SCJN declaró la invalidez de 36 artículos del Código Electoral de Veracruz

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró la invalidez de diversas porciones normativas referentes  a ofensas, difamación o cualquier expresión que denigre a instituciones, partidos y candidatos, del Código Electoral de Veracruz. (Acciones inconstitucionalidad 50/2015 y acumuladas 55/2015, 56/2015, 58/2015).

Esto lo resolvieron por mayoría en atención a precedentes.

En la tercera y última sesión de análisis de acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos nacionales contra disposiciones del Código Electoral veracruzano, los ministros declararon la invalidez de la disposición relativa al principio de representación proporcional en el ámbito municipal con las regidurías únicas.

“Si bien las legislaturas tienen una amplia libertad de configuración respecto de la incorporación de este principio, ésta no es absoluta, pues deben atender al sistema integral previsto en la Ley Fundamental y a su finalidad, por lo que deben tomar en cuenta la necesidad de las organizaciones políticas, con una representación minoritaria, pero suficiente para ser escuchadas, para que puedan participar en la vida política”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN, Ponente.

Declararon la validez de artículos relativos a la paridad de género en municipios y de financiamiento de candidatos independientes.

Cabe destacar que el pasado viernes inició el proceso electoral en ese estado.

En esta resolución, la Corte declaró la invalidez de 36 artículos de este Código entre otros temas sobre el Servicio Profesional Electoral, coaliciones, requisitos para el registro de partidos políticos, padrón electoral, designación de magistrados electorales y recursos materiales para el Tribunal Electoral local.

Todo, por haber rebasado atribuciones exclusivas del Legislativo Federal y del INE, además de atender a precedentes.

Entre los efectos respecto de la regulación sobre los recursos que garanticen el funcionamiento del Tribunal Electoral estatal, la corte ordenó que dentro de 30 días naturales el Congreso y el Gobernador de ese estado deberán aprobar las reformas  que permitan subsanar dicha deficiencia.

“Mientras no lo hagan, los bienes, muebles e inmuebles así como los servidores públicos y demás personal del actual tribunal electoral del poder judicial de estado de Veracruz, con excepción de sus magistrados, se entenderán transferidos al tribunal electoral, respetando los derechos de los referidos trabajadores”, Rafael Coello, Secretario General Acuerdos SCJN.

La próxima sesión pública se llevará a cabo el martes 17 de noviembre.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Acerca de canaljudicial
Canal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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