Reglamento de la Ley general de salud 

Se dio a conocer la adición del capítulo IX Bis al Reglamento de la Ley general de salud para garantizar la atención de emergencias médicas, odontológicas, quirúrgicas y hospitalarias a las víctimas de un delito, sean o no derechohabientes de la institución de salud a la que sean canalizados.