Segunda Sala concede amparo a indígenas mayas, se violó su derecho a la consulta previa

Por unanimidad, la Segunda Sala de la Suprema Corte concedió un amparo a comunidades mayas de Yucatán y Campeche para garantizar su derecho a la consulta previa libre e informada.

La protección federal procedió contra permisos que otorgó la SAGARPA a una empresa transnacional para el uso de organismos genéticamente modificados en áreas del norte y el sur del país.

«Es soya transgénica, acá tiene unos tres años en conocimiento, porque los primeros años ni sabíamos, pero cuando dos contenedores se detectaron transgénicos, fue cuando tomamos cartas en el asunto«, Gustavo Chuc, Apicultor maya.

Los permisos de la SAGARPA quedarán sin efectos hasta que las autoridades correpondientes lleven a cabo la consulta.

 «Nos parece fundamental haberle asestado en la Corte un golpe a la empresa más grande en materia de semillas genéticamente modificadas a nivel mundial«, Jorge Fernández, Integrante Colectivo sin Transgénicos.

De acuerdo con los ministros de la Segunda Sala, con base en el Convenio 169 de la OIT, las comunidades y pueblos indígenas de México tienen derecho a ser consultados en casos en que su vida y entorno puedan ser impactados de manera relevante.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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