En la próxima sesión del Pleno de la SCJN
15/01/2016 Deja un comentario
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia analizará si existe contradicción de tesis entre la Primera y la Segunda Salas de la Corte, al resolver, respectivamente, amparos directos y amparos directos en revisión.
El tema es si procede declarar sin materia el asunto dado que la Segunda Sala emitió un nuevo criterio coincidente con el de la Primera Sala sobre la naturaleza jurídica del contrato de suministro de energía eléctrica, así como la instancia en la que deben ser resueltas las impugnaciones sobre los cobros de tarifas.
Estudiará una posible contradicción de criterios entre la Primera y la Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia, al resolver, respectivamente, diversos amparos en revisión.
Resolverán si procede declarar sin materia este asunto pues al resolver la contradicción de tesis 549/2012, el Pleno se pronunció sobre la antinomia entre lo establecido en los artículos 11, párrafo tercero, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, vigente hasta 2013 y el Artículo 22, párrafo último de la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio 2010.
Iniciarán el estudio de una controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados por la que demanda la invalidez de los artículos 2°, 91, Fracción iv, 137 Bis, 137 Ter y 137 Quáter del reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.
Mario López Peña