Nociones generales de derecho administrativo

El derecho administrativo tendrá un papel clave para vigilar el cumplimiento de la administración pública al mandato de la reforma de derechos humanos de 2011.

Así lo explicó Jean Claude Tron Petit, magistrado de circuito, en la sesión inaugural del curso Nociones generales de derecho administrativo.

“Si vemos nuestra actual redacción del artículo primero constitucional, las obligaciones del estado son promover, proteger, garantizar el ejercicio y los efectos y consecuencias de los derechos humanos… Además tiene que hacer todo aquello que sea necesario para que las personas podamos encontrar mejores condiciones de desarrollo”.

Explicó los retos para los tribunales de lo contencioso administrativo en los estados de la República.

“En general la gran mayoría de estos tribunales de lo contencioso administrativo no han resultado ser tribunales muy útiles Su gran trabajo, su gran carga está en, básicamente, determinar las multas de tránsito”.

Destacó, con base en un estudio del CIDE, que los tribunales locales del Estado de México y del Distrito Federal en la materia, son los que mejor desempeñan su labor.

“Sin embrago, ni con esto llegan a ser tribunales que satisfagan de una manera absoluta y total, las inquietudes, las necesidades de la población”.

El curso Nociones generales de derecho administrativo, se imparte en el Instituto de la Judicatura Federal.

Se abordarán cuatro temas generales: nociones de derecho administrativo, cuestiones fiscales, el juicio contencioso administrativo federal y derecho agrario.

Mario López Peña

Cumplimiento de sentencias

La restitución de daños a  afectados en materia de derechos humanos y la ejecución efectiva de su debido proceso cobran especial relevancia en la nueva Ley de amparo, afirmó el magistrado Jean Claude Tron Petit.

En el Instituto de la Judicatura Federal, en el diplomado sobre el nuevo juicio de amparo, destacó la importancia en el cumplimiento de sentencias.

“Y cómo el tema del debido proceso y la construcción a nivel de diseño de leyes, a nivel de política judicial pero también a nivel de operación, de esas políticas judiciales en casos concretos que debemos los jueces de buscar la forma”.

Por ello consideró relevante la actualización periódica de los impartidores de justicia, para hacer útiles las reglas procesales y obtener resultados adecuados.

“Ese me parece que es uno de los grandes temas, ¿realmente los jueces estamos en todo momento capacitados para entender cuál es la sustancia del conflicto que se nos está presentando?”.

El debido proceso es un principio legal por el cual el gobierno debe respetar todos los derechos legales que posee una persona.

Es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a  garantías tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro de su proceso.

Establece que el gobierno está subordinado a las leyes del país que protegen a las personas del estado, y cuando el gobierno daña a una persona sin seguir el curso de la ley, entonces incurre en una violación, lo que incumple el mandato de la ley.

“El Estado tiene la obligación de reparar cualquier tipo de daños o afectaciones que se hayan causado por violación a derechos fundamentales, de qué manera vamos a conseguir esa reparación plena”.

Lo anterior, añadió, cobra especial importancia con la reforma de 2011 al artículo primero constitucional.

Oscar González

El manejo de evidencia científica y daño ambiental

El medio ambiente es un bien colectivo difícil de legislar, porque no tiene dueño. Además de ser complicado establecer el monto de las multas a quienes lo contaminan.

Sin embargo, las autoridades en la materia y juzgadores se apoyan en la Ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente para establecer las sanciones económicas correspondientes a los infractores.

El Magistrado de Circuito, Jean Claude Tron Petit, dijo lo anterior al participar en el ciclo de conferencias El manejo de evidencia científica y daño ambiental, que se llevó a cabo en el Instituto de la Judicatura Federal.

El principio de contaminador pagador, que es muy interesante, sobre todo cuando realmente hay que pagar bastante, cuando hay que pagar caro y esto genera un incentivo interesante para que la gente diga mejor no contamino. Si me pescan contaminando me va a salir cara la cuente; entonces mejor lo pienso varias veces”.

Explicó que la norma que rige al medio ambiente, pertenece al derecho difuso, porque los medios colectivos como el mar o el aire no tienen dueño.

“El daño ambiental es algo bastante complejo, no es algo sencillo, no es algo que sea fácil de conceptuar y tenemos que estar muy pendientes de las circunstancias, comprender, conocer y entender la situación fáctica en la que nos encontramos”.

La jueza norteamericana, Meredith Wright, del Instituto de Derecho Ambiental, comentó que cuando los juzgadores no pueden solucionar algunos casos, se permite la medición entre las partes.

Con las conferencias Medidas correctivas para responder al daño ambiental y manejo judicial de asuntos ambientales concluyó el ciclo Manejo de evidencia científica y daño ambiental.

Heriberto Ochoa

Los derechos humanos y los derechos colectivos deben formar un mismo modelo jurídico…

Los derechos humanos y los derechos colectivos deben formar un mismo modelo jurídico, en el que los juzgadores federales tienen que vigilar que se cumpla, aseguró el magistrado Jean Claude Tron Petit.

“Vienen a determinar un cambio trascendente y que no los podemos ver separados y nos los podemos ver aislados, sino al contrario debemos de verlos de manera interdependiente, de manera indivisible, conectados, funcionando y viendo la manera de impulsar recíprocamente al otro y viceversa”.

El Magistrado del 4º. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal destacó que los ciudadanos tenemos derechos fundamentales o derechos humanos, que el Estado no debe de afectar en ningún momento.

“Tenemos derecho a prestaciones, derecho a seguridad pública, derecho a la salud, derecho a la educación, derecho a un medio ambiente saludable”.

Las autoridades no solamente deben permitir que las libertades y las autonomías propias de los particulares se desarrollen, sino que también deben ser un factor de apoyo y de estímulo para el desarrollo de las clases más vulnerables, manifestó Tron Petit.

“Recientemente le tocó a una Juez de Distrito resolver un caso muy interesante de un señor que vivía en unas casas de cartón afuera del Metro Copilco, y bueno ella le concedió el amparo para el efecto de que las autoridades del Gobierno del Distrito Federal le dieran un albergue y le diera apoyo y le dieran asistencia en todos los aspectos”.

El Magistrado de Circuito dictó una conferencia en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, en el marco del Seminario “La Reforma Constitucional en materia de derechos humanos y su impacto en la actividad jurisdiccional”.

Miguel Nila 

 

Reforma Constitucional en Materia de Amparo

Juzgadores, legisladores y académicos destacaron los beneficios para la ciudadanía de las reformas constitucionales en materia de amparo.

“Lo más importante de lo que se ha llamado la atención es la reforma funcional a la que estamos llamados todos nosotros, una vez que tengamos todas estas nuevas directrices, estos nuevos objetivos, estos nuevos valores a alcanzar tenemos que empeñarnos en que esto funcione de la manera más adecuada”, Jean Claude Tron Petit, Magistrado de Circuito.

Dentro del foro “Reforma Constitucional en Materia de Amparo”, se refirieron a la contemplación de la protección de los derechos incluidos en los tratados internacionales suscritos por el estado mexicano.

“Los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos nos muestran que nos sirven para complementar esos derechos que ya están establecidos en la constitución”, Cleominio Zoreda, Senador.

Explicaron algunos retos para el funcionamiento de las figuras del amparo adhesivo  y el interés legítimo.

“Tanto en el interés legitimo como en el amparo adhesivo tendremos dificultades de definición y de reglamentación en el tercero perjudicado”, Ricardo Monreal, Senador.

Hicieron propuestas para el mejor funcionamiento de la reforma.

“También debemos de cambiarle la constitucionalidad el control no solamente federal, para mí, después de todas las reflexiones, todos los jueces son jueces constitucionales ya sean federales o sean locales”, Edgar Corzo, Investigador IIJ UNAM.

Aseguraron que estarán a la espera del análisis de la Ley de Amparo en el Senado para que se puedan materializar los beneficios de la reforma.

Mario López Peña