Demandan definir con precisión el delito de tortura

El proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura presenta fallas en cuanto a técnica legislativa, corrección gramatical y reflexión sobre las normas.

En las observaciones hechas por el director del Programa Universitario de Derechos Humanos, Luis de la Barreda, señaló la gravedad del sufrimiento ocasionado por los actos de tortura.

“Estamos sugiriendo que en la definición se diga expresamente que para que haya tortura, el dolor o sufrimiento que se infrinja al sujeto pasivo, al ofendido, debe de ser grave”.

Destacó la importancia de crear una oficina de combate a la tortura en los centros de impartición de justicia, además propuso no otorgar penas más grandes para la tortura que para el delito de homicidio.

“Estamos proponiendo que la punibilidad de la tortura sea de 6 a 12 años de prisión de tal modo que la máxima pena de la tortura nunca sea mayor que la menor en homicidio simple doloso”.

En conferencia de prensa el Director denunció que el proyecto presenta calificativas que no coinciden con el principio de igualdad, por lo que debe modificarse para que sea un delito reconocido como grave para todos.

 “Esto nos parece que rompe con el principio de igualdad de todos ante la ley, torturar a un afrodescendiente debe de ser tan grave como torturar a un asoticodescendiente o a un caucásico”.

Se propuso además una corrección gramatical a la iniciativa, debido a que cuenta con fallas de sintaxis y redacción.

 “El proyecto está muy mal redactado, tiene fallas de sintaxis…el proyecto requiere una revisión de estilo porque incluso hay mayúsculas donde no deben ir”.

Las observaciones al proyecto de Ley General contra la Tortura fueron enviadas a las autoridades legislativas y hasta el momento no han emitido respuesta.

Laura K. Murillo Ramírez

@27_fergie

Ministra Margarita Luna Presidenta de la Comisión Permanente de Género de la XIX Cumbre Judicial Iberoamericana

Se llevó a cabo la primera reunión de la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia dentro la XIX Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, con la participación de juzgadoras de Argentina, Chile, Ecuador, España, México, Nicaragua y República Dominicana.

“Compartimos problemas y retos comunes, uno muy particular y específico que hoy nos atañe y convoca, desde nuestra trinchera como integrantes de las máximas instancias jurisdiccionales de nuestros países: la búsqueda de una sociedad igualitaria”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN.

En este encuentro, realizado en el edificio sede de la Suprema Corte de Justicia, la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos fue nombrada de forma unánime Presidenta de esta comisión regional.

“Tiene entre su participación una gran incidencia en el tema de género, también porque México ha venido trabajando en los últimos años, fuertemente este tema”, Alba Luz Ramos Vanegas, Magistrada Presidenta Corte Suprema Nicaragua.

“Es la candidata ideal, idónea, tiene la capacidad profesional, el dinamismo como persona y el país que tiene las mejores condiciones además”, Esther Agelán Casasnovas, Magistrada Consejo Poder Judicial República Dominicana.

“No es concebible un estado democrático que no esté sustentado en el reconocimiento de la plena igualdad de sus habitantes… Toca transitar hacia nuevas estrategias conscientes del liderazgo que asumimos desde la Cumbre judicial para enfocarnos en cómo se está dado el cumplimiento a este imperativo de introducir la perspectiva de género en las sentencias de cada uno de nuestros tribunales”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN.

El plan de trabajo de esta comisión presidida por la Ministra Luna Ramos, tendrá como ejes:

La implementación y fortalecimiento en la política de género en la Cumbre Judicial Iberoamericana.

Implementar la perspectiva de género en la labor jurisdiccional de los tribunales de los países que forman parte de esta Cumbre.

Y fortalecer los incentivos para que se protejan los derechos de las mujeres en todas sus actuaciones.

La reunión de la Comisión Permanente culmina este miércoles.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Está vigente en todo el país, el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y Oral

Cuatro días antes de que venciera el plazo para poner en marcha el Sistema Penal Acusatorio; ya están operando más de 30 Centros de Justicia Penal Federal.

“El Consejo de la Judicatura cumplió eficazmente, como siempre lo hace, se tiene totalmente la implementación de la Reforma Penal, la República Mexicana está totalmente cubierta”, Manuel Ernesto Saloma Vera, Consejero CJF.

De manera gradual en todo el país, desde 2014, los asuntos penales se resuelven a través de audiencias públicas y orales.

En la última etapa iniciaron funciones 6 Centros de Justicia Penal Federal… Dos en Baja California, dos en Tamaulipas y uno en Guerreo, Jalisco, e Islas Marías… Así, la impartición de justicia tiene un nuevo rostro.

“El principio de publicidad permite que la sociedad en general como un observatorio ciudadano puedan ir a verificar lo que está sucediendo… Esto va a permitirle a la sociedad recobrar la confianza en los operadores”, Mireya Moreno Rodas, Consultora Sistema Penal Acusatorio.

Publicidad, inmediación, contradicción, igualdad, presunción de inocencia y respeto al debido proceso son los ejes rectores de esta nueva forma de impartir justicia.

Principios que en juicios históricos, como el de Jesús, El Nazareno no fueron respetados.

“Zagrebelsky en su obra la crucifixión y la democracia, relató como Jesús El Nazareno fue juzgado y condenado a morir debido a su proyecto mesiánico, por un Consejo de Sacerdotes fue entregado a Poncio Pilato y por decisión de la mayoría fue liberado Barrabas y ejecutado El Nazareno ante la ausencia del principio de presunción de inocencia que ahora es pilar en el Sistema Penal Acusatorio Mexicano”, José Guadalupe Tafoya Hernandez, Consejero CJF.

Los Centros de Justicia Penal Federal están integrados por tres jueces de distrito especializados en el Sistema Penal Acusatorio y un juez que funge como administrador.

“La sociedad debe acostumbrarse a un nuevo modelo, es una cultura distinta, que debe redituarle en seguridad, tranquilidad y que la abreviación de plazos permite una justicia eficaz para hacer efectivo el mandato de justicia pronta y expedita”, Manuel Ernesto Saloma Vera, Consejero CJF.

Verónica González

@vgonzalezmx

La SCJN determinó que los congresos locales, carecen de facultades para legislar en materia de control de convencionalidad.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró la invalidez del segundo párrafo del artículo 52 de la Constitución de Jalisco, que establecía la obligación de los tribunales locales para garantizar el control de convencionalidad.

De acuerdo con la mayoría de los ministros, los congresos estatales no tienen facultades para legislar sobre el control de convencionalidad.

“Hay ciertas instituciones que son nacionales y que son las que limitan las facultades de los estados, pero paradójicamente digo, refuerzan el federalismo, precisamente la esencia del federalismo puede encontrarse en esas limitaciones y esas exclusividades de la Federación”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

“Se corre el riesgo, también lo han dicho aquí alguno de los señores Ministros, de tener legislaciones distintas en treinta y dos entidades federativas, lo que generaría un sistema, quizás caótico pero además, este sistema, me parecería, que eventualmente podría ser en perjuicio de los propios derechos humanos”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.

“Si las constituciones locales no tienen la posibilidad de modular o regular el valor normativo de la Constitución General, tampoco me parece pueden incidir en el mecanismo que se deriva directamente de la Constitución para formar su parámetro de control material y desarrollar la función jurisdiccional misma”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

“Abrir una llave para que los estados pudieran legislar en esta materia sería altamente riesgoso y crearía un alto grado de inseguridad jurídica”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

El Pleno resolvió de esta manera por suplencia de la queja de la PGR, que argumentaba violaciones a los artículos 1 y 133 constitucionales.

“Considero que existen límites respecto de aquello que un Poder Legislativo o un Constituyente local, en este caso, pueden hacer para definir el alcance de la función judicial. Se pretende regular la esencia misma de la función judicial, es decir, la forma en la cual los jueces deben analizar y resolver sobre la inconstitucionalidad o inconvencionalidad de normas”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.

“Mi voto no es en el sentido de que las autoridades legislativas estatales no puedan legislar sobre derechos humanos”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

El único voto en contra, del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, apuntaba a la compresión del federalismo.

“Me parece que estamos ante Estados libres y soberanos que pueden legislar en materia de derechos humanos, que pueden establecer sus maneras de controlar sus contenidos de derechos humanos; sería tanto como decir que el principio de igualdad está vedado para los estados o el principio de no discriminación está vedado para los estados”.

Al final de esta sesión, el Ministro Arturo Zaldívar retiró de la lista el proyecto de resolución de la controversia 54/2015 para fortalecer consideraciones.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Se llevó a cabo la etapa final de entrada en funcionamiento de los Centros de Justicia Penal Federal.

Los juicios orales a nivel federal, ya son una realidad.

Pues en cada una de las 32 entidades del país, ya se cuenta con un Centro de Justicia Penal Acusatorio.

Lo anterior lo manifestó el Ministro Presidente de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal Luis María Aguilar Morales.

Sistema, dijo, que se finca en el respeto de los derechos de las partes, la presunción de inocencia y en la reparación del daño.

“Es una obligación del estado mexicano, los derechos de la persona no se negocian, no se someten a criterio publicitario, tampoco pueden considerarse como requisitos u obstáculos para la justicia, son por el contrario, el único medio, la garantía de que cualquier de nosotros podrá ser juzgado por leyes y tribunales conforme al debido proceso legal, solo así podrá haber seguridad jurídica, solo así se evitará el linchamiento público”.

Derechos que deben ser respetados por todos los órganos del Estado para evitar la arbitrariedad.

“Claro que exige a la autoridad cumplir con la ley y respetar los derechos desde el momento mismo de la detención, sin tortura, sin presión, sin simulaciones, ni engaños”.

Sistema que tampoco acepta a jueces que actúen al margen de la ley.

“No toleramos, ni protegemos a los malos jueces, no hay cabida alguna para la corrupción y la ineptitud, siempre que hemos conocido de ello, con pruebas de sus actos y no simples diferencias de opinión hemos actuado con firmeza”.

Durante la inauguración de 6 centros de justicia penal en los estados de Tamaulipas, Baja California, Jalisco y Guerrero, la procuradora Arely Gómez, indicó que hoy es ya una realidad, el Nuevo Sistema de Justicia Penal, con el que se busca recuperar la confianza ciudadana.

“Donde antes había opacidad, hoy tenemos transparencia, las audiencias son públicas, donde antes había procesos lentos y largos, hoy las resoluciones son más rápidas, el nuevo sistema facilita a las víctimas el acceso a la justicia y brinda mayor respeto y garantías a sus derechos”.

Por su parte, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, indicó que es en la justicia en la que se sustenta todo el Estado de derecho.

“Una justicia eficaz en ese 6 %, por ejemplo puede devolver la tranquilidad a una comunidad donde ya no opera un grupo de la delincuencia organizada o puede significar impuestos en lugar de ser evadidos se recauden y se traduzcan en más escuelas, hospitales o carreteras”.

Con este esfuerzo, se mencionó, se busca acerca la justicia a la sociedad.

José Luis Guerra García

Aprueba Senado dictámenes que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia penal

El Pleno del Senado de la República aprobó los dictámenes que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia penal.

En específico, a diez ordenamientos jurídicos, entre ellos el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley de Amparo, Ley Federal de Defensoría Pública y la Ley de Instituciones de Crédito, entre otras normas.

“Los ajustes legislativos precisamente por tratarse de una reforma estructural de gran calado con la finalidad de que garanticemos la consolidación de este nuevo sistema acusatorio para que las y los operadores del nuevo sistema de justicia cuenten con una legislación procesal conforme con su inminente entrada en vigor”, Angélica de la Peña, Senadora PRD.

“Me preocupa sin embargo que como buenos mexicanos estamos dejando todo a la última hora, estas reformas debieron hacerse los 8 años anteriores, no unos días antes de que entrara en vigor el sistema de justicia penal acusatorio”, Martha Tagle, Senadora independiente.

El dictamen modifica la figura de averiguación previa por la de investigación, se fija en dos años el plazo máximo para la prisión preventiva.

Se mantuvo la esencia del texto original que no contempla la mediación en casos de violencia familiar, incluye la figura del asesor jurídico como parte legitimada para notificar medidas cautelares dentro del plazo constitucional. En el Código Penal Federal se amplía el catálogo de delitos susceptibles de ser cometidos por personas jurídicas.

En materia de delitos fiscales se armonizó el Código Tributario con el Código Penal.

“Se incluye la figura de la asesoría jurídica y la víctima u ofendido para establecer que la Secretaría de Hacienda es sin lugar a dudas el garante del sistema tributario en sus procesos penales derivado de delitos fiscales”, Graciela Ortiz González, Integrante Comisión Estudios Legislativos.

En materia de indulto, el Ejecutivo Federal podrá concederlo cuando la persona sentenciada no esté vinculada por traición a la patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, genocidio, delitos contra la salud, violación, delito intencional contra la vida, secuestro, desaparición forzada, tortura y trata de personas.

La reforma permite la posibilidad de emplear la geolocalización de teléfonos móviles y la intervención de comunicaciones privadas para la investigación de delitos.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

Aprueba Cámara de Diputados minutas de leyes de ejecución de sanciones penales y justicia para adolescentes

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó dictámenes de las 3 leyes en materia penal que estaban pendientes de cara a la entrada en vigor del Sistema de Justicia Penal Acusatorio.

La primera fue la Ley Nacional de Ejecución Penal que busca la reestructuración del sistema penitenciario… Tuvo 391 votos a favor, 56 en contra y una abstención.

“Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Ejecución Penal, se adicionan las fracciones 35, 36 y 37 y un quinto párrafo y se reforma el tercer párrafo del artículo 325 del Código Penal Federal, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, Jesús Zambrano, Presidente de la Cámara de Diputados.

“Se incorpora también la figura de observador que será la persona perteneciente a organizaciones de la sociedad civil que podrá ingresar al centro penitenciario con el fin de verificar que se respeten los derechos humanos”, Lia Limón, Diputada del PVEM.

También se aprobó con 460 votos a favor, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que dispone de medidas para evitar en lo posible el internamiento de menores infractores.

“Forman parte del marco normativo que llegan a fortalecer un camino iniciado hace 8 años con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del año 2008, en ésta aspiración y exigencia social de cambiar la realidad en el ámbito penal para transitar de una justicia escrita e inquisitiva hacia una justicia oral y adversarial”, Álvaro Ibarra Hinojosa, Presidente de la Comisión de Justicia, Cámara de Diputados.

“El proyecto descriminaliza las conductas antisociales de los jóvenes y dispone mecanismos apegados al nuevo régimen de derechos humanos”, José Hernán Cortés, Diputado del PAN.

Finalmente, los legisladores aprobaron modificaciones a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que establecen condiciones en materia de colaboración contra integrantes del crimen organizado, a través de la figura de testigos colaboradores.

Así como especificaciones sobre las intervenciones telefónicas.

“Sólo conociendo el origen y quienes integran el grupo organizado se podrá desmantelar o extinguir los mismos, pero también tendremos cuidado minucioso de la implementación”, Arturo Santana, Diputado del PRD.

Los 3 dictámenes pasaron al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Martha Rodríguez

@marthaarod

El INE dio a conocer el saldo del fideicomiso para atender los pasivos laborales de dicha institución

El INE dio a conocer el saldo del fideicomiso para atender los pasivos laborales de dicha institución, que al 31 de marzo asciende a 292 millones 44 mil 156 pesos. Durante el periodo enero marzo del presente año, el Instituto realizó pagos por 17 millones 272 mil pesos, por concepto de término de la relación laboral, con diversos colaboradores.

INE tiene la facultad de ordenar devolución de recursos sin comprobar

El Tribunal Electoral estableció una tesis que precisa que el INE, tiene la facultad implícita de ordenar la devolución de los recursos destinados para las campañas políticas, cuyos gastos no hayan sido comprobados. Dicha devolución debe solicitarse a través de acuerdo correspondiente, sin que sea necesario que exista unan disposición expresa.

Publican declaratoria de procedencia del desafuero de la diputada local Lucero Guadalupe Sánchez López

La Cámara de Diputados publicó la declaratoria de procedencia del desafuero de la diputada local Lucero Guadalupe Sánchez López, con lo que el Ministerio Público puede ejercer la acción penal en su contra, por su probable responsabilidad en el uso de documentos públicos falsos, sancionado por el artículo 243 del Código Penal Federal.