La Primera Sala aprobó una tesis aislada de rubro: Derecho fundamental a una vivienda digna y decorosa.

 

La Primera Sala de la Corte aprobó una tesis aislada de rubro: Derecho fundamental a una vivienda digna y decorosa.

La afectación producida por una decisión jurisdiccional que resuelve sobre la propiedad y la posesión no implica, una vulneración a ese derecho.

Se explica que se trata de un derecho social que se encuentra vinculado con distintos elementos, dentro de los cuales se ubica la seguridad de la tenencia.

La cual busca prevenir cualquier acto de terceros con la intención de perturbarla, tales como actos arbitrarios de desocupación o la vulneración ilegal por parte de terceros de su título de propiedad.

Sin embargo esa seguridad a la tenencia, como uno más de los elementos del derecho a la vivienda, no se viola, por virtud de que una persona pierda la propiedad o posesión sobre el inmueble que destine para su habitación, al haber resultado adverso a sus intereses un juicio seguido ante tribunales facultados para ello.

Por el contrario, mediante la intervención de la autoridad competente, se desarrolla la actividad jurisdiccional, para evitar precisamente la justicia privada que en nuestro régimen constitucional está expresamente proscrita por el artículo 17 constitucional.

Además, se otorga seguridad jurídica sobre el inmueble, incluido el destinado a la vivienda, pues se está protegiendo la propiedad privada al mismo tiempo que el interés público, al procurar el respeto a derechos reales de terceros.

José Luis Guerra García

El Ministro José Ramón Cossío Díaz reflexionó sobre las candidaturas independientes

Las resoluciones de la Suprema Corte en torno a las candidaturas independientes han sido para garantizar un derecho político, aseguró el Ministro José Ramón Cossío Díaz.

En entrevista, explicó que las sentencias emitidas se refieren exclusivamente para las entidades en las que se presentó la acción de inconstitucionalidad.

Como en el caso de Aguascalientes, cuya legislación ponía candados a la participación política de aspirantes independientes.

“Lo que hemos estado resolviendo en la Corte es quitando una serie de candados no sólo de Aguascalientes sino de varios estados en cuanto a limitar las condiciones del candidato independiente, hubo un primer momento en votaciones divididas, pero se ha ido consolidando en una posición de la Suprema Corte en el sentido de que los candidatos independientes están ejerciendo un derecho político y que tienen o que se les deben garantizar condiciones semejantes a éstas”.

Dijo que una vez expedida la legislación local en torno a las candidaturas independientes, se tiene un plazo legal de 30 días para promover la acción de inconstitucionalidad.

“Tendría que impugnarse la disposición dentro de los 30 días de la ley o la reforma y tendríamos que ver cómo se constituye la mayoría, porque tenemos dos votos hasta ahorita que no están claros, no se han expresado sobre el tema”.

Explicó que se puede impugnar como acción de inconstitucional siempre y cuando la ley haya sido publicada.

Sólo así se podría resolver como en el caso de otras entidades donde se han declarado inválidas algunas restricciones a los candidatos independientes.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Reparación del daño en el NSJP

El sistema de reparación del daño no funciona de manera adecuada en México.

Debido a que no se ha comprendido bien, el alcance que debe tener.

Y porque el legislador, siempre ha fijado topes a las indemnizaciones que se reclaman en materia de daño patrimonial y moral.

Si en materia civil no ha funcionado el sistema, en el ámbito penal, el panorama es más desalentador.

Pues el Ministerio Público se ha preocupado por castigar el delito, pero no ha privilegiado la reparación del daño a la víctima.

“Al Ministerio Público no le interesa la reparación del daño, no le interesa no porque sea malo o porque sea negligente, no, porque el ministerio público tiene otra misión, castigar al delincuente”, Juan Carlos Marín, Profesor ITAM.

Precisaron que el anterior sistema no estaba diseñado para exigir la reparación del daño, pues el objetivo del Ministerio Público, era y es, el de perseguir y sancionar el delito.

Ahora, el Nuevo Sistema prevé la figura del asesor legal, que precisamente tendrá como tarea principal, buscar la reparación del daño a la víctima del delito.

“Que es lo que sí cambió un poco, en que afortunadamente el texto constitucional dice que el agraviado, la víctima, el ofendido pueden ahora instar ellos por esta reparación, ya no tiene que esperar a que el ministerio público lo haga y eso está muy bien, no hay que esperar los abogados en litigio tienen que perseguir ellos mismos, su reparación del daño moral, patrimonial o medio ambiental”.

Indicaron que la buena noticia es que ahora la víctima puede exigir dicha reparación y que la Suprema Corte, ya ha fijado algunos criterios al respecto.

“No soy muy optimista pero si los abogados, se ponen abusados y comienzan a pedir la reparación del daño, la buena noticia es que los tribunales en general y en particular la Suprema Corte, ha comenzado a declarar inconstitucional sistemáticamente todas las normas que han establecido los topes en la indemnización”.

Situación que tendría un efecto positivo en las personas que sufren algún daño, a consecuencia del delito.

José Luis Guerra García

 

Nueva Constitución de la CDMX deberá reconocer y proteger derechos de mujeres y niñas

La Ciudad de México cuenta con legislaciones que buscan la protección de los derechos humanos, y en particular de niñas y mujeres.

Por ello en la nueva Constitución para la capital del país se deben incluir estos principios de defensa y promoción de los derechos a fin de que las autoridades locales los garanticen, aseguró Ángela Alfarache del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México.

“Qué derechos queremos que estén en la Constitución y que por lo tanto tomar en cuenta que si está en la Constitución es porque la Ciudad de México, el gobierno de la Ciudad de México, el estado tienen la obligación de dárnoslos, o sea cuando un derecho está en la Constitución, no es de adorno”.

Al dictar la conferencia «Los derechos humanos de las niñas y mujeres en la Ciudad de México», dijo que mucha de la violencia contra el género femenino se da en la calle, con el acoso verbal y sexual.

Al interior del hogar se ejerce la violencia psicológica, física, emocional y hasta patrimonial.

“Qué es violencia económica, que a las mujeres que trabajamos nos paguen menos por hacer el mismo trabajo que los hombres, ustedes dirán eso ya no pasa, sí pasa y pasa todos los días, hay violencia patrimonial, qué es violencia patrimonial, cuando a las mujeres se les destruyen sus posesiones”.

La funcionaria dijo que han impulsado campañas contra la violencia de género.

Además de que se han sumado a otras iniciativas como la impulsada por jóvenes del CCH contra el hostigamiento y a favor de una vida libre de violencia.

Martha Rodríguez

@marthaarod

El juicio a Jesús de Nazareth es el más conocido en Occidente

El juicio a Jesús de Nazareth es el más conocido en Occidente.

Desde la perspectiva jurídica, un proceso sui generis, que terminó sin sentencia.

Pero también motivo para que, por la falta de elementos para entenderlo, se hayan violado derechos de millones de personas, de acuerdo con Víctor Manuel Pérez Valera, catedrático de Ciencias Religiosas en la Universidad Iberoamericana.

“El antisemitismo que es uno de los prejuicios más graves de la historia para muchos tiene su origen en la crucifixión de Jesucristo, en este juicio… No conocemos con precisión y de manera completa cómo era el proceso en tiempo de Jesucristo en Israel, porque las fuentes jurídicas son posteriores”.

José Elías Romero Apis, presidente de la Academia Nacional A.C., ha analizado ese juicio con los ojos de la normativa mexicana actual.

Un ejercicio didáctico valioso, dijo, para entender el desarrollo institucional de nuestros días, a dos mil años de distancia.

A su parecer, el estudio parte de entender que el proceso a Jesús fue un proceso acusatorio brevísimo, que constó de cinco instancias.

“Si lo consideramos desde el momento de la aprehensión hasta la última comparecencia con Poncio Pilato estamos hablando de algo así como 12 horas, pero doce horas en las que se desarrollaron cinco instancias y cinco instancias la parecer todas ellas muy erróneas, muy erráticas a la luz de lo que conocemos como proceso moderno, proceso civilizado, como proceso más o menos ordenado”.

La primera instancia, inició con la detención arbitraria de Jesús, para ser llevado ante el sacerdote Anás, ex presidente del Sanedrín, corte del pueblo de Israel.

“El Sanedrín es una institución judía de 200 años antes de Cristo y cosa curiosa, Sanedrín es una palabra griega que significa asamblea y eran 71 miembros pero para que hubiera quórum y se pudiera juzgar a alguien, bastaba con que hubiera 21 miembros, entonces no sabemos los datos exactos de esa convocación del Sanedrín”, Víctor Manuel Pérez Valera, Catedrático Ciencias Religiosas U. Iberoamericana.

“Este órgano tenía un nuevo presidente que era el yerno de Anás, Caifás, de tal suerte que cuando Anás se entera que le llevan un prisionero declina la competencia, yo ya no soy el competente para recibirlo, ya no estoy el competente para recibirlo, yo ya no estoy en funciones de presidente del Sanedrín, llévenlo con Caifás, es lo que llamaríamos ahora declinatoria de competencia”, José Elías Romero Apis, Presidente de la Academia Nacional A. C.

Tras la declinatoria de competencia de Anás, el acusado fue llevado ante Caifás.

En esta segunda instancia se da el juicio ante el Sanedrín, donde se pronuncian las acusaciones.

“El Sanedrín estaba dominado por los saduceos, no por los fariseos, los fariseos eran mayoría en el gobierno espiritual de Israel, pero los que influían más en el Sanedrín eran los saduceos, y bueno los estudios, no los dejan muy bien parados en el aspecto ético, Caifás se eterniza en el puesto”, Víctor Manuel Pérez Valera, Catedrático Ciencias Religiosas U. Iberoamericana.

“Resulta que la defensa de Jesús él mismo, habla más que de una defensa, una confesión de hechos, una confesión, entonces a partir de eso consideran que es culpable del delito de blasfemia y de blasfemia en una modalidad tan grande que amerita la muerte”, José Elías Romero Apis, Presidente de la Academia Nacional A. C.

La decisión de esa corte no pudo ser ejecutada, pues Judea estaba dominada por Roma.

Una de las limitaciones de los pueblos dominados era el impedimento de matar.

Por ello, Jesús tuvo que ser remitido ante el procurador de Judea, Poncio Pilato, para una solicitud de competencia ejecutiva.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Presentan libro “La cultura y el derecho en México, ciclo de juristas académicos mexicanos”.

El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM reconoció la trayectoria de 3 juristas de diferentes épocas en nuestro país.

Con la edición de la obra “La cultura y el derecho en México, ciclo de juristas académicos mexicanos”, se analizaron las obras y aportaciones de José María Lafragua, Diego Valadés y Víctor Hugo Rascón Banda.

“Este libro se integra por un capítulo también donde vienen semblanzas biográficas de los tres personajes en análisis, ese capítulo lo hice yo y ahí se encuentra la información puntual de las obras más relevantes de estas personas, su trayectoria profesional y su trayectoria académica y creo que es un texto que puede ser atractivo para personas de diferentes disciplinas”, Adriana Berrueco García, Coordinadora de la obra.

José María Lafragua fue un político y literato mexicano, secretario de Relaciones Exteriores durante la presidencia de Benito Juárez.

Su biblioteca personal constaba de más de 4 mil 300 volúmenes sobre temas de derecho, letras, ciencia e historia, mismos que fueron donados a la Biblioteca Nacional de México.

“Esta colección ya recibió un reconocimiento de la UNESCO como memoria del mundo México por la riqueza de su información y es precisamente una de las grandes joyas que tiene la Biblioteca Nacional de México, que es la biblioteca de todos”.

En el libro también se analizaron 3 obras de Diego Valadés: el ensayo “Ideas políticas y sociales de Salvador Alvarado”, escrito en 1976; El discurso de ingreso a la Academia Mexicana de la Lengua en 2009 y el libro “Gobierno de gabinete”.

De Rascón Banda se hicieron ensayos sobre sus obras “Homicidio calificado” y “Fugitivos”, respectivamente.

Participaron otros juristas como Héctor Fix Fierro, Francisco Ibarra Palafox y Adriana Berrueco.

Martha Rodríguez

@marthaarod