Sistema de justicia militar también debe partir de la independencia del ministerio público y jueces, afirma especialista
24/03/2016 Deja un comentario
Si bien el caso Radilla acotó el fuero militar y permitió que elementos castrenses fueran juzgados por tribunales civiles, en los casos que se vean involucrados paisanos.
Falta mucho por avanzar para que la justicia militar se ajuste a lo previsto por los artículos 1 y 20 de la Constitución, afirmó un especialista en el tema.
Sobre todo en lo que tiene que ver con el principio de presunción de inocencia, del que también deben gozar los militares.
Pero además, debe garantizarse la independencia del ministerio público militar y de los jueces, que hoy dependen directamente del Secretario de la Defensa Nacional.
“Es una cuestión de diseño Institucional que el ministerio público, el responsable de investigar y perseguir los delitos como todos los sabemos, no, depende de la misma persona, esto es del secretario de la defensa nacional, no, de quien depende el cuerpo de jueces en la justicia, vamos a decirlo así, se rompe también el principio de unidad procesal”, Alejandro Carlos Espinosa, Profesor Derecho Militar, Facultad de Derecho UNAM.
Indicaron que también es indispensable que se respete en la justicia militar el debido proceso, sobre todo cuando los elementos castrenses se ven involucrados en delitos, como consecuencia de desempeñar funciones relacionadas con la seguridad pública.
“Pues también lo es que el debido proceso, como derecho humano, es un derecho que debe estar sujetado para todas las personas no. Tan importantes son los derechos procesales de los civiles, como de los militares. Creo yo que también tenemos que pensar en las víctimas militares… pero partiendo de un supuesto, de una consideración en donde todos son personas”.
Además debe precisarse, quien tiene la última palabra en la justicia militar, si los tribunales castrenses o la Suprema Corte a través del juicio de amparo.
José Luis Guerra García