Ministros aplazan estudio de constitucionalidad de Ley de Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista
28/01/2016 Deja un comentario
El Pleno de la Suprema Corte aplazó el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por la CNDH, contra disposiciones de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista.
Esto para profundizar su análisis, luego que el Ministro José Ramón Cossío propusiera declarar la invalidez de toda la norma, pues, planteó, el proceso legislativo no cumplió con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En específico en el mandato a que los estados celebrarán consultas estrechas y colaborarán activamente con las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan.
“Esta participación cobra relevancia tratándose de personas con discapacidad ya que en buena medida la defensa de sus derechos descansa en la existencia de estas organizaciones. La consulta en este sentido no es una mera formalidad, sino que se erige como garantía primaria en la defensa de sus derecho”.
Entre las dudas de los ministros destacaron el cumplimiento a ese mandato de la convención, así como de los alcances de la denuncia de invalidez de la CNDH, que sólo es contra artículos específicos.
“El tratado internacional no es claro en cuanto al momento en que deben desahogarse estas consultas, tampoco es claro en cuanto a definir cuáles organizaciones debiera convocarse para este tipo de consultas. Si en aras de suplir la deficiencia de la queja no estaríamos rebasando el ejercicio de la acción que se intenta”, Jorge Mario Pardo, Ministro SCJN.
“Dado que nada más está cuestionando determinados preceptos, le vamos a invalidar la ley porque ejercitó una acción. La suplencia de la queja es una institución para favorecer”. Norma Piña, Ministra SCJN.
Por lo anterior, se profundizará sobre cuatro ejes fundamentales:
“Primero, si procede la suplencia, en este sentido, de proceder esta suplencia, ¿sería para llegar a la finalidad de invalidez de toda la norma, o sólo los puntos de impugnación, como tercera pregunta, ¿qué se debe entender por consulta?, y en caso de que podemos definir qué se debe entender por consulta, si en este caso se satisface con los elementos que hemos advertido, si esa consulta está cumplida y satisfecha”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.
El Ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, propuso presentar un documento donde se desarrollen estos temas, que serían clave para resolver impugnaciones que podrían llegar a la Corte.
El proyecto inicial proponía que los certificados de capacidad laboral de personas con espectro autista que establece la norma son una medida discriminatoria.
Mario López Peña