Cuál es el diseño institucional que mejor garantiza los derechos fundamentales de las sociedades, cuestionó el investigador Paolo Comanducci, de la Universidad de Génova.
En la conferencia «El Neo Constitucionalismo a Examen», consideró que a diferencia del modelo de estado constitucionalista del pasado, ahora, las decisiones se toman bajo mecanismos democráticos.
“Y entonces se contrapone al neo constitucionalismo ideológico que piensa que a las leyes se debe obediencia sólo si tienen un determinado contenido, si este contenido es conforme al contenido de la constitución, y según algunos si es conforme a principios morales incorporados en la Constitución”.
En el Salón Ajedrez del edificio alterno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, comentó que el modelo constitucionalista de derecho se ha vuelto antiguo.
“Democráticamente no se puede tomar cualquier decisión, no se puede tomar la decisión de no decidir más democráticamente… El límite está en la protección de los derechos de participación política, que estos no pueden ser quitados a la gente”.
El neo constitucionalismo o el constitucionalismo contemporáneo, es la forma en como hoy se alude a los distintos aspectos que caracterizan a la cultura jurídica.
Al final, el académico italiano consideró que en la sociedad real, ninguna decisión se puede tomar sin alcanzar acuerdos, y menos, si no son en favor de un estado constitucional de derechos.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia inició el estudio de amparos directos en revisión en los que se aborda la constitucionalidad del delito de ultraje a la autoridad establecido en el artículo 287 del Código Penal para el Distrito Federal.
En esta sesión, el Ministro José Ramón Cossío, ponente de uno de los asuntos y el Ministro Alfredo Gutiérrez coincidieron en que el artículo es inconstitucional porque atenta contra el derecho a la libertad de expresión, además que la sanción penal que propone es exagerada.
El Ministro Eduardo Medina Mora consideró que la disposición es violatoria del derecho de petición.
“Limita las ideas que desean expresarse en particular el vocabulario elegido respecto a una autoridad, o bien, las funciones que esta realiza, lo cual restringe el derecho a la libertad de expresión consagrado en la Constitución en sus artículos sexto y séptimo, así como de los instrumentos internacionales de los cuales el Estado mexicano es parte”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN, Ponente.
“Pudiera llegar a limitar, a generar un efecto disuasivo para que los ciudadanos pudieran sentirse libres en expresarse dentro del lenguaje protegido, y la conclusión del proyecto es que el tipo penal tal como está redactado no sólo abarca el lenguaje de poco valor, el lenguaje no protegido, también abarca lenguaje, pudiera judicializar lenguaje protegido conforme al artículo 6to constitucional”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.
“Ya que no es idóneo ni proporcional para alcanzar el fin estatal constitucional de tutelar el correcto ejercicio de servicio público”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.
Los ministros Arturo Zaldívar, Fernando Franco y Norma Piña, se pronunciaron por la inconstitucionalidad del artículo por falta de claridad del tipo penal.
“El término ultraje es demasiado abierto e indeterminado para que los ciudadanos puedan saber con precisión qué conducta es la que se encuentra penada… De violarse este principio se afectarían una gran cantidad de derechos, no sólo el de libertad de expresión”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.
“El tipo penal del artículo 287 al referir que una autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de veinte a cien días multa, es un precepto abierto que va dirigido a cualquier persona”, José Fernando Franco, Ministro SCJN.
“Que cualquier persona de cultura e inteligencia aceptable pueda saber con certeza cuál es la conducta prohibida y cual permitida a partir de la lectura del enunciado normativo… El verbo ultrajar, para mí, considero que no es suficientemente claro y preciso para efectos del derecho penal”, Norma Lucía Piña, Ministra SCJN.
El Ministro Jorge Mario Pardo, ponente del otro asunto, argumentó que el artículo es constitucional pues, dijo es suficientemente claro y además busca proteger el orden público.
“Se ajusta a las restricciones que están marcadas constitucionalmente en relación con este derecho, la protección del orden público, constituye un objetivo autorizado por nuestra constitución para establecer restricciones a la libertad de expresión”, Jorge Mario Pardo, Ministro SCJN, Ponente.
El debate de este caso continuará la próxima sesión pública.
Frente a la grave crisis de derechos humanos en México es indispensable el diálogo entre las partes porque ni el Estado ni la sociedad pueden avanzar solos.
Con esta premisa y como un aporte desde la academia, El Colegio de México firmó un acuerdo de cooperación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
“Esperamos con este primer paso dar pie a una serie de investigaciones coordinadas a través del Seminario Violencia y Paz con el objetivo de generar nuevos conocimientos”, Silvia E. Giorguli Saucedo, Presidenta de El Colegio de México.
“Coordinada por el doctor Sergio Aguayo Quezada y en la que además participan Marie Claire Acosta, Javier Sicilia Rubén Aguilar y Juan Villoro”, Jaime Rochín, Pdte. Comisión de Atención a Víctimas.
Se formará un comité integrado por 4 investigadores, entre ellos una abogada de la Comisión Interamericana que indagarán sobre dos casos paradigmáticos que marcaron la historia de nuestro país y que dijeron, no deben ser olvidados.
El primero, la masacre en San Fernando Tamaulipas donde 72 personas fueron ejecutadas, en su mayoría migrantes de Centro y Sudamérica.
“San Fernando provocó un escándalo nacional e internacional casi inédito a los pocos días porque se supo rápidamente lo que había pasado porque hubo expresiones de condena y de preocupación en todo el mundo en 2010, un año después en Allende Coahuila una masacre terrible si juzgamos por las cifras más conocidas, 300 desaparecidos en un acto de revancha”, Sergio Aguayo, Integrante Comité Investigación El COLMEX.
Busca emitir recomendaciones a 3 procuradurías estatales involucradas y a 3 comisiones de derechos humanos locales sobre lo que se ha hecho mal y lo que falta por hacer en los casos.
“Empezar a construir las condiciones para que prevalezca el derecho a la verdad que es algo que está faltando brutalmente en México y que es la única vía para acceder a la justicia y a la reparación del daño de las víctimas”, Marie Claire Acosta Urquidi, Directora Freedom House México.
Una de las funciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas será buscar que se otorgue acceso a expedientes bajo resguardo de la PGR.
En un mundo globalizado lo que acontece en un país no puede ser ajeno a los otros y más si tiene que ver con la tutela de derechos humanos.
Señaló el magistrado Constancio Carrasco Daza, presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al participar en la inauguración del Seminario Internacional Cortes Constitucionales y Democracia organizado en El Colegio de México.
“Abordar el estudio de problemas coyunturales en diversas latitudes puede ayudar a comprender los propios pero sobre todo a generar soluciones abrevadas de otros países con problemas vinculados con la protección de derechos fundamentales… La universalidad de los derechos es el futuro de una perspectiva eficaz de protección».
Protección consagrada en la Constitución, que en el caso de México está próxima a cumplir un siglo de vida, por lo que, dijo, es necesario hacer una revisión de sus resultados.
“Las reformas a la constitución son un rasgo de su evolución o involución en tanto hayan asegurado o no la eficacia de los derechos de las personas”.
Cuyo peso actualmente radica en la adecuada interpretación del texto constitucional, tarea que recae en los operadores jurídicos.
“No debemos esperar que todas las soluciones provengan del texto de la norma fundamental y su reforma, la constitución tiene vida a partir del compromiso y actuación de autoridades y sociedad”.
La primera mesa de este seminario abordó la relación entre legisladores y jueces.
“Muchas veces como resuelve y como argumenta el juez constitucional se distancia de lo que pretendió en ese momento el legislador o bien el momento que genera más tensión cuando se hace una revisión judicial de una ley o de una norma jurídica que se declara inconstitucional total o parcialmente”, Marcos del Rosario Rodríguez, Srio. de Tesis Ponencia Magdo. TEPJF Manuel González Oropeza.
Dijo que la falta de controles legislativos provoca la persistencia de este tipo de normas.
Con la aprobación del Congreso local, el Gobierno del Estado de Tlaxcala donó un terreno de 10 mil metros cuadrados al Poder Judicial de la Federación.
El Ministro Presidente de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal, Luis María Aguilar Morales encabezó la firma del convenio para este fin con el gobernador de la entidad, Mariano González Zarur.
Se trata de la tercera fracción del predio rústico ubicado en Apizaco, Tlaxcala que albergará a las instancias del Poder Judicial estatales y federales.
“Con esto no sólo se beneficia a los juzgadores y a los empleados que ahí trabajarán sino especialmente a los justiciables que acudan a esos centros de justicia, creo que esto es una cuestión de vital importancia porque finalmente a la sociedad es para quien trabajamos”.
El Ministro Presidente reconoció la vocación del Gobierno Estatal por la justicia, que quedó plasmada en esta cooperación con el Poder Judicial de la Federación, a fin de contar con instalaciones adecuadas para los órganos jurisdiccionales.
“Con este proyecto, el personal que labora en estas instituciones contará con espacios de trabajo dignos, funcionales, modernos lo que redundará en un servicio más eficiente, más eficaz en pro y a favor de la ciudadanía”, Mariano González Zarur, Gobernador de Tlaxcala.
El Gobierno de Tlaxcala planea donar en breve otro predio al Poder Judicial, que a decir del Ministro Presidente Luis María Aguilar Morales, de concretarse, serviría para instalar el Centro de Documentación Archivístico Nacional.
“Que reunirá todos los grandes archivos que son por disposición de la Ley orgánica, a cargo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, literalmente tenemos kilómetros y kilómetros de archivos tomando en consideración que en el Poder Judicial de la Federación se generan más de un millón de asuntos cada año”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente de la SCJN.
Esta cooperación, dijo, tendrá un parámetro para continuar con las obligaciones legales del Poder Judicial de la Federación y sobretodo el servicio a México.
El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Luis María Aguilar Morales recibió la visita del embajador de Perú en México Julio Hernán Garro Gálvez.
El motivo de la visita del embajador peruano fue fortalecer el vínculo del Estado peruano con el Poder Judicial Federal mexicano.
“Mantenemos una vinculación que tiene que ver, no sólo con alimentarnos mutuamente de nuestras tradiciones jurídicas compartidas, sino hasta asuntos muy específicos como la materia de asistencia judicial en un mundo en que se globalizan, lamentablemente, los ilícitos también lo hacen, y la cooperación entre nosotros los poderes judiciales es indispensable”, Julio Hernán Garro Gálvez, Embajador de Perú en México.
Reconoció el valor de las resoluciones de la Corte Constitucional mexicana con una visión protectora de derechos humanos y que la ha convertido en un referente regional en la materia.
“Es clara la influencia que ha tenido la tradición jurídica mexicana en todos estos temas”.
Julio Hernán Garro Gálvez fue nombrado embajador de Perú en México en diciembre del año pasado.
Tras su primera visita en 2014, un grupo de indígenas de la Sierra Tarahumara, llevan a cabo La Caravana por la Justicia en la Ciudad de México.
El objetivo es dar a conocer lo acordado con autoridades federales respecto a los problemas que enfrentan en materia de derechos humanos.
“Lo que queremos reiterar es que nuestra visita, aquí a la Ciudad de México, al Senado y a la Suprema Corte de Justicia se debe principalmente a que hay todavía una serie de problemas que no se han resuelto”, Horacio Laguna Cerda, Asesor jurídico.
El principal reclamo de las comunidades indígenas es la falta de reconocimiento de propiedad de las tierras que habitan por parte de autoridades del Estado de Chihuahua.
“Como va a ser eso de que otras gentes que no son de ahí van a ser los dueños y los que estamos ahí no tenemos nada pero ya hace cinco años que todo el expediente lo tenemos en México”, Manuel Torres Ayala, Integrante de la Caravana por la Justicia.
“El reconocimiento de los territorios que ocupan ellos es un factor fundamental para proteger los derechos que la constitución y la legislación internacional ya les tiene reconocidos”, Horacio Laguna Cerda, Asesor jurídico.
Entre los acuerdos, se determinó dar seguimiento al proceso jurídico en la Suprema Corte de Justicia de la Nación relacionado a la formación de un consejo consultivo.
Además demandaron que se organice el marco jurídico.
“El Senado está interesado en armonizar la legislación nacional con los tratados internacionales y con las resoluciones también de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
Entre otros acuerdos se decidió iniciar el proceso del reconocimiento del territorio ancestral, la realización de un diagnóstico completo de atención y control sanitario en comunidades que no cuentan con servicio de salud, y la creación de una Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas.
El Juzgado Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región en San Andrés Cholula, Puebla, concedió un amparo para efectos a personas que se inconformaron contra la Constitución y Código Familiar del Estado de Morelos por definir el matrimonio y el concubinato como la unión entre un hombre y una mujer.
El Juzgado ordenó al Gobierno y Congreso de Morelos publicar la sentencia para restituir la dignidad de personas que fueron discriminadas y estigmatizadas por sus preferencias sexuales.
El 19 de junio de 2015 se publicó la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte que declara la inconstitucionalidad de cualquier ley que defina al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.
Pese a ello, el Congreso de Morelos no ha reformado su legislación, permitiendo que subsista el mensaje discriminador y estigmatizador en perjuicio de los quejosos.
La Primera Sala de la Corte reasumió su competencia para conocer de un asunto en el que 57 personas reclaman la inconstitucionalidad de diversas disposiciones que regulan el matrimonio y el concubinato en Chiapas.
Consideran que son discriminatorias y violan el derecho a la igualdad, al limitar dichas instituciones a parejas formadas por un hombre y una mujer, con el fin de perpetuar la especie.
El caso permitirá definir si los inconformes tienen interés legítimo, si proceden las medidas de reparación, como podrían ser la publicación de la sentencia, una disculpa pública o indemnización, por violar el derecho a la igualdad y no discriminación.
En la Ciudad de México se publicó el decreto que reforma el artículo 43 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, que establece los requisitos para obtener el apoyo económico que otorga el gobierno local, entre ellos, acreditar una discapacidad con documento expedido por institución oficial, ser vecino de la capital y contar con menos de 68 años de edad.