La Segunda Sala fijó como jurisprudencia que el cumplimiento de las sentencias de amparo debe ser total
22/03/2016 Deja un comentario
La Segunda Sala de la Corte aprobó una jurisprudencia de rubro: Sentencias de amparo, su cumplimiento debe ser total, atento a los principios de congruencia y exhaustividad.
Acorde al nuevo sistema en materia de cumplimiento de sentencias de amparo, establecido por el legislador en la ley de la materia, vigente a partir de abril de 2013.
Dicho cumplimiento debe ser total, sin excesos o defectos.
En consecuencia, tratándose del pronunciamiento de sentencias o laudos, estos deben contener la declaración de la autoridad en relación con la solución integral del conflicto.
Conforme a los principios de congruencia y exhaustividad, que obliga a dirimir todas las cuestiones litigiosas, entre las que se encuentran tanto las que son materia de ejecución de la sentencia de amparo.
Como las que quedaron definidas o intocadas por la propia ejecutoria, de ahí que la autoridad debe reiterarlas en la sentencia o laudo que cumplimente.
José Luis Guerra García