Inconstitucional materia de la consulta popular sobre salarios mínimos determina la Corte
29/10/2014 Deja un comentario
El Pleno de la Corte determinó por mayoría de seis a cuatro votos, que la materia de la consulta popular para fijar un nuevo salario mínimo, es contraria a lo previsto en la Constitución. (02/2014 revisión de constitucionalidad de la materia de una consulta)
Pues se encuentra entre los temas que no pueden sujetarse a este tipo de procesos.
El proyecto original del Ministro José Ramón Cossío Díaz, consideraba el tema constitucional, aunque modificaba el sentido de la pregunta.
“Único es constitucional la materia de consulta formulada, por Gustavo Enrique Madero Muñoz en los términos de la pregunta modificada por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
Proyecto que fue apoyado por tres ministros con ciertos matices, al considerar, que el fijar un nuevo salario mínimo, es un tema de trascendencia nacional y de interés, para la mayoría de ciudadanos.
“En esa circunstancia expreso estar de acuerdo en el que el contenido de la materia es constitucional”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.
“En nada cambia la obligación que tiene la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, en realidad hablar de jefe de familia no, como lo hace el 123 de la constitución no a las necesidades de una familia, pues es una cuestión mínima”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
“Yo habré de decir, para seguir con este desarrollo, que si comparto la propuesta del proyecto”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.
Los seis ministros que votaron en contra lo hicieron por motivos diferentes, algunos considerando que el pretender que el nuevo salario se fije conforme a los parámetros del CONEVAL, podría restringir el derecho humano a un salario digno protegido por la constitución.
“No coincido con el proyecto de que la materia de la consulta sea constitucional, pues concluyo que versa sobre un tema vedado por el Artículo 35 fracción octava constitucional, a saber las restricciones a los derechos humanos”, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro SCJN.
“Me parece que si puede darse una restricción al derecho al salario mínimo, en tanto que la vinculación que proponen los solicitantes con un parámetro de bienestar individual, resulta ser restrictivo al derecho fundamental al salario mínimo definido a nivel constitucional, en tanto este último tiene una dimensión plural”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.
“Me parece que el objeto de esta pregunta no es constitucional, me parece que es un tema que eventualmente puede restringir derechos y que además no respeta el 123 constitucional”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.
Indicaron que un nuevo salario mínimo impactaría el gasto del gobierno y precisaron que la constitución no puede modificarse a través de la consulta.
“Trasciende directa o indirectamente al marco de los ingresos y gastos del estado dentro del sistema económico, por ejemplo, como parámetro mínimo de retribución para servidores, como unidad para el otorgamiento de pensiones y prestaciones”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.
“El constituyente permanente no quiso listar algún tópico particular de ambas materias y prefirió excluir cualquier asunto que tenga que ver con ellas”, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ministro SCJN.
“Yo creo que la consulta no puede en un momento dado establecer situaciones o parámetros que de alguna manera contradigan lo ya establecido por la constitución porque., porque esto implica de alguna forma la posibilidad de reformar la propia constitución a través de una consulta popular y en mi opinión esto no sería válido”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
El Ministro José Ramón Cossío Díaz, aseguró que este tipo de interpretaciones, estarían cerrando la puerta a cualquier posibilidad de llevar a cabo este tipo de ejercicios de democracia directa.
“Cualquier cosa que le repercuta al estado como un gasto o como un ingreso es una prohibición para efectos de llevar a cabo las consultas, me parece que vamos acabar cerrando toda posibilidad de consulta”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.
Al considerar la mayoría inconstitucional el tema de la consulta para fijar un nuevo salario mínimo, la decisión será notificada a la mesa directiva de la Cámara de Diputados para los efectos legales conducentes.
José Luis Guerra García