Abogados de Gordillo presentan apelación contra auto de formal prisión

Abogados de la ex líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Elba Esther Gordillo Morales, presentaron el recurso de apelación contra el auto de formal prisión que le dictó el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales, en el Reclusorio Preventivo Oriente.

Asimismo, dos de los coacusados se inconformaron por el auto de formal prisión que se dictó en su contra.

Ellos son Isaías Gallardo Chávez y José Manuel Díaz Flores.

La apelación se presentó por escrito ante el juez Alejandro Caballero Vértiz. Será el Tribunal Unitario en Materia Penal en el DF en turno, al que le corresponda resolver el recurso.

El pasado lunes 4 de marzo, el juez Caballero Vértiz dictó el auto de formal prisión a Elba Esther Gordillo y a las otras dos personas, al encontrar elementos suficientes para iniciarles proceso, por los delitos de Violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, y Operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Por otra parte, Francisco Arriola Urbina, ex esposo de Gordillo Morales, solicitó un amparo en el Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el DF, contra una posible orden de aprehensión y ejecución librada por el juez Alejandro Caballero.

En el Juzgado Décimo de Distrito de Amparo se admitió la demanda de garantías, sin tramitarse el incidente de suspensión.

Recursos de apelación

Todo sistema penal acusatorio debe respetar los derechos humanos.

Por ello, tiene que contemplar la doble instancia, para evitar alguna injusticia.

O bien, para subsanar posibles violaciones a los derechos de los procesados.

Se trata de un sistema recomendado por organismos y pactos internacionales.

Lo anterior lo señaló el Magistrado de la Audiencia Nacional Española, José Luis Castro.

Quien señaló que en muchos casos la justicia de su país no contempla esta posibilidad, por lo que ha sido condenado por el tribunal europeo por esta causa.

“La condena precisamente consiste en esto en reconocer primero, que la persona tiene derecho, la persona condenada tiene derecho a un recurso de efectivo, un recurso de apelación”.

Al continuar el curso sobre sistema acusatorio, que se imparte al personal del Poder Judicial de la Federación, precisó que este recurso solo procede cuando existe una sentencia definitiva y cubriendo ciertos requisitos. 

“Y supuestos que son especiales, que son aquellos que se requieren a cada uno, de los recursos, la ley, los que la ley exige para poder admitir el recurso y que en definitiva son elementos subjetivos, objetivos y de naturaleza temporal”.

Indicó que adicionalmente se requieren impulsar cambios legales para que el recurso de apelación proceda en contra de una causa que se archiva.

Puso como ejemplo el caso del Juez Garzón, que ya no fue procesado por la aparente obtención de apoyos financieros ilegales, al prescribir los delitos que se le imputaban.

Lo que lo dejó sin defensa para limpiar su imagen, de un delito que no cometió.     

 José Luis Guerra García