Llevan a cabo mesa de reflexión sobre Ignacio Luis Vallarta y José María Iglesias

El Ministro Fernando Franco González Salas, destacó que es fundamental difundir la labor de los personajes que contribuyeron a cimentar la justicia constitucional en México.

De esta forma, dijo, se fortalece la cultura jurídica en México.

Lo que debe estar presente siempre entre nosotros los mexicanos, aquellos seres que han ayudado a lo largo del tiempo a construir lo que somos, a pesar de las dificultades que vivieron, a pesar de las circunstancias que tuvieron que enfrentar”.

El Ministro moderó una mesa de reflexión sobre el trabajo de dos de los personajes más importantes para el derecho y la justicia en México: Ignacio Luis Vallarta y José María Iglesias.

La Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos trató el debate entre los dos juristas sobre la incompetencia de origen, acerca de la legitimación y la competencia de las autoridades en el país.

Presentó primero la postura de Iglesias, luego la de Vallarta.

“Determina de manera tajante que la incompetencia de origen trae como consecuencia la determinación de incompetencia de la autoridad… El Poder Judicial se haga cargo del análisis de legitimidad de la autoridad porque siempre dijo que eran cuestiones de carácter político, que la Corte y el Poder Judicial Federal debía permanecer ajeno a cualquier disposición de carácter político”.

Reflexionó sobre las consecuencias de ambas posturas tras la judicialización de la materia electoral.

Don José María Iglesias logró lo que él había iniciado pero a través del juicio de amparo, Don Ignacio Luis Vallarta determinó que no era a través del juicio de amparo sino a través de otra institución”.

Está mesa se llevó a acabo a propósito del homenaje a los 182 años de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística.

Mario López Peña

@elogiodeljabon

Participa Ministro Fernando Franco González Salas en Cátedra “Ulises Schmill”.

El Ministro Fernando Franco González Salas aseguró que el futuro del sistema jurídico mexicano depende de la eficacia en la aplicación del derecho y de la capacidad de los jueces para justificar sus decisiones.

 “Si las normas no tienen eficacia y aplicabilidad, como lo ha mencionado el Doctor Navarro, difícilmente se puede hablar de un sistema jurídico que opera en función de las necesidades de la sociedad en donde se aplica”.

Señaló que ante las enormes transformaciones, dilemas y paradojas a las que se enfrenta la comunidad jurídica del país, una labor primordial de los jueces está en garantizar la eficacia del sistema jurídico.

 “La eficacia del derecho y la justificación de las decisiones juridiciales cobran mayor relevancia a la luz del régimen de protección de los derechos humanos y del surgimiento de una ciudadanía más participativa y exigente”.

El Ministro Franco participó en la Cátedra “Ulises Schmill” que instauró la Suprema Corte para reconocer la trayectoria de este ministro en retiro.

En esta ocasión el doctor Pablo Navarro, catedrático de la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, impartió la conferencia magistral: “Dinámica y eficacia del derecho”.

“La eficacia de las normas jurídicas es un tema en cierta medida descuidado en la teoría del derecho, por distintas razones que sería un tanto extenso comentar aquí pero que yo creo merece la cuidadosa atención de los teóricos del derecho”.

Explicó que las normas generales se aplican a los casos que regulan.

En algunos casos, dijo,  los jueces se equivocan de buena fe al aplicar una norma, pero que ocasiones ese fallo es para disimular la privación  arbitraria de algún bien.

“Cuando se equivoca el poder Judicial es algo que todo el mundo lamenta pero cuando lo que ocurre es una tergiversación del deber institucional es especialmente indecoroso”.

En la conferencia magistral participó el ministro en retiro Ulises Schmill.

Juan Carlos González

Realizan examen para Secretario de Estudio y Cuenta para ponencia del Ministro Fernando Franco González Salas

En el Instituto de la Judicatura Federal, se llevó a cabo el examen para ocupar dos plazas para Secretario de Estudio y Cuenta para la ponencia del Ministro, Fernando Franco González Salas.

A la cita acudieron 71 de los 76 aspirantes que se inscribieron a este concurso.

Que constará de dos etapas.

La bienvenida a los participantes a nombre del director del Instituto de la Judicatura Federal, el magistrado Julio César Vázquez Mellado, estuvo a cargo de la Secretaría Técnica de Procesos de Selección, María Antonieta Castellanos, quien les deseo suerte en el examen.

“Les doy la más cordial bienvenida a nombre del magistrado Vázquez Mellado, que por razones también de trabajo no pudo estar el día de hoy aquí, les doy la bienvenida y les deseo mucho éxito en este, en este examen”.

La primera etapa del concurso consistió en un examen de 50 preguntas, 20 relacionadas con la materia común de asuntos del conocimiento de la Suprema Corte, cuatro de cultura general y 26, sobre temas fiscales y administrativos; o sobre derecho laboral, agrario y seguridad social, según la elección del aspirante.

Para pasar a la segunda etapa deberán obtener una calificación de 85, misma en la elaboración de un proyecto de resolución de un caso práctico.

Quienes superen esta segunda etapa, tendrán una entrevista personal con el Ministro Fernando Franco González Salas, quien determinará quienes ocupan las plazas vacantes.

José Luis Guerra García

Admite SCJN consulta popular del PRI

La Suprema Corte recibió del Congreso de la Unión, la petición de consulta popular formulada por el PRI.

Misma que fue turnada al Ministro Fernando Franco González Salas, quien se encargará de elaborar el proyecto, que determine si se trata de un tema de trascendencia nacional y si el tema se apega a lo previsto por la Constitución en materia de consulta popular.

La pregunta que se pretende plantear a los ciudadanos es si están de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de los 200 diputados y los 32 senadores de plurinominales.

El Ministro Franco González Salas coordinó la mesa de análisis sobre la Constitución de Apatzingán

El Poder Judicial de la Federación está comprometido con el estudio y análisis del devenir constitucional en México.

Uno de los documentos clave de este proceso es el decreto constitucional para la libertad de la América mexicana, sancionado en Apatzingán en octubre de 1814.

En el Área de Murales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Ministro Fernando Franco González Salas coordinó una mesa de investigadores y académicos quienes plantearon perspectivas histórico jurídicas de la Constitución de Apatzingán.

“Lo entendemos como un precedente fundamental, como un parteaguas para el constitucionalismo mexicano”.

Los especialistas destacaron que este documento fue una clave de la independencia y la soberanía nacional.

“Queremos estar totalmente libres, totalmente independientes de España y es uno de los puntos fundamentales que anima a todo el movimiento latinoamericano y desde luego a la insurgencia mexicana”, José Barragán, Investigador Universidad de Guadalajara.

“La soberanía que corresponde al pueblo y que los enunciados que se contemplan en los artículos de este texto además se traducen en hacer la ley”, Enrique Uribe, Dir. Facultad Derecho UAEM.

 

Texto básico para la construcción del Poder Judicial, como el principal responsable de la protección de los derechos.

Contiene la numeración de derechos que deben ser protegidos y los instrumentos a través de los cuales deben ser protegidos, un poder judicial que va a tener las facultades, un Poder Judicial que para juzgar determinadas cuestiones, un conflicto entre jurisdicciones, tenía que actuar en pleno”, Andrés Lira, Profesor Emérito COLMEX.

La Constitución de Apatzingán contempló un sistema electoral bien estructurado.

Innovó en el juicio de residencia que era un sistema de responsabilidades que establecía que cualquier funcionario al servicio de la causa insurgente fuera sometido a juicio al final de su cargo.

“Tenemos que llegar a la conclusión de aquellos que no lo reconocían de reevaluar la importancia de esta Constitución para México”, José Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

“Cómo va a estar articulada la posibilidad de que la nación se manifieste en esa organización política para exigir y hacer posible la vigencia de la propia Constitución”, Andrés Lira, Profesor Emérito COLMEX.

Esta mesa de análisis se realizó en el marco de los actos conmemorativos que organiza el Poder Judicial de la Federación por el Centenario de la Constitución de 1917.

Mario López Peña

Hoy en la sesión del Pleno

GOC_0019Por mayoría de siete a dos, el Pleno de la Corte declaró la constitucionalidad del párrafo tercero del Artículo 40 de la Ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicos.

Disposición que solo permite hacer públicas las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos, si se existe autorización del funcionario implicado.

“El cual establece las reglas para la publicitación de la información relativa a la situación patrimonial de los servidores públicos”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

La mayoría de ministros consideró que la norma no viola el derecho de acceso a la información, al fijar las condiciones para conocer la declaración patrimonial de los funcionarios. (Amparo en revisión 599/2012).

“La Constitución prevé la transparencia en cuanto a las remuneraciones y tabuladores de los servidores públicos, ello reitero de modo general y por su puesto o en función, lo cual de suyo es una cuestión diversa a publicitar la información de carácter personal de un servidor público identificado o identificable”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

 “Que el contenido de este artículo, lejos de suponer lo que el quejoso estima contiene, en realidad es el permiso que se da a la autoridad para divulgar información que tiene un carácter de reservado o confidencial”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

 “Yo llego a la interpretación conforme por razones muy diversas a las del proyecto y por ello me apartaré de sus argumentos”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

Quienes votaron en contra, afirmaron que la norma impugnada sí violaba la Constitución, al atentar contra el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad.

“El derecho de acceso a la información, es una herramienta crítica para el control ciudadano del funcionamiento del estado y la gestión pública, en especial, para el control de la corrupción”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

 “De manera exageradamente breve, habré de decir que también estoy en contra del proyecto”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

Argumentos que no convencieron a la mayoría para cambiar de postura, por lo que se confirmó la constitucionalidad de la norma impugnada. (Contradicción de tesis 426/2013).

El Pleno dejó en lista una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, en la que se habrá de definir la interpretación que debe darse a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 64 de la Ley de amparo.

Disposición que obliga a dar vista al quejoso, cuando el órgano competente advierta de oficio una causal de improcedencia.

José Luis Guerra García

Inaugura Ministro González Salas Segundo encuentro derechos humanos, jurisprudencia y presupuesto de la ética

Corresponde a los juzgadores fijar los alcances y garantizar el ejercicio de los derechos humanos protegidos por la constitución y tratados internacionales.

Manifestó el Ministro Fernando Franco González Salas, al inaugurar a nombre del Ministro Presidente de la Suprema Corte, Juan Silva Mesa, el Segundo encuentro derechos humanos, jurisprudencia y presupuesto de la ética.

“La reforma constitucional en materia de derechos humanos, nos impuso una enorme tarea interpretar las normas para dar contenido y sentido a esos derechos reconocidos tanto en el orden jurídico nacional como en el internacional, de la manera más favorable a la persona”.

Tarea que deben realizar con prudencia y con estricto respeto a los principios de la ética judicial.

“En el cumplimiento de estas obligaciones jurídicas, que están destinadas a la protección de la dignidad de las personas en todos los ámbitos de su vida en sociedad, no hay duda que la esencia íntima de la conducta y determinación de los operadores jurídicos, en particular de los jueces basadas por supuesto en el orden jurídico, también, también de estar  sustentadas en los valores de la ética”.

Se mencionó que dicha reforma ha propiciado que el juzgador deje de lado el formalismo en el dictado de sus resoluciones.

“Antes de ello privaba mucho lo que era un gran formalismo en la realización de las sentencias, casi era aquella fórmula del silogismo de primera premisa es la ley, segunda premisa es el caso concreto y hacemos aplicación de las 2 premisas y llegamos a la conclusión”, Mariano Azuela Guitrón, Ministro en retiro, Director Instituto de Investigaciones Jurisprudenciales y de Promoción y Difusión de la Ética Judicial, SCJN.

Hoy se afirmó, se requiere una mayor interpretación para proteger los derechos de los ciudadanos, tarea que debe realizarse con estricto respeto a los principios éticos.

“Son las motivaciones de las sentencias, las que deben realmente respaldar la conclusión a la que se llega”.

Explicaron que con este tipo de cursos, se busca que el juzgador actúe con rectitud, con el fin de generar confianza en la sociedad.

José Luis Guerra García

Comienza Quinta Reunión Ordinaria del Sistema Nacional de Archivos Judiciales en la SCJN

En la Suprema Corte de Justicia de la Nación comenzó la Quinta Reunión Ordinaria del Sistema Nacional de Archivos Judiciales.

La inauguración estuvo a cargo del Ministro Fernando Franco González Salas, con la representación del Ministro Presidente, Juan Silva Meza.

 “Estoy convencido que acuden a este encuentro con el firme propósito de avanzar en la consolidación de sus archivos, en tanto espacios en que se resguarda la documentación que da cuenta de cómo hemos ejercido formalmente el mandato que tenemos los órganos jurisdiccionales, consistente en administrar justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, conservando así la historia de nuestras instituciones”.

Aseguró que los archivos judiciales son fuente primaria por excelencia para la investigación científica del derecho y para la evaluación pública de la función jurisdiccional.

 “En la Suprema Corte de Justicia de la Nación estamos conscientes de la importante función que cumplen y requerimos que cumplan los archivos judiciales, por lo que hemos impulsado acciones que promuevan su reconocimiento e impulsen su consolidación”.

Informó que como miembro del Consejo Internacional de Archivos, la Suprema Corte de Justicia  ha planteado oficialmente la creación de una sección especial para archivos judiciales en ese organismo.

En la ceremonia de inauguración se destacó el compromiso que tienen los tribunales para encontrar principios rectores sobre el manejo de datos y la conservación de archivos jurisdiccionales.

 “No debemos olvidar que la labor que desempeñamos en los archivos judiciales está directamente vinculada con la posibilidad real de que las personas ejerzan adecuadamente su derechos humano de acceso a la información pública”, Armando Maitret, Secretario Ejecutivo AMIJ.

El secretario general del Consejo Internacional de Archivos, David Leitch, aseguró que una administración efectiva de archivos es característica esencial de cualquier sociedad democrática.

 “No podemos tener un Estado que crea en la rendición de cuentas si es que no cuenta con una administración eficiente e indicada de archivos, particularmente cuando hablamos de archivos judiciales”.

A la ceremonia de inauguración asistieron la Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos y el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Juan Carlos González

 

La SCJN recibirá un segundo reconocimiento por parte del Programa Memoria del mundo de la UNESCO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación recibirá un segundo reconocimiento por parte del Programa Memoria del mundo de la UNESCO, por los expedientes sobre la administración de justicia en la época del Porfiriato y en la Revolución Mexicana.

El anunció lo hizo el Ministro Fernando Franco González Salas, al inaugurar, a nombre del Ministro Presidente Juan Silva Meza, la Quinta Reunión Ordinaria del Sistema Nacional de Archivos Judiciales.

 “El segundo con la propuesta de certificación denominada la administración de la justicia federal durante el Porfiriato y la postrevolución, correspondiente a una muestra de expedientes del periodo 1898-1928, cuya constancia será entregada el próximo lunes 23 de junio en curso”.

Recordó que recientemente el Programa Memoria del mundo reconoció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a nivel regional por la participación del Poder Judicial de la Federación en el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, derivada del Caso Rosendo Radilla.

El Ministro Franco González Salas reconoció la importancia de los archivos judiciales en general.

“Los archivos judicial son testimonio de nuestra identidad institucional, son memoria de México y del mundo”.

El Programa Memoria del mundo es una iniciativa internacional coordinada por la UNESCO desde 1992, con el fin de procurar la preservación y el acceso del patrimonio histórico documentan de mayor relevancia para los pueblos del mundo.

Juan Carlos González

El Pleno inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad presentada por la CDHDF

GOC_0018 SESION DEL PLENO SCJN 10022014El Pleno de la Suprema Corte inició el estudio de una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

En la que pide declarar la invalidez de los artículos 25 párrafo segundo, 26 y 34 de la Ley de extinción de dominio de la capital.

El proyecto del Ministro Fernando Franco, considera el recurso procedente pero infundado, y en consecuencia, constitucionales las normas impugnadas.

Sin embargo, previo a iniciar el estudio de fondo, los ministros discutieron si la Asamblea Legislativa estaba facultada para legislar en esta materia.

“Sería conveniente poner a consideración de este Pleno, este primer tema, puesto que sí, la mayoría de los integrantes de este pleno se inclinaran por considerar que efectivamente no tienen competencia, pues todo lo demás tendría que ser analizado bajo esta premisa y obviamente pues resultaría inválido”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.

Hasta el momento seis de los nueve ministros presentes en la sesión, indicaron que la Asamblea Legislativa, sí es competente para legislar en esta materia, pero solo en ciertos casos.

“Tanto en la normativa en donde nos referimos a los delitos eminentemente locales como es, lo que aquí nos importa el de robo de vehículos, como en la operativa, que comprenderá los delitos que pueden ser concurrentemente perseguidos, juzgados y condenados, como lo son narcomenudeo, trata y secuestro”, José Ramón Cossío Díaz, Ministro SCJN.

Precisaron que la Asamblea solo legisló para regular el proceso de extinción de dominio, pero no modifica los tipos penales.

Sin que se trate de normativa sustantiva en materia de delitos, ni de delincuencia organizada, ni de ningún otro tipo, porque no se prevé tipo penal alguno”, Luis María Aguilar Morales, Ministro SCJN.

 “Solamente lo que tiene que ver con delitos y con sanciones propiamente dichos de  materia penal es competencia exclusiva de la federación y el resto de las entidades federativas, consecuentemente me parece que todas las entidades federativas pueden regular la figura de extinción de dominio”, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Ministro SCJN.

 “Pero ello no significa que la Asamblea invada competencias en estas cuestiones penales, puesto que no se trata en la ley de extinción de dominio, cuestiones relativas a los tipos penales, al proceso, a las penas, si no definitivamente a los bienes que están involucrados”, Olga Sánchez Cordero, Ministra SCJN.

 “Corresponderá entonces, según cada caso, ya a la federación tratándose de delincuencia organizada relacionada con estos tipos penales y cuando no haya este componente de delincuencia organizada, a los locales”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

Solo el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, indicó que la Asamblea Legislativa, no era competente para legislar en este tema.

“La Constitución federal no establece ninguna facultad de manera expresa para que el Distrito Federal emita normatividad aplicable a la extinción de dominio, como régimen diferenciado y autónomo a la materia penal”.

El Pleno continuará analizando este asunto en su próxima sesión, en el que por cierto, faltaron de fijar su postura el Ministro Presidente Juan Silva Meza y el Ministro, Jorge Mario Pardo Rebolledo.

José Luis Guerra García