Ruta legal de la elección presidencial

Este jueves se resolvió el último de los 378 juicios de inconformidad en los que se impugnaban los cómputos distritales y se pedía la nulidad de la elección presidencial.

Este último recurso fue promovido por la Coalición Movimiento Progresista.

Fue entregado el 12 de julio ante la Oficialía de Partes del IFE.

La Coalición actora pedía anular dicha elección por la violación de principios constitucionales.

En concreto, los establecidos en el artículo 41 para garantizar que elecciones deben sean libres y auténticas.

Además, se pedía cancelar el registro como candidato presidencial de Enrique Peña Nieto.

Dicho recurso fue remitido por el IFE al Tribunal el 17 de julio, junto con las pruebas aportadas por la Coalición Movimiento Progresista y el acta circunstanciada.

El recurso, fue turnado de inmediato a la Comisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación encargada de calificar la elección presidencial.

Comisión que fue creada el 25 de junio y la integraron los magistrados: Salvador Olimpo Nava Gomar, Constancio Carrasco Daza y Flavio Galván Rivera.

El juicio se hizo público en los estrados electrónicos del Tribunal el 18 de julio.

A la Comisión le llevó 42 días concluir el proyecto de resolución y 43 para declarar el cierre de instrucción, dejándolo listo para que el Pleno dictará sentencia.

Misma que se aprobó un día antes de que venciera el plazo, previsto por la ley para desahogar todos los recursos de inconformidad en los que se impugnaban los resultados de la elección presidencial.

Previo a ello, la Comisión resolvió 377 juicios, de los cuales 27 se desecharon y uno se sobreseyó.

La Sala Superior resolvió el 24 de agosto, 349 juicios en los que la Coalición Movimiento Progresista pedía un nuevo escrutinio y cómputo en 293 distritos electorales.

Antes la Sala Superior había resuelto diversos recursos incidentales y  ordenado un nuevo recuento de votos en mil 125 casillas, de 135 distritos.

Recuento que se realizó el 8 de agosto.

Al resolver los juicios en los que se impugnaron los cómputos distritales, el Tribunal confirmó los resultados en 68 distritos y los modificó en 225, como consecuencia de la recomposición  y la anulación de la votación en 524 casillas.

Previo a resolver el juicio en el que se pedía la nulidad del proceso, la Sala Superior se reunió con la Coalición actora y con los representantes del PRI y Partido Verde, como terceros interesados.

Aceptó diversas pruebas supervenientes relacionadas con los casos Soriana, Monex y el uso de fondos públicos del Estado de México, así como diversos artículos utilitarios, con los que aparentemente se compraron votos.

Los magistrados rechazaron la posibilidad de que Andrés Manuel López Obrador compareciera como tercero interesado y determinó, no incorporar al expediente la firma de más de 280 mil ciudadanos que apoyaban la demanda de nulidad, por no estar previsto en la ley.

Una vez resuelto este recurso, el Tribunal realizará el cómputo final de la elección de Presidente de la República.

Declarará la validez de la elección y de presidente electo, a favor del candidato que obtuvo el mayor número de votos, como se establece en el artículo 186 de la Ley orgánica del Poder Judicial de la Federación en su fracción tercera.

Dicha determinación se debe realizar en una sesión en la que estén presentes por lo menos 6 de los 7 magistrados, según se establece en el artículo 187 de la misma Ley orgánica.

Esta etapa se deberá cubrir a más tardar el 6 de septiembre.

La declaración de validez de presidente electo, se notificará de inmediato a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, para que expida el bando solemne que precisa la fracción primera del artículo 74 de la Constitución Federal.

Esto con el propósito de que todo el país sepa la declaración de presidente electo que hizo el Tribunal Electoral.

José Luis Guerra García

 

 

Tribunal Electoral desecha petición de Coalición Movimiento Progresista

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que es improcedente incorporar al expediente del juicio de inconformidad en el que se pide la nulidad de la elección presidencial, a los 283 mil 451 ciudadanos que mediante su firma apoyan dicha pretensión.

Los Magistrados argumentaron, que la ley no contempla que los ciudadanos puedan intervenir como actores, terceros interesados o coadyuvantes, en este tipo de juicios.

Además, de que su petición se presentó de manera extemporánea.

“Los signantes de estos documentos no pueden comparecer como coadyuvantes al no tener la calidad jurídica de candidatos al cargo de presidente de la república. Al no poder comparecer como actores, terceros interesados o coadyuvantes se propone en el proyecto declarar infundada la pretensión de la coalición movimiento progresista, no tener por presentados por supuesto estas 283 mil 451 firmas.” Magistrado Flavio Galván Rivera, Sala Superior TEPJF.

“De tal suerte de que, los ciudadanos no se sientan comprometidos a venir en conjunto, porque el proceso jurisdiccional tiene una gran ventaja, a diferencia del proceso político, basta una persona, una persona acreditada para pedir la invalidez de una ley, la invalidez de una elección, pero acreditada en los términos de la ley.” Magistrado Manuel González Oropeza, Sala Superior TEPJF.

“Solamente tienen legitimación para promoverlo los partidos políticos y en su caso las coaliciones, no todos los ciudadanos y los candidatos cuando se trate de cuestiones de elegibilidad.” Magistrado Pedro Esteban Penagos López, Sala Superior TEPJF.

Los magistrados indicaron al resolver este incidente, que los ciudadanos, no aportan elementos diferentes a los de la coalición actora, en los que funda su petición de nulidad de la elección y cancelación del registro como candidato de Enrique Peña Nieto.

“Convienen con la pretensión de la coalición; no nos están aportando, desde esa perspectiva, argumentos diferenciados que la Sala debe tomar en cuenta a la hora de resolver el juicio de inconformidad.” Magistrado Constancio Carrasco Daza, Sala Superior TEPJF.

“El hecho de que vengan más o menos personas, no altera la acción pretendida por quienes vienen a juicio, se valorará igualmente todo lo argumentado desde las perspectivas que la ley y la Constitución y la vocación democrática de este Tribunal exige.” Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, Sala Superior TEPJF.

“Es infundada la pretensión de la coalición Movimiento Progresista hecha mediante escritos de 22 y 28 de este mes.” Magistrado Presidente José Alejandro Luna Ramos, Sala Superior TEPJF.

Luego de que el Pleno resolvió este incidente, se puntualizó que en todo momento se ha respetado el principio de equidad procesal.

La comisión ha analizado más de 33 mil fojas de informes y procedimientos administrativos relacionados con la demanda y revisado con exhaustividad todos los planteamientos de la coalición que pide anular la elección.

Misma que por cierto, aporto nuevas evidencias de la aparente triangulación de cerca de 300 millones de pesos a través de diversas empresas para financiar la campaña de Peña Nieto.

José Luis Guerra García

El TEPJF resuelve recursos incidentales

 El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 52 incidentes, para definir la validez o nulidad de 356 votos, que fueron reservados por los representantes de los partidos políticos, en el pasado recuento en sede jurisdiccional de mil 125 casillas de la elección presidencial.

Con lo que avanza en el proceso de resolver, los 372 juicios de inconformidad en los que se impugnan los cómputos distritales y se pide invalidar el resultado de dicha elección.

“Al resolverlos damos un paso firme en el camino que lleva a la resolución final de los juicios de inconformidad, relacionados con los cómputos distritales de la elección de presidente de la república”, José Alejandro Luna Ramos, Magdo, Presidente Sala Superior TEPJF.

Votos que fueron asignados a las casillas correspondientes en las actas de escrutinio, que serán tomadas en cuenta por la sala superior al momento de resolver el fondo de los juicios de inconformidad.

Los magistrados argumentaron que en estas resoluciones incidentales, se buscó proteger la voluntad ciudadana.

“Esto es, si el ciudadano manifiesta su voluntad marcando la boleta de manera diferente a lo ordinario, pero de esta se advierte la intención del elector de votar por una opción política en particular debe tenerse por válido el sufragio”, Pedro Esteban Penagos López, Magdo, Sala Superior TEPJF.

“Lo que yo personalmente percibo es que la boleta no solamente es el documento en el cual el ciudadano manifiesta su voto, si no que se está convirtiendo la boleta, en un medio de expresión, de opinión del propio ciudadano”, Manuel González Oropeza, Magdo, Sala Superior TEPJF.

 “Es por supuesto, totalmente humano tener errores, los errores que hemos encontrado, al llevar a cabo este nuevo escrutinio y cómputo en mil 125 casillas, son errores que no llevan una tendencia definida”, Flavio Galván Rivera, Magdo, Sala Superior TEPJF.

 “El criterio de esta sala fue preservar en los máximos casos la validez del voto del ciudadano”, María del Carmen Alanis Figueroa, Magda, Sala Superior TEPJF.

Indicaron que con esto se busca dar certeza al proceso electoral.

“Al brindar a la ciudadanía total confianza en que sus votos han sido correctamente contados lo cual actualiza la misión y alta encomienda de este tribunal electoral de proteger la decisión que ha tomado la ciudadanía”, José Alejandro Luna Ramos, Magdo, Sala Superior TEPJF.

Los 356 votos, cuyo destino definió la Sala Superior correspondían a 151 casillas ubicadas en 22 estados.

En otros asuntos, la Sala Superior revocó las sentencias  en las que la Sala Regional Distrito Federal, modificó las fechas en las que el PRI en la capital, había decidido renovar su consejo político y elegir a su dirigente y secretario general.  

José Luis Guerra García

TEPJF realiza recuento

Sin contratiempos se realizaron las diligencias judiciales de nuevo recuento parcial de votos de la elección presidencial,  ordenadas por el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en diversas sentencias incidentales.

El recuento se realizó en mil 125 casillas de 134 distritos electorales de 28 entidades del país.

Ante los representantes de partido, se levantó el acta circunstanciada del nuevo recuento.

En la que se asentó la apertura del paquete, el número de boletas inutilizadas, los votos para cada uno de los candidatos, presidenciales, los votos para los candidatos sin registro y los votos nulos.

En la Sala Superior los trabajos de nuevo recuento de 208 casillas de 10 distritos electorales de la capital, fueron supervisados por los 7 magistrados electorales.

Los magistrados de las 5 Salas Regionales, encabezaron las diligencias en 15 distritos de los estados de México, Jalisco, Michoacán, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora y Tamaulipas, en los que se recontaron 439 casillas.

Las diligencias de nuevo escrutinio y cómputo de 478 casillas de 109 distritos en 27 estados, fueron supervisadas por magistrados de tribunales colegiados de circuito y jueces de distrito.

El desahogo de estas diligencias, son indispensables para que el Pleno del Tribunal Electoral, pueda resolver los más de 350 juicios de inconformidad en los que se impugnan los cómputos distritales de la elección presidencial.

Cabe recordar que el tribunal resolvió 287 incidentes relacionados con solicitudes de recuento de votos promovidos por la coalición movimiento progresista.

En ellos, pedía abrir los paquetes electorales de más de 70 mil casillas. El Pleno consideró procedente la petición parcialmente en 134 casos, que corresponden a las mil 125 casillas revisadas. 

José Luis Guerra García

Comisión del TEPJF lista para atender los juicios de inconformidad

La Comisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que realizará el dictamen sobre el cómputo final y la calificación de la elección, está lista para atender los juicios de inconformidad y tener el proyecto a tiempo, afirmaron los magistrados que la integran.

“Estamos preparados para lo que venga, anímicamente nuestro personal, nosotros mismos, estamos dispuestos a hacer frente a lo que venga”, Flavio Galván Rivera, Magdo. TEPJF.

Por el trabajo que representa la calificación de la elección presidencial son tres los ponentes de este proyecto; los Magistrados Flavio Galván, Salvador Nava y Constancio Carrasco.

“Y hacerlo con toda transparencia para que la gente sepa que sólo habrá un proyecto, que el proyecto que se elabore por la comisión será el que se va a discutir por los siete integrantes”, Salvador Olimpo Nava Gomar, Magdo. TEPJF.

“No sabemos qué tanto se vaya a impugnar, no sabemos cuántos juicios, qué tipo de demandas, qué argumentos, cuántas pruebas, hace seis años fueron poco más de tres toneladas y media de pruebas documentales y de otro tipo”, Flavio Galván Rivera, Magdo. TEPJF.

Explicaron que a partir de esta semana se podrán recibir los expedientes de los juicios promovidos.

Los juicios de inconformidad tendrán que estar resueltos para el 31 de agosto próximo.

Se deben resolver primero para declarar la validez o nulidad de votación en casillas, en su caso, recomponer cómputos distritales, hacer el cómputo nacional y luego la revisión jurídica del proceso.

“La declaración de validez, en su caso de la elección presidencial que es la que nos ocupa, la Sala Superior la hace con independencia o no de que se hayan planteado juicios de inconformidad sobre ese propio proceso”, Constancio Carrasco Daza, Magdo. TEPJF.

Explicaron que tienen hasta el seis de septiembre para presentar un proyecto y decidir si la elección presidencial se apegó o no a los principios constitucionales y legales.

Mario López Peña

Ruta legal de la elección presidencial

Una vez concluidos los cómputos distritales de la elección presidencial, los partidos políticos y los candidatos podrán impugnar sus resultados.

1.- En contra de los resultados consignados en las actas.

2.- Por nulidad de votación recibida en una o varias casillas.

3.- Por error aritmético.

4.- Para solicitar la nulidad de toda la elección, recurso que en este caso tendrá que ser presentado por el representante del partido o coalición.

Los juicios deberán presentarse dentro de los 4 días, contados a partir del  día siguiente de que concluya la práctica de los cómputos.

La impugnación para anular toda la elección, deberá presentarse, entre los cuatro días después del 8 de julio, día en que el Secretario Ejecutivo del IFE, presenta el informe sobre la sumatoria de los cómputos distritales de la elección presidencial.

Es decir, entre el 9 y el 12 de julio.

Según la Ley de medios de impugnación, las causales de nulidad son:

1.- Cuando se acrediten irregularidades en el 25 por ciento de las casillas instaladas y si es que no se corrigieron en el recuento de votos.

2.- Cuando no se hayan instalado el 25 por ciento de las casillas y en consecuencia la votación no hubiere sido recibida.

3.- Cuando el candidato ganador resulte inelegible.

Los juicios de inconformidad en los que se impugna la elección presidencial deberán resolverse a más tardar el 31 de agosto.

Una vez resueltas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tiene de plazo hasta el 6 de septiembre para realizar el cómputo final, formular la declaración de validez de la elección y la de presidente electo.

Resolución que se comunica a la cámara de diputados, para que expida y publique el bando solemne.

José Luis Guerra García.

Sucesión presidencial 2012

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La elección presidencial de 2012 solo será legítima, si los participantes en la contienda respetan el marco legal, afirmaron participantes en una mesa redonda sobre el tema.

Sin embargo, advirtieron que el proceso de sucesión inició con el pie izquierdo, pues quienes aspiran al máximo cargo de gobierno han ignorado las normas legales en la materia.

“Lo que sí es que, pues todos los candidatos, los conocemos perfectamente y en todos los partidos, están en campaña desde hace muchísimos meses y algunos, años y que pasa, pues na, no se sanciona a nadie, si violan la ley porque no se sanciona a nadie, pues porque todos son cómplices”, Fernando Ojesto Martínez Porcayo, Catedrático Facultad de Ferecho UNAM.

Lo que anticipa que en la próxima contienda los actores políticos, respetarán la ley a conveniencia y en consecuencia, el número de quejas y litigios será sumamente elevado.

“Lo que veremos es entonces que la sobre regulación del litigio te va a dar mucho litigio, observancia selectiva de la ley, disposiciones que no se aplican y que generan controversia, los actos anticipados de precampaña son en mí opinión una realidad desde hace 18 meses, de tal forma que ese espíritu de esa legalidad se ha venido vulnerando y como dijo Arturo no se ha sancionado porque los propios participantes no se han quejado”, Luis Carlos Ugalde, Ex Consejero Presidente IFE.

Elección cuyo tope de gastos de campaña será de 337 millones de pesos, casi la mitad de lo que se autorizó en 2006, pero que se invita a rebasar, al no prever la ley una sanción ejemplar a quien viole esta disposición.

Porque sí, ay hombre si me pescan, primero que me pesquen y si me pescan pues ya pagará el partido la sanción, el este, el año que entra sí pero la silla nadie me la toca si, bueno mientras la ley esté así hay una serie de incentivos muy fuertes a violentar la norma”, Arturo Sánchez, Catedrático Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.

Elección que en caso de ser muy cerrada, podría resolverse en las redes sociales, plataformas que hasta ahora han sido poco utilizadas por quienes aspiran a la presidencia de la república.

Las redes sociales van a tener una gran relevancia para determinar al ganador, en ese sentido un político que no sepa twitear tendrá una gran desventaja frente a sus rivales, y varios de ellos no saben twitear, porque ni siquiera tienen buena ortografía en primer lugar y porque no tienen ideas para llenar un espacio en blanco de 140 caracteres”, Miguel Carbonell, IIJ-UNAM.

La de 2012 será una elección que se jugará con nuevas reglas.

José Luis Guerra García

Lineamientos voto extranjero

El IFE publicó en el Diario Oficial, los lineamientos para integrar la lista nominal de electores residentes en el extranjero, que deseen votar en la Elección Presidencial de 2012. Los interesados en participar, deberán inscribirse en la lista nominal de extranjeros, a partir  del próximo primero de octubre y hasta el 15 de enero de 2012. El trámite lo podrán realizar a través de la página de internet del IFE, para lo cual, deberán contar con su credencial de elector.