Expertos de la CEPAL, llamaron a revisar la política del incremento a los salarios mínimos

Expertos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, CEPAL, llamaron a revisar la política del incremento a los salarios mínimos, pues son ellos la base para el cumplimiento de los derechos humanos de los mexicanos.

Hugo Beteta, director de la Sede Subregional en México de la CEPAL, subrayó que México vive una paradoja en la relación del salario mínimo con la línea de pobreza.

“Es paradójico que hoy en el siglo XXI una de las economías más sofisticadas de América Latina sea a su vez la que tenga la menor relación de salario mínimo a línea de pobreza”.

En la inauguración de la conferencia internacional «El Estado del Arte del Salario Mínimo», el analista lamentó que un trabajador mexicano que gana el salario mínimo se mantiene por debajo de la línea de pobreza.

“Los trabajadores aquí pasan hambre y confirma que se viola la Constitución todos los días”.

Explicó que México es el segundo país más bajo de la región de la participación de los salarios en el Producto Interno Bruto.

Es decir, lo que va de los ingresos a los impuestos y al capital.

Por ejemplo, en los países parte de la OCDE, el promedio de la participación de los salarios en el Producto Interno Bruto es del 66 %, mientras que en México es de menos del 29 %.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Realizan Segunda Jornada Conmemorativa Ayotzinapa 43

Es una obligación que las familias de personas desaparecidas en México sean consultadas para la redacción de la Ley General sobre Desaparición Forzada, que cumplió ya 8 meses de retraso en su emisión.
 
“Contamos hoy 28 mil 161 desaparecidos en México, y no existe una figura jurídica que proteja o que acompañe el dolor de las familias”, Alister Guerrero, Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México.

Durante la Segunda Jornada Conmemorativa Ayotzinapa 43, denunciaron que los legisladores en México están haciendo leyes basadas en su propia vida y según su imaginario de lo ideal.

“Yo no puedo decirle al legislativo cómo escribir una ley, para eso ellos estudiaron, y para eso ellos tienen su puesto y para eso les pagamos nosotros, porque ganan de nosotros y creo que eso a esta gente se les ha olvidado”, Yadira González, Hermana de desaparecido.

Afirmaron que en la ley no se contemplan los daños colaterales para las familias ante una ausencia; los pendientes básicos, como la educación de hijos que quedaron sin sus padres o asuntos económicos, como retirar los fondos de una cuenta de banco.

“Para yo poder acceder a esos 25 mil pesos de la cuenta del banco necesito la declaratoria de ausencia, porque él no está muerto simplemente no está. Para que yo saque esta declaratoria de ausencia en la famosa ley que hicieron tengo que sacar 3 edictos que se llevan alrededor de 2 años, y cada edicto me cuesta alrededor de 15 mil pesos, ¿no se les hace una verdadera tontería?”.

La Universidad Iberoamericana ha presentado propuestas al legislativo sobre la necesidad de crear una comisión nacional de búsqueda de personas desaparecidas.

“Lo que argumentan los diputados, lo que argumentan los senadores sobretodo es que va a invadir funciones del ministerio público”, Gilberto Santa Rita, Académico División Estudios de Derecho IBERO.

La actual iniciativa de ley solo contempla desapariciones por particulares y deja de lado la desaparición forzada cometida por el Estado.

Lorena Sánchez Cabrera

@LoreSan_12

 

Realizan Coloquio: “Análisis de Sentencias Paradigmáticas de la SCJN sobre Derechos Indígenas”.

Como un logro calificaron académicos y especialistas que, cada vez con mayor frecuencia, pueblos y comunidades indígenas acudan a los tribunales a hacer valer sus derechos.

Participaron en el Coloquio: “Análisis de Sentencias Paradigmáticas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre Derechos Indígenas”, que se realizó en la Coordinación Nacional de Antropología del INAH.

 “Con toda la discusión que se dé a partir de este momento seguramente la propia Suprema Corte podrá retroalimentarse cuando sigan teniendo asuntos para su conocimiento porque, como ya lo decía Francisco, cada vez son más frecuentes y la judicialización de los derechos ya es una realidad”, Leticia Bonifaz, Directora de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos SCJN.

Se destacó la importancia de difundir los criterios del Tribunal Constitucional del país porque son precedentes obligatorios para los tribunales y juzgados, que desarrollan y amplían el alcance de los derechos indígenas.

Entre las sentencias que se analizaron está la controversia constitucional 32/2012 en la que el Pleno de la Suprema Corte declaró la invalidez de una reforma a la Constitución de Michoacán, debido a que no se consultó al pueblo indígena de Cherán.

 “En la sentencia primero se analizó la competencia del municipio para interponer la controversia que se complementaba con la auto-adscripción y por ello podían defender sus derechos indígenas, entre ellos el derecho a la consulta, la Suprema Corte resolvió que la reforma a la Constitución local era inválida para dicho municipio”.

Se resaltó la importancia de esta sentencia para buscar cambios legislativos a favor de los municipios indígenas.

 “Fue utilizarla en el campo legislativo y mediante el dialogo, mediante el convencimiento y también bajo la presión, se ha logrado reformar la Constitución Política de Michoacán para que se reconozca el municipio por usos y costumbres”, Orlando Aragón, Académico de Estudios Superiores, Morelia-UNAM.

Juan Carlos González

@JUANCA72CJ

Comparecen ante comisiones del Senado aspirantes a magistrados de la Sala Superior del TEPJF

En el tercer día de comparecencias rumbo a la integración de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se presentaron los aspirantes de la cuarta terna que envió la Suprema Corte al Senado.

Conformada por Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Jorge Meza Perez y Ricardo Ojeda Bohorquez quienes con casi dos horas de retraso ante la ausencia de los legisladores, finalmente fueron escuchadas sus trayectorias y propuestas para consolidar al Tribunal, sobre todo de cara a los comicios presidenciales del 2018.

“El Tribunal Electoral debe generar u sólido bloque jurisprudencial a partir de la interpretación, delos fundamentos y valores políticos de la Constitución, el principio democrático, el de soberanía popular y el principio de legitimidad política como valores supremos que dan contenido a los principios rectores de la función electoral”, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Aspirante a Magistrado del TEPJF.

 “Garantizar la supremacía constitucional y por ende los derechos fundamentales de los individuos es a principal labor de nuestros jueces constitucionales, admito que no es una tarea sencilla sin lugar a dudas requiere cocimiento jurídico profundo no sólo para apreciar y concretizar objetivamente los hechos sino interpretar la disposición constitucional, impartir justicia, derechos himnos , políticos, electorales”, Jorge Meza Perez, Aspirante a Magistrado del TEPJF.

“Juzgar es un oficio y de esa sensibilidad y habilidad de dar a cada quien lo que le corresponde se adquiere a través del tiempo en la tarea diaria de impartir justicia en los tribunales, el elegido deberá tener también los requisitos y virtudes que exige un tribunal constitucional, es decir una capacitación no sólo electoral sino también en derecho constitucional y derechos humanos”, Ricardo Ojeda Bohorquez, Aspirantes Magistrado del TEPJF.

Algunos de los cuestionamientos de senadores fueron similares para los comparecientes, principalmente en cuotas de género, reformas a la Ley Electoral, fiscalización a los partidos políticos, inconstitucionalidad, entre otros.

“Para usted cuales son los elementos que configuran la violencia política de género en un caso concreto”, Martha Tagle, Comisión de Justicia, Senado.

“Estas facultades del juzgador quien precisamente juzga y decide conforme a lo que las partes proporcionaron me gustaría conocer su opinión si es que interfieren con el principio procesal de la carga de la prueba?”, Carlos Puente, Comisión de Justicia, Senado.

“Qué opinión le merece a usted la regulación del derecho de réplica en materia electoral?”, Benjamín Robles, Comisión de Justicia, Senado.

Los aspirantes coincidieron en que la justicia electoral requiere de una reingeniería con la coordinación de los Poderes de la Unión y con diversas instituciones, además de los principios constitucionales basados en derechos humanos y democracia.

Será esta misma semana cuando concluyan las comparecencias de los 21 aspirantes a magistrados electorales y en los primeros días de octubre el Pleno del Senado elegirá a los 7 que integrarán la Sala Superior del Tribunal Electoral.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Las Salas de la SCJN resolverán asuntos sobre Matrimonio Igualitario y pensiones en las Fuerzas Armadas

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia podría avanzar en la protección de los derechos de las parejas homosexuales con la resolución de dos amparos.

En la lista de asuntos para resolver en la sesión de este miércoles está el amparo en revisión 1266/2015, en el que se estudiaría la constitucionalidad de los artículos 147 y 291 bis del Código Civil de Nuevo León.

Normas que definen al matrimonio como la unión legítima de un solo hombre y una sola mujer, para procurar ayuda mutua, guardarse fidelidad, perpetuar la especie y crear entre ellos una comunidad de vida permanente.

Y al concubinato como la unión de un hombre y una mujer que durante más de dos años hacen vida marital.

Está también el amparo en revisión 582/2016 en el que se analizaría la validez de los artículos 144, 145 y 298, del Código Civil de Chiapas.

De acuerdo con estas normas, cualquier condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges se tendrá por no existente.

Que para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciocho años.

Y que la mujer que haya vivido con un hombre como si fuera su marido, tiene derecho a percibir alimentos de su concubino.

Por otra parte, la Segunda Sala de la Suprema Corte podría pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 38, fracción I, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Dicho artículo determina a quienes se consideran familiares de los militares, para los efectos de pensión y/o compensación.

En la fracción primera señala a la viuda o el viudo solos o con los hijos, o estos solos si son menores de edad; si son mayores de edad, que no hayan contraído matrimonio o establecido concubinato; si comprueban que estudian en instituciones oficiales o con reconocimiento de validez oficial de Nivel Medio Superior o Superior, con límite hasta de 25 años de edad.

Y que acrediten que dependían económicamente del militar, están considerados también los hijos mayores de edad, incapacitados o imposibilitados para trabajar.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Mesa de diálogo sobre los derechos de las mujeres a partir de la Constitución de 1917

Especialistas manifestaron que la jurisprudencia que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de derechos de la mujer ha permitido su reconocimiento.

Lo anterior durante una mesa de diálogo sobre los derechos de las mujeres a partir de la Constitución de 1917, que se realizó en el marco de la XV Feria del Libro Jurídico del Poder Judicial de la Federación.

 “Empezó a dar interpretaciones que empezaron a ser determinantes, es más ahorita puede, como en el caso de matrimonios de personas del mismo sexo no haber reforma constitucional pero por una interpretación de la corte hay una regla ya en donde se fijó un criterio obligatorio para todos los jueces del país”, Leticia Bonifaz Alfonzo, Directora General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos de la SCJN.

Entre la resoluciones más relevantes destacaron el criterio de la Corte del 2005 que atribuyó plena personalidad jurídica a las mujeres, reconociendo su derecho a la libertad sexual dentro del matrimonio, lo que sienta las bases para comprender que en el ámbito privado las mujeres enfrentan las peores formas de violencia.

“La Corte y el Poder Judicial Federal en su conjunto si han dado ahora pie para que lo que era letra muerta en la constitución sea una letra llena de vida con derechos plenamente exigibles para las mujeres”.

Entre otros temas, la corte ha emitido resoluciones sobre el divorcio exprés, las cuotas de género y la interrupción voluntaria del embarazo.

Sin embargo, lamentaron que pese a los avances aún no se alcanza la igualdad real entre hombres y mujeres.

“Debemos estar muy preocupados porque esa igualdad real no se ha llevado a cabo ahora, les recuerdo que en este siglo XXI siguen todos esos respaldos de discriminación contra las mujeres”, Rosa María Álvarez de Lara, Catedrática UNAM.

Señalaron que México cuenta con un amplio marco legal que ha tardado años en reflejar el reconocimiento de los derechos de la mujer.

Laura K. Murillo Ramírez

@27_fergie

Presentan el “Corrupcionario Mexicano”.

Para frenar la corrupción en el sistema político mexicano es necesario impulsar la reflexión profunda en los ciudadanos.

Fue una de las ideas del presidente de la Asociación Civil Opciona, Alejandro Legorreta durante la presentación del “Corrupcionario Mexicano”, un compendio de 300 palabras asociadas con este problema social.

 “Lo vemos como una extraordinaria herramienta de reflexión y sobre todo una extraordinaria herramienta de acción que nos permita construir más ciudadanía y asumir las responsabilidades que a cada uno de nosotros nos toca”.

El libro incluye frases cotidianas junto a ilustraciones de reconocidos caricaturistas mexicanos que desde una perspectiva cómica, invitan a la reflexión.

 “Mirrey, sustantivo masculino utilizado para designar a los imitadores de Mauricio Garcés, Luis Miguel, Roberto Palazuelos y Javi Noble, ellos no culpan a la noche, no culpan a la playa, de hecho no culpan a nadie porque hacen lo que se les da la gana, ni modo así nacieron divinos”, Diego Luna, Actor.

La obra tiene el objetivo de concientizar a los mexicanos de las graves consecuencias que tiene la corrupción y sobre todo detener la aceptación que se ha generado en la sociedad esta práctica, como un fenómeno cotidiano.

“Es un trabajo para decir, estamos conscientes que tenemos un problema muy grave que es la corrupción, que la corrupción es probablemente la principal fuente de nuestros problemas, la violencia, la pobreza, la desigualdad y creo que a toda crisis hay una enorme oportunidad”, Alejandro Legorreta, Presidente de Opciona.

El Corrupcionario Mexicano fue auspiciado por la Asociación Civil Opciona, que se describe como apartidista, independiente y dedicada a construir ciudadanía para detonar el potencial mexicano.

Laura K. Murillo Ramírez

@27_fergie

Presenta INEGI Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2016

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía presentó los resultados de su Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2016.

“La prevalencia delictiva en las personas, es decir cuántas víctimas tenemos es de 23.3 millones de víctimas de al menos un delito durante 2015, lo que nos da una tasa de 28 mil 202 víctimas por cada 100 mil habitantes”, Adrián Franco, Dir. Estadística de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia INEGI.

Robo o asalto en la calle o transporte público y extorsión, fueron los principales delitos.

Datos que muestran la realidad que padecen de las familias ante la delincuencia, y por la falta de acción de las autoridades.
 
“7 e cada 10 personas ya no permiten que sus hijos menores salgan a la calle, 6 de cada 10 han dejado de usar joyas, y la mitad de la población prácticamente ha dejado de salir de noche con la frecuencia con la que lo hacía, o dejar de llevar dinero en efectivo”.

El costo total a consecuencia de la inseguridad y el delito en hogares representó un monto de 236 mil 800 millones de pesos, lo que equivale a 5 mil 905 pesos por persona afectada.

La cifra negra a nivel nacional, es decir, los delitos no denunciados, se colocó en 93.7 %.

Entre las razones para no denunciar se encuentran: Miedo, pérdida de tiempo y desconfianza.

9 de cada 10 personas sienten inseguridad de vivir en Acapulco, 8 de cada 10 en el Área Metropolitana de la Ciudad de México, e igual número en lugares como Cuernavaca y en Veracruz.

Cajeros automáticos, bancos y transporte público, son los sitios donde la población se siente más insegura.

Oscar González

@okogonzalez08

La SCJN ya se pronunció sobre la constitucionalidad de los matrimonios igualitarios

Existe jurisprudencia aprobada por  la Primera Sala de la Suprema Corte en la que establece que no existe ninguna  razón de índole constitucional para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La jurisprudencia 46/2015, de aplicación obligatoria para los jueces y magistrados, destaca que negar a las parejas homosexuales el derecho a contraer matrimonio implica tratar a los homosexuales como si fueran ciudadanos de segunda clase.

Además señala que excluir a las parejas del mismo sexo de la institución matrimonial perpetúa el prejuicio de que esas parejas son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, ofendiendo con ello su dignidad como personas y su integridad.

El 26 de enero de este año, el Pleno de la Suprema Corte también ya se pronunció sobre la constitucionalidad de los matrimonios igualitarios.

“Si nuestra Constitución, nuestra norma suprema, no impone un modelo específico, esas definiciones o esas costumbres, resultan irrelevantes y por lo tanto no son ningún parámetro que nos comprometa a entender la figura del matrimonio, como se pudo haber hecho durante mucho tiempo”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 28/2015, por unanimidad de votos, el Pleno de la Corte declaró inconstitucional el artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco, que excluía a las parejas del mismo sexo de la posibilidad de contraer matrimonio.

Los ministros concluyeron que esa exclusión atentaba contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

“Históricamente es preciso decirlo, las personas homosexuales han sido víctimas de una feroz discriminación social. Excluir a las parejas del mismo sexo del acceso a la institución del matrimonio como herramienta legal. Implica ser una distinción injustificada prohibía, expresamente por el artículo 1º de nuestra Constitución”, Norma Lucía Piña Hernández, Ministra SCJN.

La jurisprudencia 86/2015 de la Primera Sala advierte que las normas civiles que impiden la posibilidad de los matrimonios igualitarios provocan una doble discriminación, al privar a las parejas de los beneficios materiales y expresivos que se obtienen del matrimonio.

“Si el matrimonio otorga a los cónyuges, una gran cantidad de derechos, negarles a las parejas del mismo sexo los beneficios tangibles e intangibles que son accesibles a las personas heterosexuales a través del matrimonio, implica tratar a esas parejas como ciudadanos de 2da clase. En este sentido, no existe ninguna justificación racional para uno darles todos los derechos fundamentales que les corresponde”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.

Entre los beneficios que reconoce la Corte se encuentran los siguientes:

Poder heredar propiedades

Recibir seguridad social por parte de su cónyuge

Beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros

Beneficios fiscales, entre otros.

La jurisprudencia más reciente del Pleno de la Corte, publicada el viernes 23 de septiembre,  establece que en las adopciones de los menores es irrelevante la orientación sexual de la familia a la que será integrado.

Es insostenible, señala la jurisprudencia,  que la homosexualidad de los adoptantes implique  una afectación al interés superior de los menores adoptados.

Erica Mora

@MoraErica