder ocupar  la dirigencia nacional,  entre ellos haber ocupado un cargo de dirección, haber sido consejero o bien contar con el respaldo del 25 % de los consejeros nacionales.