“Estuvimos en el ministerio público y ella levantó un acta, pero lo único que hice fue agarrar a mis hijos y quería irme regresarme con ellos no se pudo”, José Guadalupe de la Cruz Flores.
La custodia de los hijos es uno de los principales problemas después del divorcio.
En estos casos, casi por regla general, la ley otorga preferencia a la madre.
Sin embargo, un criterio reciente de la Primera Sala de la Corte señala que el juez debe valorar las circunstancias de los dos progenitores.
Se debe privilegiar el bienestar del niño, sin considerar que la madre resulta, per se, la persona más preparada para el cuidado de los hijos.
Los juzgadores tienen claro que quien ejerza la guarda y custodia debe garantizar las mejores condiciones para el desarrollo del menor.
“Tenemos un artículo 4º constitucional que nos indica la obligación del Estado de garantizar que los menores tengan un desarrollo integral en su familia”. Oscar Cervera, Magistrado 2ª Sala Familiar TSJDF.
Así que el padre puede obtener la custodia de sus hijos, ya que en el orden jurídico mexicano no existe la presunción de idoneidad absoluta a favor de alguno de los progenitores.
Especialistas en la materia consideran que la convivencia del niño con ambos progenitores es vital para su desarrollo.
“Los niños necesitan tanto de su papá como de su mamá para crecer sanamente. Y cuando no lo tienen se les está privando de todos los beneficios que esto conlleva y puede tener repercusiones en un futuro al establecer ellos sus propias relaciones”, Angélica Verduzco, Directora Centro de Convivencia Supervisada del TSJDF.
La resolución de la Primera Sala señala que el legislador puede optar por otorgar la preferencia a la madre.
Como sucede en el Estado de México, donde los menores de 10 años quedan al cuidado de la madre.
Sin embargo, destaca que esto no debe ser interpretado como que la mujer es la única capaz de cuidar de los hijos.
Verónica González