Protección de derechos humanos en sede jurisdiccional

México y en especial su Suprema Corte, han sido reconocidos por aceptar como vinculantes los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Lo que obliga a todos los jueces del país, aplicar aquellos criterios interamericanos que mejor protejan los derechos humanos.

“Hoy la contradicción de tesis que se dio a conocer hace poco por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, la contradicción 293 nos dice que ahora es vinculante la jurisprudencia de la Corte Interamericana, ese simple hecho está cambiando el sistema de fuentes y está cambiando el sistema de fuentes de una manera ampliada en favor de los derechos”, Eduardo Ferrer Mc Gregor Poisot, Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Durante el Foro: Protección de derechos humanos en sede jurisdiccional, se advirtió que falta mucho por avanzar, con el fin de garantizar una protección y ejercicio efectivo de estos derechos.

Para lo cual es indispensable establecer un mecanismo ágil que permita expulsar las normas contrarias a estos derechos.

“Sería imperativo garantizar que el sistema producido por el legislador, tras tener una retroalimentación constante por parte de juezas y jueces sobre aquellas normas que pudieran ser lesivas de los derechos humanos, garanticen la expulsión efectiva del marco jurídico de aquellas normas contrarias a la interpretación más favorable a los derechos humanos, tal y como lo mandata el artículo segundo de la Convención Americana”, José de Jesús Orozco Henríquez, Comisionado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Incluso se pronunciaron por ampliar el control de convencionalidad a la misma Constitución.

“Creo que derivado de la contradicción de tesis, esto abre un desafío mayúsculo, en razón de que en la propia constitución mexicana, existen normas que han sido señaladas por los propios organismos internacionales como incompatibles con el derecho internacional y la duda que surge es como se va ejercer un control de convencionalidad, sobre dichas normas”, Alan García Campos, Oficina en México de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Puntualizó  que para que México sea una nación de derechos, es indispensable que el legislador expulse de la constitución aquello, que viola derechos humanos.

José Luis Guerra García

Actualidad, retos y prospectiva de la Reforma constitucional en materia de derechos humanos

La reforma constitucional de derechos humanos del verano de 2011, enfrenta retos en su implementación, principalmente para los operadores jurídicos, advirtió el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Humberto Antonio Sierra Porto.

Entre ellos, la aplicación de las normas internacionales en estándares internos, problemática que, dijo,  no es propia de México sino de todos los países de la región.

“Cómo utilizamos la fuente del derecho internacional para resolver problemas concretos por parte de nuestros operadores jurídicos, este es un problema que se está dando en México aquí están ustedes teniendo un debate y en todos los países del mundo y en los demás países de nuestro entorno, también se está realizando, cómo hacemos para que un juez concreto utilice el derecho internacional de una manera correcta, coherente”.

Durante el Foro “Actualidad, retos y prospectiva de la reforma constitucional en materia de derechos humanos 2011-2014”, el presidente de la Corte Interamericana dijo que el control de convencionalidad es entendido como el instrumento que permite que se comunique el derecho interno con el derecho internacional.

Para defensores de derechos humanos, la reforma de 2011 se quedó corta, pues corre el riesgo de que el tema de derechos sea utilizado con fines políticos por los gobiernos.

“Necesitamos armonizar nuestras leyes y que todo el aparato de estado actúe desde una perspectiva de derechos humanos, necesitamos que el estado muestre su inteligencia política para la construcción de leyes, códigos, reglamentos como instrumentos asequibles de facilidad para la ciudadanía”, Arturo de Jesús Peimbert Calvo, Defensor de Derechos humanos del Pueblo de Oaxaca.

La implementación de la reforma, debe garantizar que se fortalezca la figura del ombudsman o defensor de los derechos de las personas.

“Esta parte de la reforma en materia de derechos humanos, haya sido la menos afortunada, se establece que cuando un servidor público no acepte o no cumpla una recomendación puede ser citado a la Cámara de Senadores o a la comisión permanente”, Luis de la Barreda Solórzano, Programa de Derechos Humanos de la UNAM.

Se destacó que además del reconocimiento en la protección de los derechos humanos, éstos deben hacerse visibles en programas públicos, sentencias y resoluciones.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Diplomado Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación

Se deben acabar los mitos que impiden el cumplimiento de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Así lo dijo, Stephanie Brewer, investigadora y defensora de derechos humanos.

“Las sentencias de la Corte son muy importantes, son muy relevantes, no son imposibles de implementar”.

En el Diplomado Derechos Humanos en el Poder Judicial de la Federación, destacó que uno de los mitos más frecuentes es que los criterios de la Corte son ajenos al Estado mexicano.

“Son herramientas muy útiles para nosotros, que nos ayudan a implementar obligaciones que ya tiene el Estado mexicano desde la Constitución… La Suprema Corte de Justicia de la Nación al reconocer que las sentencias de la Corte Interamericana son vinculantes para todos los jueces, para el Estado mexicano, no hace más que reconocer obligaciones ya vigentes”.

Urgió a implementar las sentencias de la Corte Interamericana para lograr la plena protección de derechos en México.

“Para empezar a revertir prácticas sistemáticas que actualmente están socavando el Estado de derecho, que están generando impunidad”.

Otro mito, destacó, es que se tengan que conocer todos los criterios emitidos por el máximo órgano regional en materia de derechos humanos.

Recordó que la Corte mexicana y la Corte Interamericana han desarrollado los pasos a seguir para ejercer el control de convencionalidad.

Elogió el trabajo de la Suprema Corte de Justicia para impulsar el buscador jurídico avanzado en materia de derechos humanos.

Mario López Peña

La CoIDH celebrará su 48 Periodo Extraordinario de Sesiones en la Ciudad de México

A invitación de la Suprema Corte de Justicia  de la Nación, la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebrará del 7 al 11 de octubre, en la Ciudad de México, su 48 Periodo Extraordinario de Sesiones.

El propósito es acercar a la sociedad de América el debate de sus resoluciones, así como presenciar sus juicios orales y apoyar en la construcción de una mejor cultura de los derechos humanos.

“Esta Suprema Corte de Justicia, mantiene con el Alto Tribunal Interamericano una relación de apoyo y de cooperación en aras de una mejor implementación de la justicia y la protección irrestricta y cabal de los derechos humanos”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

Esta es la segunda ocasión que la Corte Interamericana sesiona en México.

La primera se celebró en el 2008 en el Palacio de Minería.

Esta vez,  las sesiones del organismo internacional  serán transmitidas en vivo por el Canal Judicial.

Los temas que tratarán en sus sesiones son dos:

Un caso contencioso de la república dominicana sobre migrantes haitianos, relacionados con discriminación y expulsión.

Y una solicitud de opinión relacionad con la migración infantil.

“Para que la corte se pronuncie sobre los estándares jurídicos que deben regir a nivel interamericano en materia de derechos de la niñez migrante, que es un tema que como ustedes supondrán, tiene enorme repercusión en los pueblos de América, particularmente América Latina”, Diego García Sayán, Presidente Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Sus trabajos concluirán con  un Seminario Internacional sobre el tema de niños migrantes en la cual participarán jueces de la Corte Interamericana, integrantes de la Suprema Corte, académicos y especialistas.

Durante su estancia en el país, la Corte Interamericana fortalecerá la relación de comunicación y diálogo que se tiene en materia jurisprudencial con la Suprema Corte.

Los jueces de la Corte Interamericana, también, firmaran convenios de intercambio académico con  diferentes universidades públicas y privadas del país.

Una de las prioridades para sesionar en Mexico, según Pablo Saavedra, secretario de la Corte Interamericana, es porque México, porque vive un momento trascendental, por las recientes reformas constitucionales en materia de amparo y derechos humanos, así como de las resoluciones de la Suprema Corte en el tema de control de convencionalidad.

Lorena Sánchez Cabrera

Seminario Violaciones Derechos Humanos

Los ciudadanos que exijan su derecho de acceso a la información deben acudir  a la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos aseguró Mario Cruz Martínez, Especialista de la Universidad Iberoamericana.

“Es muy necesario y es recomendable y saludable atender a este tipo de instrumentos, sobre todo a la jurisprudencia internacional”.

En seminario en la UNAM, refirió el caso de Claude Reyes vs Chile de 2006, en que el gobierno chileno no brindó información sobre un predio.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que las restricciones al derecho a buscar, recibir, y divulgar información deben estar expresamente establecidas en la ley.

“La publicidad es una obligación que tiene el Estado, pero no puede ser circunscrita por el secreto administrativo”, Mario Cruz Martínez, Catedrático Universidad Iberoamericana.

Destacó que la adecuada interpretación del artículo trece de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece el derecho a la información, es clave para comprender otros derechos fundamentales.

Para hacer efectivo el derecho de acceso a la información, dijo, deben establecerse políticas públicas, en particular educativas, que favorezcan que los ciudadanos conozcan sus derechos.

Mario López Peña

Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos

Comisiones de derechos humanos de todo el país pidieron al congreso aprobar cuanto antes la ley secundaria de la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos.

Ello para hacer efectiva la reparación del daño causado por violaciones a los derechos humanos y adoptar en el país una nueva cultura de protección y defensa en todos los ámbitos.

“Con la modificación se coloca a los derechos humanos en el eje central de todo el marco jurídico y político del Estado Mexicano, obligando a éste a crear las condiciones necesarias para garantizar la seguridad, la libertad y dignidad de la persona humana”, Raúl Plascencia Villanueva, Pdte. CNDH.

En el seminario sobre la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos, el investigador, Sergio García Ramírez, reconoció como un avance trascendental, una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“La Suprema Corte se ha visto en la necesidad de examinar con sabiduría, cuidado, reflexión, la mejor manera de dar cumplimiento a las ya numerosas sentencias en relación con México emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

El presidente del Senado, Manlio Fabio Beltrones, dijo que el congreso ha cumplido y pidió al ejecutivo la publicación de las reformas para avanzar en la ley reglamentaria.

“Sobre dos reformas constitucionales que todavía no se publican, no obstante su trascendencia. Una de ellas, la reforma constitucional en materia de trata de personas, que no debe tardar más, porque también nos ayudará a darle velocidad  su ley reglamentaria”.

Recordó que las autoridades que no cumplan con las recomendaciones de la CNDH en materia de violación a los derechos humanos, tendrán que comparecer ante el congreso.

La CNDH llamó a los Poderes de la Unión a hacer una extensa difusión de la reforma constitucional en materia de derechos humanos a fin de que la ciudadanía la adopte como suya y reiteró la necesidad de la ley secundaria para que se cumpla a cabalidad.

Martha Rodríguez

Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Poder Judicial Federal

Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Poder Judicial Federal.

Así lo determinó por unanimidad el Pleno de la Suprema Corte, al analizar los alcances de la sentencia del tribunal internacional en el caso de la desaparición del activista Rosendo Radilla.

La resolución ordena al estado mexicano ajustar sus leyes para que los militares que comenten delitos contra ciudadanos sean juzgados por tribunales civiles.

En opinión de algunos ministros la Corte Interamericana se excedió al dictar esta sentencia.

“¿Será entonces esta Corte Interamericana la autoridad suprema por encima de las instituciones nacionales la  que dicte la política pública del Estado Mexicano?”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Yo pienso que la debe cumplir pero condicionalmente a la observancia del principio mínimo de reciprocidad… México no puede aceptar desfases de tal calibre”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

No obstante, la mayoría en el Pleno consideró que el contenido de la sentencia de la coRte Interamericana es cosa juzgada.

“La sentencia ya no es para discutir ninguno de sus contenidos el Estado Mexicano ya la aceptó y ya hizo declaraciones de que se atenderá, nos toca una porción de la responsabilidad del cumplimiento”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

“A mí de verdad me resulta muy difícil que nosotros podamos ahora abrir incidentes interno como órgano nacional cuestionando la competencia de un tribunal al que voluntariamente decidimos someternos en un acto soberano que fue someternos a una Tribunal Internacional”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Es una sentencia que es cosa juzgada para el Estado Mexicano no podemos nosotros revisar esta sentencia no podemos decidir si la sentencia es correcta o es incorrecta”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Al final se determinó por unanimidad que las sentencias son obligatorias, aunque algunos ministros hicieron algunas salvedades.

“Eventualmente se sostuviera un criterio que pudiera pugnar con nuestra constitución entonces de ninguna manera podría ser obligatoria es criterio para la SCJN”, Ministro Fernando Franco González Salas.

Tras un intenso debate, por mayoría de ocho a tres el Pleno determinó que frente a las sentencias del tribunal internacional no se pueden revisar las excepciones hechas por el estado mexicano.

Además se dijo que los criterios interpretativos, contenidos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, solo son orientadores para las resoluciones del Poder Judicial Federal.

“El proyecto insiste en la reforma al artículo 1º de la constitución reciente, yo siento que eran en sí mismas obligatorias, por estos Pactos desde antes”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.

EL análisis de este asunto continuará en la sesión del próximo jueves.

Verónica González

Este martes el Pleno retomó el análisis del Caso Radilla

En el 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia sobre la desaparición del activista Rosendo Radilla.

Ordenó al estado mexicano que ajustara sus leyes para que los soldados que cometan delitos contra ciudadanos sean juzgados por tribunales civiles.

En el 2010 un ministro consultó al Pleno de la Suprema Corte qué efectos tendría esta sentencia para el Poder Judicial Federal.

Esta fue la propuesta del Ministro José Ramón Cossío Díaz.

“Este Pleno de la Suprema Corte puede considerar posible, adecuado y obligatorio dar cumplimiento a las medidas de reparación fijadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Radilla”.

Por mayoría de ocho a tres el Pleno desechó esta propuesta y returnó el asunto a la Ministra Margarita Luna Ramos.

Este martes el Pleno retomó el análisis de este caso.

La nueva propuesta, basada en los argumentos de la mayoría señala que:

La Corte está obligada incondicionalmente a reconocer la sentencia de la Corte Interamericana y a incorporar dentro de sus criterios las consideraciones de fondo para casos futuros.

La primera objeción la expresó el Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Estimo que la consulta a trámite se excede muchísimo del propósito de definir cuál es el trámite a seguir en el presente asunto”.

Si en un momento dado hago un proyecto escueto en el que digo: El cumplimiento se reduce a la realización por parte de esta Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura de los cursos a los que se refiere. Ahorita me estarían diciendo: Y por qué no estudiaste esto, y por qué no estudiaste lo otro. Entonces ¿de qué se trata?”, Ministra Margarita Luna Ramos.

El Ministro Presidente Juan Silva Meza acotó así el tema que estaría a debate.

Es una narrativa meramente enunciativa de la temática que se abordará… A partir del Considerando Quinto, ya efectivamente estamos en el análisis propiamente, diríamos de fondo, donde se hace el análisis de salvedades en principio para el efecto de aludir a las reservar, etcétera, así nos iríamos”.

Cuando México suscribió la convención internacional sobre desaparición forzada de personas hizo una reserva respecto al fuero militar.

Esta salvedad, a decir de algunos ministros, hace que la sentencia del Caso Radilla no resulte obligatoria.

Esta opinión generó el debate.

Esto va en contra de la soberanía del concepto de reciprocidad y desde luego es criticable, no hace caso de las reservas”, Ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Precisamente en ejercicio de esa soberanía es como decidió someter determinado tipo de asuntos de su vida interna a un órgano internacional… A mí parecer existe un pronunciamiento, expreso ―insisto― de la Suprema Corte por esa unanimidad de votos, en el sentido de que la reserva puede ser removida”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

Asumir la tesis propuesta sería darle al artículo 1° una interpretación exógena, dependiente de tribunales externos, en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se vuelve un órgano receptor de criterios que le son obligatorios”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

No tenemos porqué comprometer para los actos subsecuentes cuando todavía uno de los Poderes del Estado como es el Poder Legislativo no ha cumplido todavía con la parte que le corresponde, si todavía no tenemos la noticia cierta de cuál va a ser la reforma que se presente en materia del artículo 57 del Código de Justicia Militar”, Ministra Margarita Luna Ramos.

Esta determinación de la corte interamericana por sí y ante sí de invalidar esta reserva, por lo menos es discutible la facultad que tenga esta corte para poderlo determinar así”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede revisar si es válida o no la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por inobservar —entre otras cosas— una reserva. ¿Por qué? Pues simplemente ¿podría provocarse o no una guerra entre Cortes? ¿Se puede vaciar de jurisdicción a la propia Corte interamericana de Derechos Humanos?”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

Este es el primero de seis temas en los que está divido el proyecto de la Ministra Luna Ramos.

También estarán a debate las obligaciones que se derivan de esta sentencia para el Poder Judicial Federal y las posibles restricciones del fuero militar.

A través de este asunto los Ministros se pronunciaran sobre los derechos protegidos en Tratados Internacionales, con base en la reciente reforma constitucional, el análisis de este asunto continuará en la sesión de este martes.

 Verónica González

 

Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos

Se presentó el libro Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional, obra colectiva en la que se analiza la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre diversos temas.

Entre ellos, los relacionados con la tortura, la imprescriptibilidad del delito de desaparición forzada y  la improcedencia de la amnistía en casos de violaciones graves de derechos humanos.

“Y les puedo decir que esa posición es una de las posiciones más constantes de todos los tribunales latinoamericanos, incluso de la Suprema Corte de Justicia de México, no hay tribunal que no haya dicho que la desaparición forzada es un crimen permanente o un delito permanente y por lo tanto se puede aplicar el tipo penal de desaparición forzada una vez que ha entrado en vigor, siempre y cuando no se conozca el paradero de la víctima”, Ximena Medellín Urquiaga, Investigadora CIDE.

Libro en el que también se crítica, lo que se califica como activismo judicial de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

“Esta obligación de investigar, procesar y sancionar violaciones a derechos humanos, no se encuentra en el texto de la convención; se desarrolla precisamente de los primeros artículos, principalmente el uno y el dos de la convención en el cual se dice, palabras más, palabras menos que se tomarán todas las medidas pertinentes para prevenir violaciones de derechos humanos y desde luego hacer efectiva la convención en el ámbito nacional y la corte en algún momento decidió que la mejor manera de hacer esto era sancionando”, Javier Dondé Matute, Profesor INACIPE.

La obra busca fortalecer el estado de derecho,  servir de guía en el proceso de transformación, que se está llevando a cabo en México del sistema penal, y reforzar los mecanismos de protección de los derechos humanos.

“Si no contribuir de una forma constructiva a brindar parámetros para que al final de cuentas van a concluir en una protección mucho más efectiva de los derechos humanos para todas las personas que están sometidas al ámbito, que están protegidas perdón, por el sistema interamericano”, Patricia Uribe Granado, Representante Agrupación Konrad Adenauer, México.

En sus más de 500 páginas, también se abordan temas como el de la obligatoriedad de acatar por parte de los tribunales nacionales, las sentencias de la Corte Interamericana y el de las extradiciones, entre otros.  

José Luis Guerra García

 

Reacciones improcedencia amparo

José Roldán, uno de los intelectuales que solicitaron el amparo contra la reforma electoral de 2007, consideró importante el que la Suprema Corte haya discutido el caso.

“Es relevante que la Corte haya discutido este tema, por supuesto que los ministros de la Corte y el Pleno lo hayan hecho me parece que es un gran avance… Con esta decisión de sobreseimiento considerando que es improcedente, se negó la posibilidad de entrar al fondo del asunto y por tanto se negó el medio para poder dirimir un conflicto de derechos”.

El académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México, se refirió a las posibilidades de ser considerados por órganos internacionales.

Es también nuestro derecho acudir a la Comisión inicialmente y luego a la Corte Interamericana… El acudir a la Corte Interamericana, más allá de la natural discrepancia, del natural debate, de la natural politización, ese es un derecho que seguimos teniendo”.

José Luis Soberanes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM explicó que se tiene que aclarar que no hubo una negación de amparo.

No se les negó el amparo fue una posición enteramente técnica de procedencia, la Corte no entró a revisar el fondo del asunto yo creo que son cuestiones muy complicadas, pero que aquí fue una cuestión meramente técnica”.

 Aseguró que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de aceptar el caso, dependerá más que de criterios jurídicos, de consideraciones políticas.

Mario López Peña