Académicos de la UNAM descartan que se requiera una nueva Constitución

México no necesita de una nueva Constitución, porque ya se le han hecho centenares de reformas.

Así lo afirmaron los participantes de la mesa redonda: “Hacia los 100 años de la Constitución”, en la Facultad de Derecho de la UNAM.

“Para qué necesitamos una nueva constitución si tenemos una nueva constitución, esta constitución es la misma que usó el presidente calderón, pues no, ya tiene las reformas estructurales, ya tiene todo”, Sergio Márquez Rábago, Especialista en Derecho Constitucional.

Frente a estudiantes de derecho, los especialistas destacaron que los temas relativos a la propiedad de la tierra, y al trabajo digno y socialmente útil, como los que le han dado la característica única a nuestra carta magna.

“Pues son precisamente los artículos 27 y 123 producto de la intuición de aquellos diputados los que definen, caracterizan y distinguen a la constitución del 17 de cualquier otra del mundo”, Fernando Medina González, Facultad de Derecho UNAM.

En este sentido, consideraron que la Constitución entró en un proceso de ingeniería.
Lo anterior, toda vez que a enero pasado ya se contabilizan 697 reformas.

“Con las ultimas 55 que tuvimos el 27 y el 29 de enero, el 27 de enero tuvimos tres, y el 29 de enero tuvimos 52”, Sergio Márquez Rábago, Especialista en Derecho Constitucional.

Añadieron que en todo caso, sí a una nueva Constitución, pero siempre y cuando en su conformación participen estudiantes, académicos y sociedad.

Oscar González

@okogonzalez08

Llevan a cabo Coloquio sobre propiedad intelectual en el IIJUNAM


Las resoluciones en conflictos internacionales sobre propiedad intelectual no son obligatorias y no se puede apelar ante alguna instancia superior a la OMC.

Resoluciones que generan una diversidad de interpretación muy amplia y a su vez, gran inseguridad jurídica, al dejar la solución de un caso en la competencia de árbitros designados por los países en disputa.

“Esta Comisión tiene poder legislativo sobre México, pero cuando interpreta el tratado sin que esa interpretación pase por el senado está legislando cómo se va a resolver un conflicto donde se queje un inversor extranjero en México ante un tribunal o entidad internacional o sea va a haber derecho sustantivo en la resolución en el conflicto”, Rafael Pérez Miranda, Investigador IIJ UNAM.

Es por esto, señalaron participantes de un Coloquio en la UNAM, que es indispensable revisar los tratados internacionales de comercio de los que México forma parte para definir las instancias legales a las cuales se puede acudir para resolver un conflicto.

“Además el inversor puede elegir que se aplique una norma de cualquier tratado otro tratado de inversión extranjera. Lo simpático es que México tiene firmados muchos tratados donde hay capítulos de inversión con los mismos países miembros del TPP”.

612 tratados comerciales firmados por México actualmente, cifra que aumentará con el TPP, acuerdo de asociación transpacífico, que permitirá acceder a un mercado de 800 millones de consumidores.

Mismo que de forma inédita analizan los integrantes de 12 comisiones del Senado de la República y se prevé sea avalado cuando se defina al ganador de las elecciones presidenciales de Estados Unidos.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

La SCJN determinó que es improcedente, invalidar la totalidad de la Ley General para Atender a Personas con Espectro Autista

El Pleno de la Suprema Corte decidió que no procedía la suplencia para invalidar completa la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición de Espectro Autista, pues, por mayoría de 6 a 4, determinó que el proceso legislativo atendió a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en lo referente a la consulta de organizaciones que representan a quienes padecen este transtorno.

Continuó con el estudio de fondo de esta acción presentada por la CNDH.

Los ministros fijaron posiciones sobre la posible condición discriminatoria de los certificados de habilitación a los que se refiere la ley impugnada, y si limitan de forma injustificada el derecho humano a un trabajo digno y socialmente útil.

“Se traducen en una medida legislativa discriminatoria 13.58 Resultan contrarias al derecho humano a la igualdad”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN, Ponente.

“Este no es un ajuste razonable, el simple hecho de este certificado, es estigmatizante, vamos a pedir un certificado de habilidades o de capacidades a todos los que tengan discapacidad”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

Estos certificados, de tramitación optativa, darían fe de que las personas con ese transtorno son aptas para el desempeño de actividades laborales, productivas u otras que a sus intereses convengan.

“Si bien la ley de manera casi ingenua que no va a ser obligatorio, el problema va a ser en los hechos que incrementa el costo de transacción porque va a obligar a las personas para entrar al mercado laboral a pedir el certificado, pues de otra manera no van a poder recibir el empleo”, Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, Ministro SCJN.

“El resultado jurídico no es de un documento optativo, porque colocándonos en la posición de los empleadores, por certeza jurídica, tanto para quien padece el trastorno, como para el propio empleador, lógicamente lo van a exigir y en ese momento se va a convertir en un requisito”, Javier Laynez Potisek, Ministro SCJN.

Los ministros que se manifestaron por la validez de los artículos impugnados, señalaron que la posible solicitud del certificado representa una acción afirmativa.

“Lo veo como un instrumento propositivo, una condición favorable, que le permite decir ‘tu dijiste que no me contratabas porque tengo esta condición y no puedo hacer cosas, te voy a demostrar que sí’, porque voluntariamente coy a pedir un certificado que te va a demostrar a ti patrón que sí tengo las condiciones y que sí me puedes contratar”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

“Lo que se pretende es erradicar la práctica discriminatoria consistente en no contratar para un trabajo a personas con condición de autismo sólo por padecer esta condición, aunque posean en grado suficiente las capacidades requeridas para realizar el trabajo”, Norma Lucía Piña, Ministra SCJN.

En la intención de voto, hubo una mayoría de siete votos por la invalidez de los preceptos impugnados.

La sesión de este jueves se tomará la votación definitiva con la presencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Asuntos de hoy:

Acción de inconstitucionalidad 33/2015

Condición de Espectro Autista. Determinar si la Ley General para la Atención y Protección a Personas con dicha condición ha cumplimentado el mandato consagrado en el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el sentido de implicar de manera efectiva y real a las personas con discapacidad en los procesos de toma de decisiones gubernamentales sobre cuestiones que les afecten.

Condición de Espectro Autista. Determinar si los artículos 3, fracción III, 10, fracción IV, 16, fracción VI, y 17, fracción VIII, de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con dicha condición, al establecer un certificado de habilitación para hacer constar las aptitudes laborales de aquéllas, siendo que tal gravamen no le es requerido a ninguna otra persona, con independencia de que tengan algún tipo de discapacidad, transgrede el derecho humano de igualdad y libertad de trabajo.

Condición de Espectro Autista. Determinar si los artículos 6, fracción VII y 10, fracción XIX, de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con dicha condición, al prever que éstas cuentan con la libertad de tomar decisiones por sí o “a través de sus familiares en orden ascendente o tutores”, implican un modelo de “sustitución en la toma de decisiones”, en lugar del modelo de “asistencia de toma de decisiones”, que obstaculiza o deja sin efecto la voluntad de dichas personas, así como el reconocimiento, goce o ejercicio de su derecho de personalidad y capacidad jurídica.

Condición de Espectro Autista. Determinar si los artículos 3, fracción IX, y 16, fracción IV, de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con dicha condición, al establecer, respectivamente, que la habilitación terapéutica «es un proceso de duración limitada», y que, con relación a los servicios de salud que deben proporcionarse a aquéllas «se exceptúa el servicio de hospitalización”, viola el derecho humano a la salud.

Especialistas reflexionan sobre los homicidios en centros penitenciarios

La sobrepoblación, falta de autoridad, corrupción y autogobierno, son las principales causas de la crisis que vive el sistema penitenciario en México, coincidieron especialistas.

Los incidentes en penales del país han aumentado de manera alarmante.

En 2006 se registraron 320 episodios violentos, entre riñas, motines, homicidios o suicidios, mientras que en 2013 la cifra pasó a 2 mil 436 incidentes.

“En primer lugar la sobrepoblación, tenemos estados en los que se supera el 100 %, en segundo lugar las autoridades penitenciarias que no cuentan con personal suficiente ni capacitado, en tercer lugar la falta de voluntad para recuperar el control del 65 % de las prisiones estatales”, María Sirvent, Especialista en Derechos Humanos.

Durante la mesa de discusión “Homicidios en centros penitenciarios, un problema sistémico”, se reveló que en prisiones federales se registraron en 2015, 4 mil 659 incidentes violentos con 2 mil 270 internos involucrados.

“En su inmensa mayoría los delitos que existen en el Código Penal Federal y en los códigos de las entidades federativas tienen o han venido teniendo tradicionalmente pena de prisión”, Roberto Ochoa, Investigador IIJ UNAM.

Los especialistas destacaron que lo sucedido en el penal de Topo Chico en Nuevo León donde perdieron la vida 49 internos, tras una riña, es producto de la falta de voluntad de la autoridad para recuperar el control de los centros penitenciarios.

De 4 mil internos que se encontraban ahí, había 100 guardias, es decir, un guardia para cada 100 presos.

“De los casi 900 policías penitenciarios que tiene Topo Chico, 300 casi no pasaron los controles de confianza, o sea, la tercera parte, seguían laborando, no fueron dados de baja sin haber pasado los controles de confianza”, Francisco Rivas, Observatorio Nacional Ciudadano.

Demandaron la emisión de la Ley de Ejecución Penal como una de las medidas para poner fin a la crisis penitenciaria en el país.

“Necesitamos jueces con toda la palabra y esos jueces tienen que ser una jurisdicción sobre internos y autoridad penitenciaria, necesitamos reestablecer esa relación trilateral básica que es el marco para un debido proceso”, Miguel Sarré, Investigador en Derecho Penitenciario.

Se estima que en la actualidad hay aproximadamente 260 mil internos en 392 centros penitenciarios, 44 % de ellos no tienen condena.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Recomienda GIEI a México dejar de utilizar la confesión como prueba en investigaciones


Es absolutamente necesario que México modifique su forma de investigar delitos, más aún cuando involucran a la delincuencia organizada.

Un claro ejemplo del fracaso en el método empleado por la PGR, instancia designada en la materia, fue el caso Ayotzinapa.

«Toda la investigación sobre derecho penal sobre criminología de los últimos 10 años indica que la prueba confesional son las peores de las pruebas… Un Estado que sustenta sus investigaciones penales sobre confesiones es un Estado que no está investigando que no está dando respuesta a lo que es el origen y el propósito del proceso penal», Francisco Cox, Grupo de Expertos CIDH Caso Ayotzinapa.

Revelaron que a su llegada a México el 2 de marzo de 2015, la PGR sólo tenía líneas de investigación basadas en las confesiones y declaraciones de los detenidos, y fue a partir de estas que se creó la verdad histórica.

«Habían transcurrido meses desde los hechos, había una investigación en marcha, como había dicho Carlos había otras percepciones y declaraciones de que la investigación ya estaba hecha que ya se sabía lo que había ocurrido. No obstante todo eso, no se habían pedido los videos desde cámaras de seguridad».

Durante una conferencia con universitarios en el ITAM, los expertos independientes de la Comisión Interamericana señalaron como una medida para recuperar la confianza ciudadana, que el Estado abra el proceso judicial del caso como medida de transparencia.

«El juicio tiene que ser el producto de una deliberación técnica con respecto a los jueces pero abierta a la ciudadanía porque la justicia tiene que ser vista cómo se hace».

«La desaparición forzada así como es un delito jurídicamente permanente es un dolor permanente y una herida permanente en todos los familiares”, Carlos Beristaín, Vocero Grupo de Expertos CIDH Caso Ayotzinapa.

Informaron que en los próximos días darán a conocer su agenda en México que contempla, entre varias actividades una reunión con el equipo de peritos forenses argentinos para contrastar las investigaciones.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

Reflexionan sobre ciencias forenses y el NSJP

El Nuevo Sistema de Justicia Penal requerirá de especialistas en ciencias forenses.

Se trata de una necesidad que debe atenderse para contrarrestar, los altos índices delictivos que se registran en el país.

Preservando de manera adecuada los indicios, pruebas y escena de un delito, con estricto apego a la ley.

“Porque en México tenemos que enfrentar diferentes situaciones como son el crimen organizado, narcotráfico, pornografía infantil, menores infractores etcétera, tenemos una serie de problemas sociales que debemos agendar”, Lorena Valencia, Catedrática Licenciatura Ciencias Forenses UNAM.

Indicaron que las sentencias en el Nuevo Sistema, deberán fincarse en pruebas confiables.

“Entonces con esta situación pues que pretendemos, evitar en primer lugar que se condene a una persona sin que haya una base científica, segundo que se sigan utilizando pruebas como la del polígrafo, rodizonato de sodio… sin que haya mayor investigación”.

Explicaron que también se requerirá del apoyo de nuevas tecnologías, capacitación y protocolos de actuación con el fin de preservar los elementos de prueba.

“Pues en este foro se va a tratar de demostrar la necesidad de que no se llega al lugar de los hechos, a la escena de un delito, al lugar de un hallazgo con meras ideas, porque cuando falta información surge la especulación”, Carlos Ramírez Acosta, Especialista en ciberdelincuencia.

Los anteriores aspectos se abordarán en la Expo Forense que se llevará a cabo el próximo mes de marzo.

En donde habrá conferencias con especialistas en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, criminalística y ciencias forenses, entre otros temas.

Además, de la participación de empresas dedicadas a la venta de equipos para apoyar la investigación del delito, entre ellos, secuenciadores que permiten identificar los restos de una persona, víctima de la delincuencia.

José Luis Guerra García

Abogados aspirantes a jueces y juezas del Sistema Penal Acusatorio inician etapa final de formación académica en Oaxaca

El Poder Judicial de Oaxaca informó que un grupo de 18 abogados aspirantes a jueces y juezas del Sistema Penal Acusatorio,  iniciaron la etapa final de su formación académica, luego de que lograran acreditar las tres etapas del proceso de selección, formación y evaluación que inicio el Consejo de la Judicatura en marzo del año pasado. Luego de concluir su formación el próximo 5 de marzo, el Consejo de la Judicatura, seleccionará y publicará la lista de las personas elegidas como jueces y juezas del Sistema Penal Acusatorio que iniciarán sus funciones en las regiones donde ya funciona el modelo basado en los juicios orales.

Capacitan a servidores públicos en Michoacán sobre prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita

Con el objetivo de que los servidores públicos del Poder Judicial de Michoacán cuenten con los conocimientos necesarios sobre la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en coordinación con  la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia, impartieron una capacitación a la que acudieron 200 servidores públicos, entre magistrados, jueces menores, mixtos y penales, así como secretarios de acuerdos y proyectistas de todo el Estado.

Publican Código de Conducta de los Servidores Públicos de la Oficina de la Presidencia de la República

 

Se publicó el Código de Conducta de los Servidores Públicos de la Oficina de la Presidencia de la República, que establece los lineamientos que deben de cumplir los funcionarios de dicha oficina, quienes en todo momento deberán actuar con honorabilidad y transparencia.

 

Registros de obras literarias

 

La Secretaría de Cultura dio a conocer una circular que establece los formatos para el registro de obra literaria o artística, ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor.