El Pleno de la Suprema Corte desechó en definitiva la Controversia Constitucional que interpuso la Cámara de Diputados para impugnar los contratos de servicios para la producción de hidrocarburos.
Por mayoría de siete votos a cuatro, los ministros consideraron infundado el recurso de reclamación que presentaron los diputados, en contra del acuerdo por el que se desechó la demanda el pasado 15 de abril.
“Los actos que impugna, por su propia naturaleza, son de la competencia exclusiva del Ejecutivo Federal, concretamente de petróleos mexicanos”, Ministro Sergio Valls Hernández.
En opinión de los diputados el ejecutivo federal invadió sus competencias al regular una materia exclusiva del Congreso de la Unión.
El Proyecto de Dictamen, elaborado por el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, proponía admitir la demanda.
“Sería necesario agotar la etapa de instrucción en la que las partes estarían en aptitud de allegar a juicio los medios probatorios que estimen pertinentes, ya sea para acreditar o desvirtuar la afectación a la esfera de competencias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión”.
Algunos ministros se sumaron a estos argumentos por tratarse del tema del petróleo.
“La materia del petróleo es uno de los temas estratégicos en la Constitución mexicana que establece una protección reforzada y una serie de limitaciones muy estrictas”, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“¿Por qué es una invasión? Porque yo ya determiné legislativamente esto y el Ejecutivo lo está haciendo nugatorio con su acto; consecuentemente, me parece que hay un principio de afectación que hay que estudiar, ya en el fondo veremos si tiene razón o no”, Ministro Fernando Franco González Salas.
Los diputados señalaron que el ministro que desechó la demanda no tenía la información suficiente, porque esta fue clasificada como confidencial.
La mayoría en el Pleno desestimó estos argumentos.
“El contrato definitivo? aquí lo tenemos. Entonces, los contratos no están reservados, los contratos están en realidad en internet y además están en la demanda”, Ministra Margarita Luna Ramos.
Los legisladores advirtieron que estos contratos son ilegales porque permiten la participación de extranjeros en la producción de hidrocarburos.
Esta fue la respuesta del Tribunal Constitucional.
“Aquí hay una prohibición constitucional para celebrar contrataciones con violación a la Ley secundaria, sí, esto es cierto, pero en qué afecta la esfera de atribuciones del órgano legislativo el desacato de su ley, el tema de legalidad no está a cargo del Congreso de la Unión”, Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
“Deberá tener alguna sanción por un procedimiento específico, pero no puede considerarse, desde mi punto de vista, de ninguna manera como un acto que invada las facultades legislativas del Congreso de la Unión”, Ministro Luis María Aguilar Morales.
“Son eso, actos administrativos producto del ejercicio de una competencia constitucional y legal que se tiene, y no en relación con la expresión de un ejercicio de alguna facultad reglamentaria del Ejecutivo”, Ministro Presidente Juan Silva Meza.
Al final, la mayoría en el Pleno consideró que la Cámara de Diputados no tiene interés jurídico, ya que no se afectan sus atribuciones.
“Creo que ninguna condición que se presente en el juicio puede transformar esta condición, insisto, de falta de afectación a sus atribuciones como las hemos entendido en las controversias”, Ministro José Ramón Cossío Díaz.
En la sesión de este martes, el Pleno inició el análisis de una demanda promovida por diputados del Congreso de Veracruz, en contra de reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo de esa entidad.
El Proyecto de Dictamen del Ministro Sergio Valls Hernández señala que las normas no violan ningún precepto constitucional.
El análisis de este asunto continuará en la sesión del próximo jueves.
Verónica González