Reflexionan sobre las bases éticas para la nueva Constitución de la CDMX

 

La organización Constituyente Ciudadana Popular anunció la realización del primer Encuentro Internacional de Procesos Constituyentes en América Latina.

Que tuvo por objeto presentar una propuesta de fundamentos y bases éticas para una nueva Constitución, de cara al Centenario de la Carta Magna en febrero de 2017.

“Construir los principios rectores de la nueva comunidad nacional, responder a las aspiraciones y necesidades de la construcción social de la dignidad humana en equilibrio con la madre tierra y ser los referentes irreductibles del nuevo proyecto nacional, a partir de los cuales se construyan colectivamente propuestas específicas para el nuevo estado-comunidad”, Lied Miguel, Constituyente Ciudadana-Popular.

Sus lineamientos son más profundos, van más allá que iniciativas de ley.

“Ya es inadmisible un estado criminal, un estado y política corrompido hasta la médula, desvergonzada y cínica, en un país que a pesar de haber sido exprimido 500 años todavía tiene recursos suficientes para resolver las necesidades de la mayoría”, Marcos Tello, Constituyente Ciudadana-Popular.

Aseguraron que para responder realmente a estas necesidades, el principio transversal de su proyecto es la equidad de género.

“Se consolidó el espacio de mujeres en la Constituyente como referente fundamental para insertar la perspectiva de género tanto en el proceso como en el nuevo texto constitucional», Lied Miguel, Constituyente Ciudadana-Popular

Esta organización logró durante un año consolidar grupos de trabajo en 28 entidades del país así como con organizaciones de migrantes en Estados Unidos, América Latina y varios países de la Unión Europea.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

Conferencia “Violencia en el noviazgo y las redes sociales”.

 

La violencia no se basa en hacerle daño a otro, sino en ejercer control sobre él, afirmó la psicóloga María Antonia Carbajal, en la conferencia “Violencia en el noviazgo y las redes sociales”.

“De que no es algo que haya surgido con las redes sociales, esto es algo que vivimos y que viven las redes sociales día a día, es algo muy común, que se lleva a las redes sociales porque es el medio perfecto para poder controlar a la otra persona”

La especialista advirtió que esta situación se agudiza en los jóvenes de entre 13 y 20 años de edad.

Una situación que se torna preocupante, cuando el 96 % de los jóvenes en dicho rango de edad utiliza redes sociales.

“Imaginemos una situación en donde mi pareja se enoja y sube a la red una foto de mí en ropa interior, qué puede causar esto en todos los círculos que me conocen, con toda esta parte de lo que debería ser una mujer, estoy rompiendo con todos esos estereotipos”

Peor aún, cuando en México los jóvenes están conectados más de 8 horas y media diarias.

Datos revelan que alrededor del 75 % sufre de violencia en el noviazgo.

Existen varios tipos de violencia como: física, verbal, económica, emocional, bullying, sexting y autoinfringida.

Al final, pidieron a los jóvenes identificar cuando sean agredidos por sus parejas.

Oscar González

@okogonzalez08

Afirman que la sociedad civil representa un factor importante en la lucha contra el crimen en México

La sociedad civil ha representado un factor importante en la lucha contra el crimen en México.

Así coincidieron representantes de diversas organizaciones durante un foro en el Senado.

Hoy se cuenta con estrategias y políticas públicas especializadas contra la violencia e inseguridad, derivadas de la presión que han ejercido a lo largo de los últimos años.

“En vez de decir, pobre de mí soy víctima, nada más me voy a encerrar en mi casa y lo que voy a hacer es tal vez mudarme porque tengo los recursos a otro país, sino es decir, vamos a sumarnos todos como sociedad y vamos a hacer algo en conjunto, es lo que nos ha permitido ir avanzando”, Francisco Rivas Rodríguez, Observatorio Nacional Ciudadano.

“Me parece que este rompimiento que hemos hecho con las instituciones es una de las razones por las que hoy nos tiene en este problema, porque nos sentimos diferentes pero somos parte del mismo problema, al final México lo que tiene hoy es un grave problema de inseguridad”, María Elena Morera, Presidencia de Causa en Común.

Se destacó el papel de la sociedad civil organizada en el seguimiento, evaluación, así como en la atención a las víctimas del delito en nuestro país.

“Estamos hablando aquí de la participación de la sociedad civil en la lucha contra la violencia, contra la delincuencia y es precisamente con la participación de la sociedad civil que surge la Ley General de Víctimas”, Sergio Jaime Rochín del Rincón, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Desde el Gobierno Federal, se asumió la colaboración no sólo de las organizaciones sociales sino de la población en general.

Como en el caso de las llamadas de emergencia, que tan sólo durante el 2015 se registraron 90 millones, de las cuales el 75 % eran falsas.

“Una llamada falsa motiva que se eche a andar todo un mecanismo de reacción por parte de diferentes instancias no sólo del gobierno también de la sociedad civil en ocasiones o de instituciones que participan en la atención de los ciudadanos en temas de salud, en temas de seguridad, en temas de protección civil”, Álvaro Vizcaíno Zamora, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Advirtieron que no solo la disminución del delito en el país debe ser la prioridad en la política de seguridad, sino contar con políticas para dar seguimiento a los recursos utilizados para combatir el crimen.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Reforma Constitucional en materia de DDHH, no torna obsoleta jurisprudencia emitida antes de dicha modificación: Segunda Sala

La Segunda Sala de la Corte estableció un criterio de interpretación de rubro: la jurisprudencia de la Suprema Corte y de los tribunales colegiados.

La reforma al artículo 1 de la Constitución, publicada en el Diario Oficial el 10 de junio de 2011, no implica que la emitida con anterioridad a aquella sea obsoleta.

Explica que la citada reforma que dio origen a la Décima Época del semanario judicial de la Federación, no implica que la jurisprudencia emitida en términos de los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo abrogada, con anterioridad a aquella, se torne obsoleta.

Por el contrario, sigue vigente y es obligatoria.

No obstante a lo anterior, tomando como sustento el cambio de parámetros que originó el nuevo contenido del artículo uno constitucional, los órganos autorizados para integrar jurisprudencia puedan variar algunos de los criterios sostenidos tradicionalmente, atendiendo para ello a las particularidades de cada caso.

José Luis Guerra García

Realizan foro sobre acceso a la información y protección de datos de víctimas e inculpados

Para evitar violaciones a derechos humanos en el Nuevo Sistema de Justicia Penal, es necesario hacer un ejercicio de ponderación entre el acceso a la información y la protección de datos de las víctimas e inculpados.

Así lo señalaron especialistas que participaron en un foro internacional sobre este tema.

“Tenemos que entender que el principio de máxima publicidad, que es fundamental porque además protege y tutela frente a violaciones graves de derechos humanos, el derecho a la verdad, el derecho a la memoria de la sociedad mexicana, pues también puede tener algunas excepciones”, Julieta Morales, Directora del Centro Nacional de Derechos Humanos.

Señalaron que la Suprema Corte ha dicho que estas excepciones al principio de máxima publicidad deben ser claramente establecidas bajo la prueba de daño.

“No se vale simplemente que la autoridad niegue información alegando supuestas afectaciones a derechos de victimas u ofendidos, pero además tampoco puede dar toda la información sin pensar en las consecuencias específicas que dependiendo cada caso pueden existir para niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas de la diversidad sexual”.

Resaltaron la importancia del principio de presunción de inocencia, que tutela la dignidad, integridad y datos personales de los imputados.

“Es por esto que cuando un investigador o un fiscal revela la identidad de una persona imputada sin que se hubiera emitido, por parte de un órgano jurisdiccional competente, una sentencia condenatoria que la declare culpable de un determinado delito, se está ante una violación directa a sus derechos humanos”, Dante Preisser, Titular de la Unidad de Apertura Gubernamental de PGR.

Se destacó también la obligación que tienen las autoridades de dar un adecuado manejo y protección de los datos personales de las víctimas.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

La Primera Sala de la Corte aprobó una tesis aislada de rubro: Derecho fundamental a una vivienda digna y decorosa.

La Primera Sala de la Corte aprobó una tesis aislada de rubro: Derecho fundamental a una vivienda digna y decorosa.

La afectación producida por una decisión jurisdiccional que resuelve sobre la propiedad y la posesión no implica, una vulneración a ese derecho.

Se explica que se trata de un derecho social que se encuentra vinculado con distintos elementos, dentro de los cuales se ubica la seguridad de la tenencia.

La cual busca prevenir cualquier acto de terceros con la intención de perturbarla, tales como actos arbitrarios de desocupación o la vulneración ilegal por parte de terceros de su título de propiedad.

Sin embargo esa seguridad a la tenencia, como uno más de los elementos del derecho a la vivienda, no se viola, por virtud de que una persona pierda la propiedad o posesión sobre el inmueble que destine para su habitación, al haber resultado adverso a sus intereses un juicio seguido ante tribunales facultados para ello.

Por el contrario, mediante la intervención de la autoridad competente, se desarrolla la actividad jurisdiccional, para evitar precisamente la justicia privada que en nuestro régimen constitucional está expresamente proscrita por el artículo 17 constitucional.

Además, se otorga seguridad jurídica sobre el inmueble, incluido el destinado a la vivienda, pues se está protegiendo la propiedad privada al mismo tiempo que el interés público, al procurar el respeto a derechos reales de terceros.

José Luis Guerra García

La Segunda Sala de la Corte aprobó una jurisprudencia de rubro: Salarios caídos

 

En la que establece que la reforma al artículo 48, párrafo segundo, de la Ley Federal del Trabajo de noviembre de 2012, no transgrede el principio de progresividad, ni es violatorio de derechos humanos.

Disposición que limita a 12 meses máximo el pago de salarios vencidos en caso de despido injustificado en un juicio laboral.

Medida que no transgrede el principio de progresividad, ni es violatorio de derechos humanos, porque no desconoce un derecho anteriormente establecido.

Ni suprime la sanción constitucional que impone a los patrones, la obligación de indemnizar a los trabajadores separados injustificadamente de la fuente de empleo.

Sólo regula en forma distinta como habrá de calcularse dicha indemnización bajo los siguientes criterios:

Evitar que los juicios se prolonguen artificialmente para obtener una mayor cantidad por este concepto.

Impedir la quiebra de la fuente de trabajo en perjuicio de otros trabajadores, generando un gran desempleo.

Precisa que la medida no viola derechos, pues si bien se limita el pago de salarios caídos a 12 meses, se contempla la obligación de pagar intereses sobre 15 meses, a razón del 2 % mensual capitalizable al momento del pago.

Además prevé la imposición de sanciones a las partes o funcionarios que prolonguen, dilaten y obstaculicen la resolución de un juicio laboral.

José Luis Guerra García

Reflexionan sobre la violencia contra las mujeres en México

En México sólo tres de cada 10 mujeres de 15 años y más, ha podido llevar a cabo una vida relativamente libre de violencia, denunció Roberto Castro, sociólogo de la UNAM.

En la conferencia “Violencia contra las mujeres en México”, afirmó.

“Sabemos que la violencia contra las mujeres como la violencia en general en este país venía descendiendo desde 1980 de manera sistemática, y a partir del 2007 con la llamada famosa guerra contra el narcotráfico se disparó nuevamente hacia arriba”.

Informó que las mujeres de 55 a 59 años de edad, del noreste de México, de zonas como Tamaulipas y norte de Veracruz, tienen un riesgo 91 veces mayor de morir por homicidio, en comparación con las mujeres del mismo grupo del centro del país.

“Proporcionalmente se mata a más niñas y a más viejitas que a hombres, lo cual quiere decir que hay un patrón muy específico y es una pregunta que necesitamos resolver”.

El investigador detalló además que tres de cada 10 mujeres unidas con su pareja ejerce violencia contra sus hijos, con lo que el ciclo de la violencia se completa.

Añadió que un elevado porcentaje de mujeres mayores de 60 años padece violencia.

Emocional 13 %, y negligencia o violencia física 11 %, dentro del contexto familiar.

Oscar González

@okogonzalez08

Investigadora de la UAM, habló sobre la falta de tratamiento de aguas residuales en México y sus consecuencias

 

La falta de tratamiento a las aguas residuales en México es un obstáculo para que se goce del derecho humano al agua en el país.

Esto dijo, Gloria Soto, investigadora de la UAM, se refleja en que en México sólo se tratan el 22 % de las aguas residuales, el resto se devuelve a los cuerpos de agua.

“La mayoría de los ríos alrededor de las zonas urbanas están fuertemente contaminados y esto tiene una serie de costos porque reduce la disponibilidad del recurso y no le hemos dado seguimiento pero claramente hay problemas de salud pública¨.

Destacó que hay un vacío legal acerca de la obligación de los estados de la República para informar sobre la calidad de los cuerpos de agua en sus territorios.

En algunos de los cuerpos de agua debiera haber señalizaciones claras que nos indicaran que es un riesgo entrar, la gente le da de beber a su ganado este tipo de aguas”.

En México el consumo promedio de agua en zonas urbanas por persona es de 182 litros de agua al día.

Puede aumentar a 500 litros en casos de uso negligente.

El precio del agua provista por pipa es de 82 pesos el metro cúbico.

Si es abastecida por un organismo público, el precio por metro cúbico es de 20 pesos.

En el servicio regular se pagan 8 pesos por la misma cantidad.

Es decir, sin servicio regular el agua puede ser diez veces más cara.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Llevan a cabo curso sobre los derechos de las personas con discapacidad

El estado de interdicción, que limita la capacidad jurídica, es uno de los principales obstáculos para garantizar el acceso a la justicia a las personas con discapacidad.

Así lo señaló Paula Méndez Azuela, del Centro Estratégico de Impacto Social, durante su participación en el curso sobre los derechos de las personas con discapacidad.

“Hay una enorme cantidad de obstáculos al acceso a la justicia por el tema de capacidad jurídica por esto que les digo, la persona no puede actuar sola en un juicio, se le exige que actué a través de su tutor”.

En el Instituto de la Judicatura Federal, la especialista explicó que el acceso a la justicia implica el respeto a la capacidad jurídica, la accesibilidad y ajustes razonables al procedimiento.

Se analizó la sentencia que emitió la Primera Sala de la Corte en el caso de Ricardo Adair, quien interpuso un amparo en contra del estado de interdicción.

“Concedió el amparo pero no declaró la inconstitucionalidad del estado de interdicción, lo que dijo que se debe hacer una interpretación conforme del estado de interdicción con la convención de Naciones Unidas, entonces prácticamente lo que dijo es sí se está aplicando mal el estado de interdicción, sí tiene razón de que es un sistema sustitutivo y tenemos que hacer una transición a un sistema de apoyos”.

Destacó los criterios que emitió el Tribunal Constitucional en ésta y en otras sentencias, para garantizar los derechos de las personas con discapacidad.

“Tengo que de manera precisa decirte en donde puedes actuar solo, en donde actuarás con asistencia y en donde en su caso necesitas actuar con sustitución, entonces es un régimen mixto”.

Manifestó también que durante el procedimiento el juez deberá tener una serie de pláticas con las personas con discapacidad y si ésta así lo desea podrá elegir a una persona que le asista en tal diligencia, entre otros beneficios.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ