Dreamers exigen inmigración en debate

En Estados Unidos, cientos de jóvenes inmigrantes exigieron a los candidatos a la presidencia que aborden el tema de inmigración en el debate de mañana 16 de octubre.

Los llamados “Dreamers” pidieron al republicano Mitt Romney y al demócrata Barack Obama que ofrezcan detalles sobre sus planes de reforma migratoria permanente.

Este año, el Presidente Obama estableció un  programa que suspende las deportaciones de “Dreamers” por dos años.

Sin embargo, los jóvenes desconocen si dicho programa continuará en la nueva administración.

Hoy, más de 11 millones de indocumentados residen en Estados Unidos.

Temas que analizó este martes el Pleno del Máximo Tribunal

Por mayoría de seis a cinco el Pleno de Ministros desechó un Proyecto de Dictamen que establecía como jurisprudencia que el abandono de empleo se configura con la ausencia temporal del trabajador o por no presentarse más de tres días sin causa justificada.

Al analizar una Contradicción de Tesis entre tribunales colegiados, la mayoría señaló el patrón solo puede despedir al empleado cuando tenga pruebas de que no volverá al lugar de trabajo.

“Si encuadra en estos supuestos de la ley, le da el derecho al empleador a cesar al servidor público sin responsabilidad, y lo mismo sucede cuando hay repetidas faltas injustificadas”, Ministro Fernando Franco González Salas.

La ley permite al patrón despedir al trabajador que se ausente temporalmente  de sus labores, cuando se pongan en peligro la vida de otras personas o el funcionamiento de maquinaria especializada.

“Creo que la única manera de darle objetividad a este elemento es en razón de la afectación potencial o real que se diere a los conjuntos de los bienes que están protegidos en la parte final de la propia fracción I”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.

Este asunto se returnará a un ministro de la mayoría para que presente un nuevo dictamen.

En la sesión de este martes el Pleno también analizó los criterios que sostienen la 1ª y 2ª Salas de la Corte sobre el pago de derechos por la supervisión de programas de concurso en televisión.

La ley establece el pago de 750 pesos por hora o fracción en horario de nueve a 18 horas de lunes a viernes y mil 50 pesos en otros días y en otras horas.

La Ministra Margarita Luna Ramos propuso al Pleno establecer como jurisprudencia el criterio de la Primera Sala en el sentido de que esta norma es inconstitucional.

“A diferencia de los tributos, aquí lo que importa es la naturaleza del servicio prestado, y lo que en un momento dado implica el costo de este servicio para que se cobre el derecho correspondiente”.

La mayoría en el Pleno objetó este argumento y así se dio el debate.

“Este servicio de supervisión no es un bien que se consuma por tiempo medido como pudiera ser el consumo de energía eléctrica o el teléfono. Es indispensable la determinación de una unidad o de un cobro fijo”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Pues sí, estaría yo de acuerdo con eso, lo que no estaría yo de acuerdo es ¿por qué tiene que ser la unidad una hora?, por qué no un minuto, o diez minutos, o lo que fuere, pues es que ahí no existe una cuestión más que subjetiva de establecer una unidad –digamos un poco arbitraria”, Ministro Luis María Aguilar Morales.

“Esas actividades le generan costos al Estado, tanto directos como indirectos… Como por ejemplo los sueldos y salarios, la papelería, la capacitación de los supervisores”, Ministro Sergio Valls Hernández.

Por mayoría de siete a cuatro el Pleno desechó el Proyecto de Dictamen y el asunto será returnado a un ministro de la mayoría para elaborar una nueva propuesta.

El Pleno también desechó la propuesta que hizo la Ministra Olga Sánchez Cordero para resolver una Contradicción de Tesis entre las Salas de la Corte.

“La obligación de presentar declaraciones fiscales debe regirse por la garantía constitucional de equidad en razón de que si bien constituye parte del procedimiento liquidatario, se vincula con la obligación constitucional de contribuir a los gastos públicos”, Ministra Olga Sánchez Cordero.

La mayoría en el Pleno consideró que esta garantía no es aplicable cuando se trata de una obligación del contribuyente.

“Yo creo que el 31, fracción IV, se refiere a los elementos esenciales de las contribuciones y no a cuestiones formales como es el caso de la declaración”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Igual que en los casos anteriores el asunto se returnará a un ministro de la mayoría para elaborar un nuevo dictamen.

Verónica González

 

La Suprema Corte de Justicia a debate

El amparo que concedió la Corte a una maestra acusada de ser cómplice en la violación de un menor, en el estado de Oaxaca estuvo a debate en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

Ante un auditorio integrado por académicos, estudiantes y abogados, la Ministra Olga Sánchez Cordero recordó cuál fue la propuesta de su Proyecto de Dictamen.

“A mi juicio, del análisis de todo el material probatorio que existía en esta causa penal para mi si se acreditó tanto el delito de violación equiparada como la plena responsabilidad de la maestra en su carácter de cómplice”.

Sin embargo, por mayoría de ocho votos contra tres en la sesión del 17 de mayo de 2011 el Pleno otorgó el amparo de la justicia a la maestra, porque no se valoraron correctamente las pruebas que ella ofreció.

En el debate organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM esta fue la opinión de Monica González Contró especialista en derechos de los niños.

“Había habido me parece que un avance importante esto me parece que fue un retroceso, pero no significa perder la esperanza porque necesitamos que cuando se trate de garantizar derechos de menores cambiar nuestra forma de mirar a las niñas y los niños”.

La Ministra Sánchez Cordero recordó que la Primera Sala de la Corte ha emitido diversos criterios, como la prueba del ADN en juicios de reconocimiento de paternidad para proteger los derechos de los menores.

“Hemos decidió en la 1ª Sala que si no se hace la prueba, se le debe tener como padre del menor, a menos que demuestre lo contrario… y ¿cómo va a demostrar lo contrario? Pues haciéndose la prueba de ADN”.

La Suprema Corte de Justicia a debate ha reunido a destacados juristas para analizar las resoluciones más importantes del Máximo Tribunal.

Verónica González

 

SCJN a debate

Dentro de la serie de conferencias “La Suprema Corte de Justicia a debate”, juristas y académicos analizaron la sentencia de 2008 sobre el área natural protegida de Tulum.

El jurista Juan Pedro Machado explicó que el problema comenzó cuando el Gobierno Federal expropió en 1981 los terrenos donde se encuentra la Zona Arqueológica de Tulum.

 “El gobierno federal no es del todo cuidadoso puntual en mantener el área e incluso más allá de eso permite que se expidan títulos de propiedad por parte del gobierno estatal, a nombre de particulares dentro del área natural protegida”.

Para evitar el crecimiento desordenado de la zona, el municipio expidió un plan de desarrollo urbano, que fue impugnado por el gobierno federal a través de una Controversia Constitucional.

El coordinador de la Secretaría Técnica de la Presidencia de la Suprema Corte, Etienne Luquet, explicó que la Suprema Corte se concretó a determinar si el municipio se excedió o no en sus atribuciones al decretar un plan de desarrollo urbano dentro de una zona federal.

 “La Corte fue muy contundente en ese sentido, es un voto de once cero, una cosa que ustedes saben es complicada tener, en el sentido de que la federación tenía toda la razón y el municipio no se podía meter”.

Al final, los especialistas hablaron de los efectos de esta sentencia.

 “Yo creo que el fallo de la Corte en este sentido es ese, es decir, independientemente de la calidad de propietario que llegues a tener lo que importa es quien te regula, es decir el hecho de que tú tengas propiedad privada no significa que en automático vas a tener a los tres órdenes de gobierno encima de ti”.

Esta sesión del ciclo de conferencia “La Suprema Corte a debate” estuvo coordinada por los investigadores Hugo Concha Cantú y Saúl López Noriega.

Juan Carlos González