La Primera Sala fijó un criterio sobre pruebas de ADN para conocer la paternidad

La Primera Sala fijó como criterio que sí proceden las pruebas de ADN, con el fin de que un menor, pueda conocer quién es su padre biológico. (Contradicción de tesis 430/2013).

Al resolver una contradicción de tesis, explicaron que con ello se busca proteger el interés superior del menor.

“En algunos momentos se ha dicho y es un problema muy serio para algunas personas en la sociedad mexicana, que no es conveniente, donde ya se ha constituido una familia entrar a la realización de estas pruebas, porque esto puede afectar la estabilidad de una nueva familia que se constituyó”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “Sin embargo, la Suprema Corte, la Primera Sala entendió que con fundamento en este principio que nos impone la Constitución del interés superior del menor, si es importante para el niño que identifique quienes son sus padres”.

Los ministros explicaron que no es obstáculo que el menor cuente con un padre, que jurídicamente es diferente.

“Para un niño es importante saber quién es su padre, en términos de las responsabilidades, de las obligaciones que todos tenemos como padre, pero también y aquí creo que es un punto muy importante la decisión, para saber cuál es la genética que ese niño puede tener, de algunas enfermedades que pueden ser transmisibles por sus padres”.

Sin embargo, indicaron que en caso de corroborarse el nexo genético entre el menor y el demandado, ello no implica que necesariamente se modifique su filiación jurídica.

“No en automático el reconocimiento de una paternidad biológica, va a determinar la condición de filiación de este niño, respecto de un padre”.

Se explicó que en este tipo de juicios familiares solo deberán tener acceso al expediente las partes involucradas; y el menor solo podrá conocer el resultado, hasta que haya una sentencia definitiva al respecto.

José Luis Guerra García

Hoy en la sesión del Pleno de la SCJN

El Pleno de la Corte inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en la que pide invalidar diversos artículos de la legislación penal de Nuevo León, por carecer de competencia el Congreso de esa entidad, para legislar en materia de delincuencia organizada, trata de personas y secuestro. (Acción de inconstitucionalidad 21/2013).

Dichas disposiciones prevén la posibilidad de imponer la prisión preventiva en ciertos delitos, restringir las comunicaciones del imputado o sentenciados y acreditar la personalidad de un testigo, solo mediante pruebas de ADN, medidas que se argumenta violan diversos derechos humanos.

El proyecto del Ministro Arturo Zaldívar, considera que solo debe decretarse la invalidez de las normas relacionadas con la trata de personas, pues en los casos de secuestro y algunos delitos de delincuencia organizada, se ha facultado al legislador local para definir la manera de investigar, procesar y sancionar estos delitos.

“Por tanto para el supuesto en que deban aplicarse sus códigos locales procesales se encuentran habilitadas para expedir, las correspondientes normas conforme a las cuales llevar a cabo dichas actividades, en consecuencia se considera infundado el concepto de invalidez, únicamente en este aspecto”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

Sentido que no compartieron algunos ministros, quienes consideraron que si bien se les otorga competencia para procesar ilícitos de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas a las entidades, ello no implica que se les faculte para legislar en estas materias reservadas al Congreso de la Unión.

“Hay la posibilidad de que esos delitos, sean conocidos por autoridades locales en cuanto a su investigación, procesamiento y sanción, y aquí el punto fundamental que yo advierto es que esta disposición, como ya se ha dicho, no es una habilitación para que la autoridad legislativa local, legisle sobre el delito de delincuencia organizada”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

 “Advierto que en realidad lo que se está regulando, quizá indirectamente, son supuestos de delincuencia organizada, que no es competencia estatal, lo que llevaría a invalidar las normas generales impugnadas en lo general, por lo que en esa medida mi posicionamiento inicial es en contra del proyecto”, Sergio Valls Hernández, Ministro SCJN.

 “En la medida que debido a la propia naturaleza de las leyes de carácter federal, estas no pueden hacer un reparto competencial, ni aún, como ya lo dije de forma residual, que faculte a los estados de la federación de dictar normas generales, aún de carácter operativo procesal, respecto de una materia, reservada constitucionalmente a la federación”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

El Ministro Fernando Franco pidió postergar la resolución de este asunto, pues la Comisión Nacional de Derechos Humanos, solo impugna la Ley Estatal al considerarla inconstitucional, pero no la Ley Federal contra la delincuencia organizada, que otorga ciertas competencias a los estados para investigar, procesar y sancionar algunos de estos delitos.

“Y analicemos todas las aristas que tiene este tema, porque al final del día y esto es también lo que quiero subrayar los estados autorizados por el congreso, legislaron en la materia, consecuentemente creo que este es un tema que tenemos que contemplar, porque esto va a tener un efecto general para todos los que hayan legislado”.

Petición que concedió el Pleno.

José Luis Guerra García

Servicios periciales en México incrementaron sus bases de datos genéticos

Los servicios periciales en México incrementaron radicalmente sus bases de datos genéticos.

“Contamos con un total de 14 mil 278 perfiles genéticos en nuestra base de datos, cifra superior en 400 % a la que se tenía registrada en el año 2000”, Mariana Benítez, Subprocuradora Jurídica PGR.

De acuerdo con la Subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR, aseguró que en el país se conformó una base de datos a nivel nacional de perfiles genéticos para la identificación de cadáveres: El programa de genética forense.

En este sentido se firmó un acuerdo de participación y acceso a la base de datos sobre ADN de Interpol.

“Y consultar la información relacionada con los perfiles genéticos de los países miembros de la Interpol”.

En la inauguración de la Décima Reunión del Grupo Interamericano de Trabajo de Análisis de ADN, señaló que 20 procuradurías y fiscalías estatales cuentan con laboratorio de genética forense.

Informó que la modernización de tecnología, adquisición de laboratorios y ajustes de infraestructura en este sentido han resultado en gastos cercanos a los 60 millones de pesos.

Lo anterior, explicó, para contribuir al proceso de implementación del nuevo sistema de justicia penal, en el sentido de fortalecer la investigación científica.

Mario López Peña

Primera Sala fija criterio sobre pruebas de ADN

GOC_0019La Primera Sala fijó como criterio que sí proceden las pruebas de ADN, con el fin de que un menor, pueda conocer quién es su padre biológico. (Contradicción de tesis 430/2013).

Al resolver una contradicción de tesis, explicaron que con ello se busca proteger el interés superior del menor.

“En algunos momentos se ha dicho y es un problema muy serio para algunas personas en la sociedad mexicana, que no es conveniente, donde ya se ha constituido una familia entrar a la realización de estas pruebas, porque esto puede afectar la estabilidad de una nueva familia que se constituyó”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “Sin embargo, la Suprema Corte, la Primera Sala entendió que con fundamento en este principio que nos impone la constitución del interés superior del menor, si es importante para el niño que identifique quienes son sus padres”.

Los ministros explicaron que no es obstáculo que el menor cuente con un padre, que jurídicamente es diferente, pues las pruebas de ADN, permitirían conocer su origen biológico.

“Para un niño es importante saber quién es su padre, en términos de las responsabilidades, de las obligaciones que todos tenemos como padre, pero también y aquí creo que es un punto muy importante la decisión, para saber cuál es la genética que ese niño puede tener, de algunas enfermedades que pueden ser transmisibles por sus padres”.

Sin embargo, indicaron que en caso de corroborarse el nexo genético entre el menor y el demandado, ello no implica que necesariamente se modifique la filiación jurídica del menor.

“No en automático el reconocimiento de una paternidad biológica, va a determinar la condición de filiación de este niño, respecto de un padre”.

Se explicó que en este tipo de juicios familiares solo deberán tener acceso al expediente las partes involucradas, y el menor solo podrá conocer el resultado, hasta que haya una sentencia definitiva al respecto.

José Luis Guerra García

Conceden amparo a mujer y su hijo contra arresto

Un juez federal concedió un amparo a una mujer y a su hija menor de edad, luego de que un juez de primera instancia ordenó un arresto por 36 horas de la madre por no acudir a audiencias en las que se desahogan periciales de exclusión de paternidad y ADN.

El Juzgado 9º. de Distrito con sede en Veracruz determinó que el Juez 2º. de Primera Instancia en Coatzacoalcos, vulneró los derechos de la adolescente de 16 años y los de su madre al imponer a esta última un arresto por 36 horas, sin motivar las circunstancias relativas a la gravedad de la infracción.

El juez local nunca precisó el por qué impuso ese tiempo para el arresto. Además afectó los intereses de la menor involucrada, dado que la orden de arresto tiene por objeto privar de la libertad a la mujer, sin que se haya pronunciado de quién se haría cargo del cuidado de la menor durante el arresto.

El juzgado federal solicitó al juez 2º. de Primera Instancia emitir un nuevo auto, en el que motive debidamente el apercibimiento del arresto.

Corte de E.U. prohíbe patentar ADN humano

La Corte Suprema de Estados Unidos prohibió hoy patentar el ADN humano porque que es un producto de la naturaleza… Determinó que sólo puede ser objeto de patente el ADN complementario, es decir, el copiado artificialmente… Esto al analizar un caso interpuesto por laboratorios que lograron aislar el ADN humano y pretendían comercializarlo.

Exhuman restos de la madre de “El Lazca”

La PGR exhumó hoy el cadáver de la madre de Heriberto Lazcano Lazcano, máximo líder de “Los Zetas”.

La diligencia se realizó en un panteón de Pachuca, Hidalgo, para aplicar pruebas de ADN que reconfirmen que los restos del sujeto abatido el 7 de octubre pertenecen a “El Lazca”.

Heriberto Lazcano Lazcano, presuntamente resultó muerto en un enfrentamiento con la Marina en Progreso, Coahuila.

Horas después su cuerpo fue robado de la funeraria en la que se realizó la autopsia.

 

 

Levantarán registro de ADN a niños y niñas de albergues

Para combatir la trata de menores de edad, el DIF de Chihuahua creará un registro de ADN de todos los niños y niñas que se encuentran en albergues del estado.

ADN en Lenguaje de señas

Este lunes, docenas de personas se reunieron voluntariamente en el Hemiciclo a Juárez, en la Ciudad de México.

Se reunieron para una ceremonia ciudadana, sin discursos oficiales o actos protocolarios. Fue la apropiación de un espacio público por parte de una comunidad: la de los sordos.

Este 28 de noviembre, se conmemora el Día Nacional del Sordo, una comunidad que representa, al menos, el 4 por ciento de la población total del país, según cifras oficiales.

Una comunidad que a partir hoy tiene un espacio informativo propio: Acceso Directo Noticias en Lengua de Señas Mexicana.

“La comunidad de sordos tiene el derecho de tener información en su lengua, en los medios que ellos necesitan y bueno, aquí en el país no tenemos este tipo de recursos en los medios de comunicación”, Nidia Díaz, Conductora ADN LSM.

El Canal Judicial estrenó este lunes, el primer espacio informativo accesible para personas con discapacidad auditiva en toda América Latina.

Una producción accesible que elimina recuadros, subtítulos y todas las barreras que impiden a la comunidad de sordos ejercer plenamente su derecho a la información.

En ADN LSM, Lengua de Señas Mexicana, se informa a partir de este lunes de toda la actividad del Poder Judicial de la Federación; de los hechos más destacados de México y el mundo, y se cuenta con secciones sobre la comunidad y la seña del día, un espacio para que los sordos se familiaricen con los términos jurídicos básicos.

“No son enfermos, no tienen algún tipo de padecimiento; simple  y sencillamente no pueden escuchar, pero son capaces de leer, de hablar con sus manos, de cantar, de expresar, hasta de tener una discusión; son capaces de hacer cualquier tipo de cosa, lo único que los limita es que no pueden escuchar”.

Con el estreno de Acceso Directo Noticias en Lengua de Señas Mexicana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación da un paso más en busca de la completa inclusión social, económica y legal de las personas con capacidad sensorial en todos los ámbitos de la vida.

La conductora, Nidia Díaz Arroche, es una intérprete especialista en Lengua de Señas Mexicana, que ha trabajado por décadas con la comunidad de sordos impulsando proyectos, traduciendo música e interpretando en eventos masivos como el Teletón.

Y todo esto sucede el Día Nacional del Sordo, fecha que conmemora la fundación en 1867 de la Escuela Nacional de Sordomudos.

ADN LSM se transmite de lunes a viernes a las 2 y media de la tarde, por el Canal Judicial.

Marco Antonio Silva

Derechos del menor

La Suprema Corte ha determinado procedente la prueba de ADN, para investigar si una persona es el padre o la madre biológica de un niño, se mencionó durante las Jornadas de Actualización Jurisprudencial que se realizaron en Puebla.

Pruebas que se consideran cien por ciento confiables y que para proceder a la investigación de paternidad, se requiere iniciar un juicio por la vía civil.

“Que la aplicación de las medidas de apremio no es, que su aplicación es constitucional en los juicios de paternidad, cuando los presuntos ascendientes se niegan a practicar la prueba pericial en materia de genética; sin embargo, ya les decía que la consecuencia de que se niegue a practicar la prueba pericial engendra la presunción de ser cierto el aspecto que se busca”, Erik Roberto Santos Partido, Mgdo. Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil, Sexto Circuito.

Se afirmó que el menor en todo momento tiene derecho a conocer quiénes son sus padres biológicos, por lo que no procede ningún tipo de restricción para ejercer este derecho, como lo pretendía el legislador en Veracruz, bajo el argumento de proteger a la familia.

“En un estado constitucional se reconoce que los hijos nacidos fuera de matrimonio, tienen los mismos derechos que los no reconocidos”, José Manuel de Alba, Mgdo. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil, Séptimo Circuito.

En este foro se dijo que en los asuntos en los que se han visto involucrados los derechos del menor, la Suprema Corte siempre ha adoptado una postura progresista, una muestra de ello se refleja en lo relativo al ejercicio de la patria potestad.

“En tanto no exista resolución judicial que límite, suspenda o prive la patria potestad, se presume que los padres o tutores están legitimados para representar al menor”, Leonel López Gianopoulos, Juez, Juzgado Segundo de Distrito, Centro Auxiliar, Segunda Región.

Al clausurarse las jornadas, se mencionó que la interpretación que hace la Corte de las leyes, permite que estas se apliquen de manera correcta.

“A veces, con la finalidad de que el legislador necesita a veces realizar normas perfectas, que la verdad no existen, por eso conlleva a que existan injusticia y arbitrariedades debido a que se provoca un estado de derecho riguroso, esta interpretación que hace de la ley, la Corte y los órganos encargados, evita precisamente eso”, José Candelario Ceceña, Delegado Instituto Federal de Defensoría Pública en Puebla.

Se afirmó que este tipo de eventos permiten acercar la justicia a la sociedad y que se conozca el trabajo de los órganos jurisdiccionales.

José Luis Guerra García