Este martes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política.
El artículo primero transitorio establece que esta nueva ley entrará en vigor un día después de su publicación, es decir, este miércoles.
Se trata de una reforma integral al juicio de amparo, derivada de la reforma constitucional del 6 de junio de 2011, que tiene como objetivo modernizar y adecuar el principal medio de defensa de los mexicanos.
Con esta ley secundaria el juicio de amparo no sólo será más ágil y oportuno, sino que ampliará el ámbito de protección y tutela para los gobernados.
Con la Ley de Amparo, también se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Reglamentaria de las fracciones primera y segunda del artículo 105 de la Constitución.
Así como a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica del Congreso General y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
El juicio de amparo seguirá siendo el principal instrumento de defensa de derechos que tienen las personas para protegerse de los actos de las autoridades.
La Ley de Amparo quedo dividida en cinco títulos: Reglas generales… De los procedimientos de amparo… Cumplimiento y ejecución… Jurisprudencia y declaración general de inconstitucionalidad… y el último sobre Medidas disciplinarias y de apremio, responsabilidades, sanciones y delitos.
Entre las principales modificaciones al juicio de amparo, que a partir de este miércoles entrarán en vigor, están:
Se incorpora la procedencia del juicio de amparo por violaciones a un interés legítimo, aun cuando no haya afectación personal y directa.
Las sentencias de amparo podrán tener efectos generales, con excepción en materia tributaria.
También establece la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita declaratorias generales de inconstitucionalidad.
Además, se crean los plenos de circuito para que los criterios y precedentes judiciales sean homogéneos, lo que permitirá desahogar la carga de trabajo de la Suprema Corte de Justicia.
Se restringe la posibilidad de que los juicios se alarguen indebidamente y se crea el juicio en línea y el expediente electrónico.
Juan Carlos González