Determina SCJN que revelar información sobre el número de intervenciones telefónicas no pone en riesgo la seguridad nacional
05/12/2016 Deja un comentario
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia resolvió por primera vez un recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia.
Recurso promovido por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal en contra de una resolución del INAI para que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional, CISEN, entregue información sobre cuántas personas o dispositivos intervinieron en sus comunicaciones privadas en 2014.
Al resolver el recurso, la Suprema Corte lo declaró infundado.
“El número de solicitudes y el número de personas o aparatos intervenidos es un dato numérico que, en sí mismo, no describe ni detalla parte alguna del procedimiento o la actividad específica de intervención, por lo cual, nos parece que no puede resultar en la publicidad de información considerada reservada por la Ley de Seguridad Nacional”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.
En el asunto, el ciudadano solicitó información diversa al CISEN, en su respuesta reservó la información, pues de acuerdo con el CISEN, los datos sobre la intervención pondrían en riesgo la seguridad nacional.
Tras acudir la revisión ante el INAI, éste órgano determinó que el CISEN debía entregar la información, pues era de tipo estadístico, y de acuerdo con un criterio del Instituto, toda la información estadística debe ser pública; así, la Consejería Jurídica recurrió a la revisión.
El Pleno de ministros se pronunció sobre el criterio del INAI, recalcó que no toda la información estadística debe considerarse pública.
“Esas afirmaciones o esos criterios del INAI me parecen exagerados y fuera de lugar porque en realidad está haciendo una generalización sin tomar en cuenta lo que en particular y, en caso específico, pudiera representar una información estadística”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.
“La información de carácter estadístico puede ser considerara como reservada, en aquellos casos en los cuales la misma pueda informar o ilustrar, de alguna manera, sobre la mecánica operativa de las instancias de la seguridad nacional y comprometer la capacidad de la defensa interna de las instituciones democráticas del Estado”, Eduardo Medina Mora, Ministro SCJN.
“Algunos tribunales usan lo que se llama “La teoría del mosaico”, a partir de la cual una información aparentemente inocua, aparentemente sin mayor importancia o trascendencia, cuando se une a otro tipo de información, resulta que sí puede desprenderse de ahí información relevante que comprometa la seguridad nacional”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.
En la próxima sesión el Pleno hará la recepción formal de Jorge Antonio Cruz Ramos como nuevo Consejero de la Judicatura Federal.
Mario López Peña