La Primera Sala de la Corte aprobó una jurisprudencia de rubro: Revisión en amparo directo.
Para su admisión debe quedar acreditado el requisito de oportunidad, previsto en el artículo 86, párrafo primero de la Ley de Amparo.
El recurso se considera extemporáneo, cuando el escrito de agravios se presenta fuera del plazo de 10 días, previsto en el mencionado artículo de la Ley de Amparo.
Los cuales se cuentan a partir del día siguiente, que surta efectos la notificación de la resolución recurrida, a fin de estimar acreditado el requisito de oportunidad.
Ello con independencia de la forma en que se llevó a cabo la notificación y de cómo se ordenó su realización, pues ello se puede impugnar a través del incidente de nulidad de notificación a que se refiere el artículo 68 de la Ley de Amparo.
Por ese motivo, si se advierte que la revisión se presentó de manera extemporánea, debe proceder su desechamiento por improcedente.
Procedencia de la devolución de los descuentos realizados a aquella con fundamento en la jurisprudencia de la misma Sala 97/2012.
En la que se estableció que el artículo 51, segundo párrafo, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del estado vigente hasta el 31 de marzo de 2007, transgrede los principios de seguridad y previsión social.
Al restringir el derecho a percibir íntegramente las pensiones por viudez y de jubilación, cuando la suma de ambas rebase 10 veces el salario mínimo previsto como cuota máxima de cotización en el artículo 15 de la propia ley.
Lo que implica, reconocer el derecho de los asegurados a solicitar la devolución de los descuentos realizados con fundamento en el artículo 51 segundo párrafo de la mencionada ley.
Siempre que no se trate de descuentos, respecto de los cuales, se haya actualizado la prescripción.
Lo anterior, atendiendo a que el derecho fundamental en juego es el de seguridad social y que el derecho en controversia es distinto a la materia propiamente fiscal.
Para garantizar los derechos humanos de las personas, en el sistema jurídico mexicano, es necesario dejar de lado los formalismos legales para privilegiar los principios.
Así lo señalaron especialistas que participaron en la presentación del libro: “Estudios sobre la argumentación jurídica principalista”, del autor Juan Manuel Romero Martínez.
“Son los retos que tiene el sistema jurídico mexicano a través de las reformas constitucionales, únicamente no basado en reglas de aplicación, sino remitida a principios, es decir, dejar de lado el formalismo jurídico básico”, Abril Uscanga Barradas, Académica UNAM.
“El Estado constitucional de derecho lo que trata de ver es el derecho más allá de las reglas y de la aplicación mecánica por parte de los órganos jurisdiccionales y se traduce en una actividad absolutamente argumentativa”, Santiago Nieto, Titular de la FEPADE.
En la sede alterna de la Suprema Corte, se destacaron las sentencias que ha emitido el Tribunal Constitucional de México para dejar atrás este modelo formalista.
“Pensar que el derecho no puede seguir siendo tratado, pensado y sentido como en el siglo XIX… Ya no podemos mantener un modelo formalista de reglas, del modelo subsuntivo de razonamiento, en donde un problema como éste quedan sin resolver, un problema como éste queda sin discutirse siquiera”, Roberto Lara Chagoyán, Dir. Gral. del Centro de Estudios Constitucionales SCJN.
El autor de la obra, Juan Manuel Romero, destacó la importancia de realizar un ejercicio de ponderación cuando existen tensiones entre dos o más derechos.
Que el Estado deje de evadir su responsabilidad en el uso de drogas en nuestro país, demandaron participantes en el Foro “Marihuana, autonomía individual”.
“Y con todo respeto, por más que esté mal regulado por el estado, prefiero que regule el estado el mercado, a que lo regule el narco”, Rafael Camacho Solís, Secretaría de Salud.
En el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, informaron que el costo social de la prohibición ha sido muy alto, con 48 mil muertes y 39 mil millones de dólares.
“Una mala regulación puede tener efectos catastróficos sobre la salud de la población, entonces eso hay que tomarlo”, Mauricio Hernández Ávila, Instituto Nacional de Salud Pública.
Señalaron que en México, el 80 % del consumo de drogas se concentra en la marihuana.
“Y este debate diferente tiene que ver con el tema de la violencia, y yo creo que todos podemos estar en el consenso de que no queremos más violencia, la situación es cómo debemos de regular y hasta donde la regulación del consumo de marihuana o de la posesión de una cantidad mayor, de producirla realmente nos ayudaría a resolver el problema”, María Elena Medina Mora, Instituto Nacional de Psiquiatría.
Indicaron que en 2012, en México se registraban 5.7 millones de consumidores de marihuana, ante lo que el legislativo tendrá que definir una política de estado, regular el tema, pero sin darle al estado la facultad de empresa.
Desmintieron que el uso de la marihuana genere violencia.
“Porque eso significaría que estamos reconociendo que la marihuana se consume en México desde hace 10 años, y la marihuana se consume en México pues desde antes de que fuera México”, Diego Valades, IIJ UNAM.
Al final, sugirieron ponderar el tema entre lo bueno y lo malo, ver los pros y contras del tema en el caso particular de México, y no confundirlo con el uso del alcohol y del tabaco.
Poco se ha avanzado para erradicar la violencia en contra de las mujeres, ello a pesar de que ya se cuenta con una ley para erradicar la violencia de género.
Actualmente 26 estados cuentan con algún tipo de mecanismo de protección y 13, han tipificado el delito de feminicidio.
A pesar de ello casi la mitad de las mujeres mayores de 15 años que están casadas o tienen pareja han sufrido algún tipo de agresión.
En cuanto al delito de violación, se estima que anualmente se denuncian alrededor de 15 mil.
“Se denuncian en el país alrededor de 15 mil, 16 mil violaciones al año, estamos hablando de denuncias, los estudiosos de la criminología, los criminólogos dicen que la cifra negra en estos delitos es alta y que la cifra real de violaciones podría estar alrededor de 100 mil, 100 mil 120 mil, la mayor parte de las mujeres que viven una violación no denuncian”, Aurora del Río, Dra. Epidemióloga.
Indicaron que en su mayoría la violación no se denuncia, porque de inmediato la víctima se convierte en sospechosa.
Es por ello, que indicaron que todo embarazo de una menor, debe investigarse como posible violación.
“Todo embarazo en una menor de 15 años, debe ser tratado como resultado de violencia sexual y todo embarazo en adolescente debe ser cuando menos consultado”,
Por este motivo exigieron que las autoridades competentes brinden la atención debida a mujeres víctimas de violación.
“Ya que está en todos los estados la causal de violación, la triste realidad es que no es una causal que sea accesible para las mujeres y estamos apoyando constantemente a mujeres que son violadas en sus estados y que el estado debería garantizar el acceso a abortos seguros y que no lo está haciendo”, Oriana López Uribe, Coordinadora Fondo María.
Recordaron que actualmente, las mujeres que sufren mayores ataques sexuales son las migrantes, el 60 % de ellas ha sido víctima de algún tipo de violencia sexual.
Lo más grave, es que el 80 % de los casos de violación no se denuncian; de los casos reportados solo el 23 % fueron procesados y solo una mínima parte de ellos, terminaron en una condena.
Víctor Manuel Pérez Valera, catedrático de Ciencias Religiosas y Jurídicas de la Universidad Iberoamericana subrayó que conocer las circunstancias del juicio a Jesús de Nazareth es clave ante los retos para la impartición de justicia en el México actual.
«Estos son juicios inicuos que desgraciadamente se repiten todos los días en nuestro país, da pena decirlo… Hagamos justicia en nuestro mundo y no crucifiquemos con comillas a gente inocente, que se sigue haciendo».
Visto con los ojos del texto constitucional y las leyes penales vigentes, el proceso a Jesús de Nazaret tendría un récord por las irregularidades cometidas en las 12 horas que duró.
José Elías Romero Apis, presidente de la Academia Nacional A.C., abogado que ha realizado un estudio anacrónico sobre el juicio más famoso de occidente, encontró decenas de violaciones y delitos contra el personaje histórico.
“En alguna revisión que he hacho, he encontrado algo así como 39 violaciones constitucionales y como 56 delitos cometidos en contra del acusado, es decir, delitos que van desde abuso de autoridad, la detención ilegal, sin orden de aprehensión nada más por decir, hasta homicidio, por haber ejecutado a una persona que no ha sido sentenciada por autoridad competente”.
Inclusive, identificó hechos, que por la antigüedad de lo sucedido, pueden encuadrarse como delitos con altos niveles de sofisticación.
“Pasando incluso por delitos tan novedosos hoy en día como lavado de dinero, porque recordarán ustedes de las crónicas, le quitan su manto, porque era valioso y deciden jugárselo en los dados, y el meter a circulación mercantil lo robado es ya una figura de lavado, uso de bienes de procedencia ilícita”.
Este ejercicio de análisis sobre el juicio a Jesús de Nazareth, reconoció, es de gran utilidad para reconocer figuras históricas del derecho y fortalecer los mecanismos de enjuiciamiento en nuestros días.
Permite entender, dijo, la transformación institucional en occidente y la evolución de los procesos, hasta la creación moderna de los procedimientos penales.
Además es propicio, subrayó, para dimensionar la importancia de la lucha por el estado laico.