20 millones de mexicanos carecen de servicio médico, denuncian especialistas

En nuestro país 20 millones de mexicanos carecen de servicio médico, denunciaron especialistas en la presentación del Reporte Ciudadano sobre la Calidad y Acceso Efectivo a la Salud.

“Y quienes cuentan con afiliación, reciben atención diferenciada, según el sistema al que estén adscritos por su condición laboral, esto genera diferencia de trato, es un mal congénito del sistema de público de salud en nuestro país”, Rogelio Gómez, Acción Ciudadana Frente a la Pobreza.

Revelaron que una tercera parte de las unidades de salud, no reporta información sobre la calidad de los servicios que prestan

Es como un enfermo en situación de vulnerabilidad en su sistema inmunológico, no tiene defensas para reaccionar”, Sara San Martín, Acción Ciudadana Frente a la Pobreza.

Baja California Sur, Chiapas, Distrito Federal, Michoacán y Coahuila, son las peores entidades por rendición de cuentas en sus indicadores de calidad.

“En el Distrito Federal 57 % de las unidades no reporta información, una tercera parte de los pacientes no recibe los medicamentos que se le recetan, 3.9 millones de personas tuvieron que pagar por consultas, medicamentos o estudios de laboratorio”, Héctor  Rubio, Acción Ciudadana Frente a la Pobreza.

Pero además, el informe reveló que 6 de cada 10 unidades de urgencias incumplen con los tiempos de espera.

Una de cada 10 unidades reporta más de un mes de espera para cirugía.

Cuatro de cada 10 personas que se sometieron a alguna intervención quirúrgica, tuvieron que pagar por algún material.

Y más de la cuarta parte de los hospitales, tiene quejas de los usuarios.

Frente a ello, exigieron que se incluya en el presupuesto 2016, obligaciones de evaluación y transparencia en materia de salud.

Oscar González

@okogonzalez08

Apagón analógico en Nuevo León, Baja California Sur, Hidalgo y Durango

El Instituto Federal de Telecomunicaciones determinó que a partir de las cero horas del próximo 24 de septiembre, terminan las transmisiones analógicas en las áreas de cobertura de diversas estaciones de televisión que prestan servicio en distintos municipios de los estados de Nuevo León, Baja California Sur, Hidalgo y Durango.

La SCJN resolvió un juicio sobre el cumplimiento de convenios de coordinación fiscal, promovido por Baja California Sur

El Pleno de la Suprema Corte resolvió un juicio sobre el cumplimiento de convenios de coordinación fiscal, promovido por el estado de Baja California Sur. (Juicio cumplimiento de convenios de coordinación fiscal 1/2014).

Determinó revocar la resolución que se adoptó en el recurso de inconformidad, que ordenaba al estado devolver las contribuciones que pagó una tienda de autoservicio, por la extensión de su horario de servicio, en el municipio de Los Cabos.

Disposición que se aplica a los establecimientos que se dedican a la venta de vinos, licores y cerveza.

Los ministros señalaron que es fundado el reclamo del estado, pues existió una interpretación inexacta de lo previsto en el inciso F, del Artículo 10-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

“La consulta propone que esta excepción, atendiendo a su sentido gramatical y a la exposición de motivos, permite el cobro del derecho no solo a las empresas, cuyo giro principal o único, sea la venta de bebidas alcohólicas, sino también a las que desarrollando múltiples actividades comerciales, cuenten con el giro consistente en la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan el expendio de dichas bebidas, aun cuando no sea su actividad principal”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

El Pleno estimó que hubo una indebida fundamentación y motivación de la resolución impugnada. Consideró innecesario analizar el resto de conceptos de invalidez.

El Pleno también declaró fundados un incidente de inejecución de sentencia de amparo, promovido por un particular. (Incidente de inejecución de sentencia 65/2015).

Pues el tesorero y presidente municipal de Emiliano Zapata en Morelos, han sido omisos, al no cumplir con el fallo protector correspondiente.

Se han negado a devolver 14 mil 675, por conceptos de adquisición de bienes inmuebles, apoyo a educación, pro universidad y pro industria.

A pesar de diversos requerimientos, las autoridades implicadas, no han enterado al quejoso las cantidades reclamadas.

En este contexto se establece que las referidas autoridades han sido omisas en cumplir el fallo protector, e incluso justificar las causas del incumplimiento, de ahí que el proyecto proponga declarar fundado el incidente de inejecución de sentencia y en consecuencia aplicar las sanciones mencionadas”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

El fallo implica separar a los funcionarios responsables y consignarlos ante el juez de distrito competente.

La sanción a la que podrían ser sujetos es a prisión de 5 a 10 años, multa de 100 a mil días; e inhabilitación  de 5 a 10 años para ocupar otro cargo público.

El Pleno declaró fundados 10 incidentes más, en los que los responsables son las mismas autoridades.

José Luis Guerra García

El Pleno continúo con el estudio de un juicio sobre el cumplimiento de un convenio de coordinación fiscal en BCS

El Pleno de la Suprema Corte continúo con el estudio de un juicio sobre el cumplimiento de un convenio de coordinación fiscal, promovido por el estado de Baja California Sur. (Juicio cumplimiento de convenio de coordinación fiscal 1/2014).

El estado pide invalidar una resolución que lo obliga a devolver 2 pagos, que realizó un supermercado, de una contribución prevista en la Ley de Hacienda del municipio de Los Cabos, por la extensión del horario de servicio a establecimientos con venta de vinos, licores y cerveza.

Los ministros determinaron que la entidad tiene legitimación para promover el recurso, a través de la subsecretaría de la consejería jurídica, de acuerdo a diversos precedentes del propio Tribunal Constitucional.

“En principio sostendría la legitimación del Gobernador para hacer valer este juicio; desde luego, en caso de que ésta fuera la postura mayoritaria”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.

 “El Artículo 21, como vemos, de la Ley Orgánica, señala que corresponde a la Secretaría General de Gobierno representar legalmente al Poder Ejecutivo y a su titular en los procedimientos, controversias, juicios o asuntos litigiosos en los que el Poder Ejecutivo sea parte o tenga interés jurídico de cualquier materia o naturaleza, o sea, dicha representación no está restringida”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.

 “Se dice que la interpretación jurídica que debe realizarse respecto de las normas que regulan dicho presupuesto procesal admite interpretación flexible, de manera que se procure no convertir las normas legales en obstáculos para el acceso a la justicia”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

Quienes votaron en contra afirmaron que más que un problema de legitimación es de representación, que en este caso recae en la Procuraduría Fiscal del estado.

Es decir, de una parte claramente legitimada, corresponde —efectivamente— al procurador fiscal; sí creo que se presenta este problema que decía el Señor Ministro Medina Mora el jueves”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “Creo entonces que hay disposición específica de la representación legítima del estado de Baja California para considerar que tratándose de los juicios sobre el cumplimiento de convenios de coordinación fiscal no es un tema que atañe en exclusiva al ejecutivo del Estado, sino que éste, en representación de toda la entidad federativa ha encontrado en el procurador fiscal de manera específica como lo hace su Artículo 22, la representación efectiva”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

Una vez superado este tema, el Pleno estudiará el fondo del asunto en su próxima sesión.

José Luis Guerra García

En la próxima sesión del Pleno de la SCJN

En su próxima sesión, el Pleno de la Suprema Corte retomará la discusión de un juicio sobre cumplimiento de convenios de coordinación fiscal, que promovió el ejecutivo de Baja California Sur. (Juicio sobre cumplimiento de convenios de coordinación fiscal 1/2014)

Entidad a la que se le descontaron de sus participaciones federales, 2 pagos que realizó una empresa de supermercados, a la que aparentemente de manera indebida, se le cobró un impuesto municipal, por extender su horario de funcionamiento.

En lista se encuentran 11 incidentes de inejecución de sentencias, promovidos por diversos particulares, en contra de las autoridades del municipio Emiliano Zapata, del Estado de Morelos.

En todos los casos se consideran fundados los reclamos, se ordena separar de sus cargos a la tesorera y presidenta municipal del mencionado ayuntamiento, para que sean consignados ante el juez de distrito competente.

En lista se encuentra una contradicción de tesis, relacionada con la competencia de los tribunales colegiados, misma que se propone declarar sin materia, al cambiar de criterio la segunda sala. (Contradicción de tesis 203/2014)

José Luis Guerra García.

La Sala Regional Especializada del TEPJF multó al PRI por difusión indebida de una llamada telefónica durante la campaña electoral

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación impuso una multa al PRI por la difusión indebida, durante la campaña electoral, de una llamada telefónica entre militantes del PAN en Baja California Sur, que supuestamente, los vinculaba con acciones de narcotráfico.

Los magistrados de esta Sala Regional determinaron que el revolucionario institucional hizo un uso ilegal de la llamada telefónica, sin embargo, no es posible imputarle a este instituto político la intervención telefónica.

Le impuso una sanción consistente en multa de dos mil días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal, equivalente a 140 mil 200 pesos.

En otro asunto, los magistrados rechazaron iniciar un procedimiento especial sancionador, en contra de movimiento ciudadano por calumnias en contra del PRD, derivado de un mensaje difundido en radio y televisión en el estado de Guerrero, en el que se vinculó a este instituto político con la desaparición de estudiantes de la Normal Rural de Ayotzinapa.

Determinaron que lo dicho en el promocional no actualiza la calumnia en contra del PRD, ya que en su difusión no implica un nexo causal que involucre a este instituto político.

Mario López Peña

Ordena Tribunal Electoral restitución de candidato independiente en Baja California Sur

La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó a las autoridades electorales de Baja California Sur, restituir en sus derechos como candidato independiente a gobernador a Benjamín de la Rosa Escalante, y ordenó no aplicar el Artículo 194 de su Ley Electoral, que exige un 4% de respaldo ciudadano para aspirar a ese cargo, lo que considero excesivo y desproporcionado.

Apoyos para programas educativos en Baja California Sur, Campeche y Coahuila

La SEP canalizará en subsidios más de 440 millones de pesos a los estados de Baja California Sur, Campeche y Coahuila para que fortalezcan los programas: inclusión y equidad educativa, escuela segura, de calidad, escuela de tiempo completo y para el otorgamiento de becas educativas para lograr la permanencia escolar.

SCJN publica sentencia sobre el Código de Procedimientos Penales de Baja California Sur

La Corte publicó la sentencia del Pleno en la acción de inconstitucionalidad 20/2013, en la que declaró la invalidez del Artículo 113 del Código de Procedimientos Penales del estado de Baja California Sur, que preveía la figura del arraigo en delitos graves, medida que solo aplica en casos de delincuencia organizada, en la que solo puede legislar el Congreso de la Unión.

 

 

SEGOB destina recursos para prevención del delito en Aguascalientes, Baja California Sur, Durango y Jalisco

La Secretaría de Gobernación firmó convenio con los estados de Aguascalientes, Baja California Sur, Durango y Jalisco, a los que destinará poco más de 252 millones de pesos para impulsar acciones que ayuden a prevenir el delito, reducir la incidencia delictiva y mejorar la seguridad en esas entidades.