Hoy en la sesión del TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral aprobó en su sesión de este miércoles dos jurisprudencias que son obligatorias para todos los órganos jurisdiccionales en materia electoral.

La primera de ellas establece que la disposición prevista en la legislación federal y similares, que considera procedente la destrucción de las boletas electorales, no vulnera el derecho de acceso a la información.

Relacionada a la anterior jurisprudencia se aprobó una tesis cuyo rubro es: boletas electorales, constitucionalidad del párrafo segundo del artículo 302 del COFIPE que contempla su destrucción.

La segunda jurisprudencia tiene como rubro propaganda electoral en radio y televisión. En elecciones federales puede contener mensajes de campañas de diputados, senadores y presidente de la República indistintamente.

COFIPE en braille

A partir de ahora el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales estará a disposición en código braille.

La Directora General del Centro de Documentación, Análisis, Archivos y Compilación de Leyes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Diana Castañeda, destacó la importancia de acercar a toda la población, a los acervos con los que cuenta la red de bibliotecas del Máximo Tribunal del país.

“En esta ocasión pensamos que era muy importante que las personas que tienen este tipo de discapacidad visual, tengan la oportunidad de conocer directamente de la fuente, cuáles son sus derechos civiles y políticos”.

En el foro “Los derechos fundamentales y su ejercicio efectivo, una visión a la accesibilidad”, informó que el tiraje inicial es de 200 ejemplares.

“Y pensamos distribuirlo en principio en la red de bibliotecas del poder judicial de la federación y hacerlo llegar a las bibliotecas de los poderes legislativo y ejecutivo y a organismos internacionales”.

En el auditorio del Museo Memoria y Tolerancia, el Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Manuel González Oropeza, pidió recapacitar sobre el alcance de la igualdad entre la humanidad.
“¿Todos los hombres y mujeres son iguales por sí mismos, en qué sentido somos iguales? y hemos llegado a la conclusión, como toda la comunidad internacional, de que la igualdad debe reconocer desigualdades naturales”.

El 5.1 por ciento de los mexicanos presenta algún tipo de discapacidad, 27.2 por ciento de ellos, discapacidad visual.

Oscar González

Veda electoral

Campañas que tuvieron una duración de 90 días y en las que los distintos candidatos promocionaron su imagen y difundieron sus propuestas.

Desde el inicio de las precampañas, el 18 de diciembre de 2011, se transmitieron cerca de 44 millones de spots de los partidos políticos y candidatos, en 2 mil 335 estaciones de radio y televisión de todo el país.

Una vez concluidas las campañas, el proceso electoral federal entra en la llamada etapa de veda o reflexión.

Misma que según el artículo 190 del COFIPE, inicia 3 días antes de la jornada electoral.

Etapa, en la que está prohibido todo acto de propaganda, proselitismo o de campaña.

“La ley establece con toda claridad, que en esos 3 días posteriores y el día mismo de la jornada electoral, las actividades de proselitismo realizadas por los partidos, por sus candidatos, pero también por cualquier persona, están prohibidas, y el propio Código establece sanciones para quien realicen esas actividades de proselitismo, para quienes violen esta disposición”, Lorenzo Córdova, Consejero IFE.

Período de reflexión que se espera, sea respetado por partidos, candidatos y simpatizantes.

“Prefiero no poner tanto el acento en las sanciones, en las infracciones, sino en la convicción que seguramente existe en la ciudadanía de abstenerse de cualquier acto que contravenga la ley y de permitir que todos podamos hacer la reflexión a la que se nos invita, a la que se nos da oportunidad de la manera más civilizada, más adecuada, más legitima”, Sergio García Ramírez, Consejero IFE.

Etapa que sirve a los electores, para meditar en la intimidad, a quien, otorgará su voto en las elecciones de este uno de julio.

“Es prudente que cesen las campañas, que cesen los dichos, los discursos, las argumentaciones por parte de partidos y candidatos, y que habiendo recogido la ciudadanía, todos estos discursos, todas estas promesas, todas estas reflexiones, cada individuo en el fuero de su conciencia, tome la decisión que le parezca la más conveniente, ese es el periodo de este periodo que algunos llaman veda, pero que en realidad es un periodo de reflexión, inmediato, anterior a la jornada electoral”.

Durante la llamada etapa de veda o reflexión, los tiempos del estado en medios electrónicos, se destinarán a difundir la propaganda de las autoridades electorales federales y estatales.

Entre ellas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la FEPADE y el propio IFE.

Este último organismo, ocupará sus tiempos en radio y televisión, para invitar a la ciudadanía a cumplir con sus obligaciones ciudadanas.

“En este último tramo, y particularmente en el periodo de veda, la propaganda institucional estará destinada fundamentalmente a convocar a los ciudadanos a participar el próximo primero de junio, a explicar eventualmente, digámoslo así, que no existe la prohibición, el ilícito que constituye la coacción del voto, fundamentalmente”, Lorenzo Córdova, Consejero IFE

Se trata de la última etapa del proceso electoral federal. Un espacio de tres días, con que cuenta el ciudadano, antes de acudir a las urnas a depositar su voto.

José Luis Guerra García

¿Cómo ejercer el voto?

El voto es un derecho y una obligación garantizado por la Constitución en sus artículos 35 y 36.

En este último artículo en su párrafo tercero precisa: Votar en las elecciones populares, en los términos que marca la ley, es una obligación de los mexicanos.

El COFIPE en su artículo cuarto precisa que el voto es universal, libre, secreto, personal e intransferible.

Además de prohibir cualquier acto que genere presión o coacción a los electores.

Este uno de julio, 79 millones 454 mil 802 ciudadanos inscritos en el listado nominal definitivo, tienen la posibilidad de cumplir con esta obligación.

Ejercer el derecho a votar sigue siendo un procedimiento sencillo.

El día de la jornada electoral, el ciudadano deberá ubicar la casilla en la que podrá ejercer su voto.

Se deberá formar y en su turno, entregar su credencial de elector al presidente de la mesa de votación.

Se verificará que se encuentre en la lista nominal y se le revisará su pulgar izquierdo, para verificar que no ha votado.

Posteriormente, se le entregarán 3 boletas, una para la elección de presidente, una para diputados y una para senadores.

Se trasladará a las mamparas para cruzar sus boletas, las doblará de manera individual y las depositará en la urna correspondiente.

Retornará con los funcionarios de casilla, quienes le devolverán su credencial ya marcada y le pondrán tinta indeleble en su dedo pulgar izquierdo.

Solo en caso de que el votante no sepa leer o se encuentre impedido físicamente para marcar la boleta, podrá ser asistido por una persona de su confianza.

Se sugiere a los ciudadanos, seguir estos sencillos pasos para cumplir con esta obligación ciudadana.

“La receta, vale la pena reiterarlo, digamos la secuencia, los pasos que hay que seguir son tan sencillos como lo eran antes, insisto: uno identificar al candidato por el cual se va a votar, dos identificar qué partido o el recuadro de que partido o de que partidos aparece el nombre de ese candidato y tres, votar en el recuadro de uno, de dos, o hasta de 3 partidos cualesquiera que sean dependiendo de lo que el elector quiera”, Lorenzo Córdova, Consejero IFE.

Si el ciudadano vota por 2 o 3 partidos que postulan al mismo candidato, su voto seguirá valiendo uno, y el total de los votos que se encuentran en una situación similar se dividirán de manera igual entre los partidos de la coalición.

“Si tú votaste por 2 partidos, todos los votos que hayan sido emitidos por esos 2 partidos, se van a distribuir a mitades y si llegara a sobrar alguno, ese va, de esos dos partidos al partido más votado; lo mismo ocurre con 3, si tu votaste por 3 partidos, pues eso voto se distribuye, no ese voto, la suma, todo los votos que hayan sido emitidos de esa manera se distribuyen entre 3 y si llega a sobrar alguno, para el partido, de esos 3, más votado”.

El voto se anulará en los casos en que la boleta se deje en blanco, se crucen recuadros de partidos que postulen a candidatos diferentes o se cruce toda la boleta.

Las mesas de votación al momento del cómputo, registrarán en la sección correspondiente, los votos emitidos por los candidatos sin registro.

El día de la jornada electoral las mesas de votación se abrirán a las 8 de la mañana y cerrarán a las 18 horas o antes, si es que ya sufragaron todos los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

Más de un millón de ciudadanos fungirán como funcionarios en las más de 143  casillas que se instalaran.

Para esta elección federal, el IFE mandó imprimir 82 millones 678 mil 860 boletas para la elección presidencial.

Boletas que contendrán el logotipo de los 7 partidos que participan en la elección, más un recuadro en blanco para el voto de los ciudadanos que sufraguen por un aspirante no registrado.

El mismo número de boletas, se imprimieron tanto para la elección de diputados, como de senadores.

En el caso del voto de los mexicanos de los residentes en el extranjero, solo podrán votar en la elección de presidente.

El número de votantes que manifestó su intención de participar asciende a 59 mil 51.

A  la fecha 35 mil 8 ya han enviado su voto postal de los cuales, 24 mil 994 proceden de estados unidos.

Para que su voto sea tomando en cuenta en la próxima elección, los residentes deberán enviar su voto a más tardar 24 horas antes del inicio de la jornada electoral.     

José Luis Guerra García

Atrae medios de impugnación

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio a conocer el acuerdo 1/2012 de la Sala Superior, en el que ordena a las salas regionales, remitir todos los medios de impugnación relacionados con en el artículo 219 del COFIPE que establece la cuota de género, misma que fue declarada obligatoria por la Sala Superior.

TEPJF confirma debates

El artículo 70 del COFIPE que regula los debates entre aspirantes presidenciales no es contrario a la Constitución.

Porque no impide que se realicen las discusiones que sean necesarias, siempre y cuando, se invite a todos los candidatos.

Sin embargo, la ley faculta al IFE a organizar sólo dos.

Esas fueron las consideraciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al desestimar una queja promovida por Andrés Manuel López Obrador y los partidos que lo postulan como candidato a la Presidencia de la República.

“No hay ninguna disposición de la constitución que sea violatoria de este precepto legal, no hay ningún principio constitucional que sea infringido por esta norma legal, es un deber que tiene el instituto limitado a 2 debates”, Flavio Galván Rivera, Magdo, Sala Superior TEPJF.

“Es correcto, desde mi punto de vista considerar que el  citado artículo 70 en su párrafo primero no es contrario a los derechos fundamentales  reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales porque no hay límite pues para la realización de los debates”, Pedro Esteban Penagos López, Magdo Sala Superior TEPJF.

La Sala Superior, ordenó al IFE sancionar al PRD, PT y Movimiento Ciudadano, por utilizar los tiempos que les fueron asignados en televisión para promocionar al Movimiento de Regeneración Nacional, MORENA, lo que no está previsto en la ley.

“Ninguna norma prevé que los partidos políticos tengan como función promocionar las propuestas de asociaciones civiles, y tampoco existe disposición que otorgue a esas asociaciones el derecho a disfruta de un recurso público, como los tiempos del estado en radio y televisión”, José Alejandro Luna Ramos, Magdo, Presidente Sala Superior TEPJF.

Sin embargo, consideraron improcedente sancionar a Andrés Manuel López Obrador.

Ya que en los promocionales no se pedía votar a su favor, ni se promovía su imagen, ni su plataforma electoral.

En esta sesión el Tribunal Electoral resolvió 53 medios de impugnación, entre ellos destacan la confirmación de los acuerdos del IFE que define el catálogo de medios que darán cobertura al proceso electoral y el que exime a 129 estaciones de radio y televisión de bloquear su señalan durante los comicios.

Además, ordenó a la autoridad del Estado de México suspender la difusión de propaganda oficial a partir del 30 de marzo, día en que inician las campañas federales.

Asimismo, confirmaron la candidatura plurinominal del PRI en el Senado para Arely Gómez. 

José Luis Guerra García

Exhortan a partidos cumplir con la cuota de género

El IFE fijó un plazo de 48 horas a partidos y coaliciones para que cumplan con la cuota de género.

El PAN, PRI, PT, Verde Ecologista y Movimiento Ciudadano; y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista incumplieron con lo dispuesto en el artículo 221 del COFIPE.

Disposición que los obliga a postular a por lo menos 40 por ciento de candidatos de un mismo género.

En decir, 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores.

En caso de no rectificar las solicitudes de registro por ambos principios, para cumplir con esta disposición, se harán acreedores a una amonestación pública.

En este caso, el IFE dará un nuevo plazo de 24 horas para cumplir con la disposición.    

En caso de persistir el incumplimiento, serán sancionados con la negativa del registro de las candidaturas, respectivas.

En otro asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE, ordenó al Presidente de la República y al SAT, suspender el envío de correos electrónicos en los que felicita a los contribuyentes cumplidos.

La medida cautelar se adoptó, ya que es probable que dichos mensajes violen el artículo 134 de la constitución, que prohíbe la promoción personal de los servidores público.

Además de que podría vulnerar el principio de equidad, que debe prevalecer en la próxima elección federal. 

José Luis Guerra García

José Woldenberg aseguró que el tema de fondo del amparo que solicitaron los intelectuales contra la Reforma Electoral, afectaba la equidad

José Woldenberg, prestigiado politólogo y experto en temas electorales, aseguró que el tema de fondo del amparo que solicitaron los quince intelectuales contra la Reforma Electoral de 2007, afectaba la equidad.

“Hay que recordar que esta disposición en específico, la que los terceros no pueden comprar espacio en radio y televisión es una vieja disposición que ya estaba desde 1996, y que estaba en el COFIPE, precisamente para evitar que las condiciones de la competencia no se volvieran asimétricas o desiguales”.

Ante el argumento que presentaron los intelectuales de violación a la libertad de expresión por no permitirse la compra de spots por particulares en tiempos electorales, recalcó que no hay derechos, ni libertades absolutas, y que se tiene que privilegiar la equidad de competencia en favor de la democracia mexicana.

“Yo preguntaría qué sucedería en México, por ejemplo en 2012, en unas elecciones donde cualquier tercero pudiera comprar espacios en radio y televisión para hacer campaña a favor o en contra de un partido o de un candidato, todo lo que se ha armado para generar condiciones medianamente equilibradas se desplomaría”.

Respaldó la resolución de la Corte y dijo que no se hubiera llegado al fondo del asunto, ya que el proceso de la reforma electoral fue el adecuado.

“De hecho la Corte no entró al fondo del asunto y creo que difícilmente hubiera entrado al fondo del asunto aunque esta votación hubiera sido favorable a quienes lo interpusieron… Si hubieran pasado al segundo tema que es el de procedimiento, creo que tampoco hubieran pasado esa aduana”.

Aseguró que las condiciones de equidad en los procesos electorales en México deben mejorar.

Mario López Peña