Comienzan Jornadas de actualización jurisprudencial en Mérida, Yucatán

Comenzaron en Mérida, Yucatán, las Jornadas de actualización jurisprudencial, que desde 2007 realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación en varios estados del país.

El objetivo, dar a conocer los criterios derivados de las resoluciones del Pleno y de las Salas del Tribunal Constitucional de México.

La inauguración estuvo a cargo del Consejero de la Judicatura Federal, Manuel Ernesto Saloma Vera, quien destacó las nuevas responsabilidades de los juzgadores.

“Creo yo que estas reformas implican necesariamente una mayor responsabilidad, al mismo tiempo que una facilidad para que el juzgador pueda cumplir con su cometido de hacer realmente prevalecer los derechos humanos y la Constitución y le permite menearse y poder tomar decisiones que antes quizás no le fuera posible realizar”.

La magistrada Elvira Concepción Pasos, coordinadora general del Décimo Cuarto Circuito, con sede en Mérida, destacó la importancia de que los jueces y la sociedad en general estén actualizados en las diversas materias del derecho.

“Los juzgadores del país estamos convencidos de que sólo una sociedad que conozca sus derechos es capaz de exigir la observancia de sus leyes”.

Después de la inauguración, el Consejero Saloma vera impartió una Conferencia Magistral sobre los medios de control constitucional.

Ahí destacó las nuevas herramientas que tienen los jueces para impartir justicia en el siglo XXI.

“El reto para los juzgadores es encontrar el justo medio el equilibrio adecuado para poder determinar su actuación y tutelar la supremacía constitucional,  privilegiando los derechos humanos y sobre todo dar plena certeza a lo que es la garantía del debido proceso”.

Destacó también los protocolos de actuación que ha emitido la Suprema Corte de Justicia para auxiliar a los juzgadores en temas sensibles.

Durante dos días, juzgadores federales analizaran, aquí en Mérida, Yucatán, temas relevantes como la aplicación del protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes.

También se analizarán resoluciones de la Suprema Corte en torno al derecho que tienen las mujeres a una vida libre de violencia y el derecho a ser juzgado con perspectiva de género.

Juan Carlos González

 

Inauguración de las Jornadas de Actualización Jurisprudencial

La Décima Época jurisprudencial de la Suprema Corte ha modificado el quehacer de los jueces, ahora su función es de mayor contenido de derechos humanos, advirtió el consejero Ernesto Saloma Vera.

Durante la inauguración de las Jornadas de Actualización Jurisprudencial, en San Luis Potosí, dijo que la preparación de los servidores públicos contribuye a la transformación del Poder Judicial.

“En México, el control convencionalidad exoficio surge a partir del Caso Radilla que es ampliamente conocido por todos ustedes, en una interpretación de los artículos primero y 133 constitucionales en los que se constituye que los jueces de toda la República pueden inaplicar una disposición contraria a derechos humanos siempre que las disposiciones contenidas en los tratados internacionales no contravengan la Constitución general”.

Al dictar la Conferencia Magistral “Medios de control constitucional”, el consejero Saloma Vera dijo que ninguna ley puede ir contra la Constitución.

Y los juzgadores deben buscar en sus resoluciones la supremacía de la Carta Magna.

Entre los medios de control constitucional se encuentran el derecho procesal, control difuso, el debido proceso, juicio de garantías por excelencia, entre otros.

Los medios de protección no jurisdiccional son el juicio político, las recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos  y el juicio de amparo.

El Consejero consideró la importancia de que las resoluciones de la CNDH sean vinculantes en la protección de los derechos humanos.

“No deja de ser  más que una recomendación que finalmente podrá o no ser atendida, pero expreso un punto de vista personal, entre tanto no tenga una vinculación su eficacia será mucho muy relativa”.

El juez José Manuel Quistián destacó que la jurisprudencia de la Corte ha encontrado gran trascendencia en la interpretación que se le ha dado a los derechos humanos tanto en la Constitución como en los tratados internacionales.

Martha Rodríguez

Participa Ministro Pérez Dayán en Jornadas de Actualización Jurisprudencial

Jornadas de Actualizacion Jurisprudencial. Ministro Alberto Pérez Dayán.

Jornadas de Actualizacion Jurisprudencial. Ministro Alberto Pérez Dayán.

En el segundo día de actividades de las Jornadas de Actualización Jurisprudencial, en Guanajuato, participó el Ministro Alberto Pérez Dayán.

Ofreció una Conferencia Magistral sobre los medios de control constitucional en el sistema jurídico mexicano.

Los medios de control constitucional son todas aquellas formulas o instrumentos que buscan preservar o restablecer el orden superior, esto es son herramientas que el propio constituyente establece en el texto de la constitución que buscan reorientar, preservar o corregir cualquier circunstancia que se de en contra de ella”.

Explicó que el juicio de amparo, la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad, son los principales medios de control que están plasmados en la Carta Magna.

Aclaró que hay otras herramientas que de forma directa o indirecta ejercen también un control de constitucionalidad, como son el veto presidencial, el juicio político, la consulta popular y el control difuso de constitucionalidad.

“La posibilidad simple y llana de que el juez al momento de aplicar la norma pueda entender que su contenido es violatorio de otro derecho contenido en un tratado internacional o en la propia constitución y en ese propio ejercicio de decisión resuelva no aplicarla y encontrar una solución diferente que da la ley para decidir la causa”.

Al continuar el análisis de los criterios emitidos recientemente por la Suprema Corte, el Magistrado Rafael Rojas habló sobre la legitimación que tiene ya la víctima u ofendido para promover juicio de amparo directo, contra la sentencia definitiva que absuelve al acusado.

La posibilidad que se da a la víctima u ofendido de acudir al juicio de amparo reclamando una sentencia definitiva absolutoria, cumple con el objetivo de respeto pleno al derecho de acceso a la justicia… No se ponen en entredicho los derechos del inculpado, en tanto se busca salvaguardar el equilibrio entre las partes”.

También se analizó un criterio emitido por la Suprema Corte que señala que la pérdida de la patria potestad declarada en contra de alguien que no la ha ejercido es ilegal.

“Si nunca se ha ejercido la patria potestad y por lo mismo no hay modo de constatar objetivamente si ha fallado o es inepta la persona demandada para desempeñar, considero que a priori se le sanciona puesto que al ordenar que se le investigue si es o no capaz es en sí misma ya una sanción”, Juan Manuel Arredondo, Magistrado de Circuito PJF.

El derecho de la inviolabilidad de las comunicaciones privadas y el interés jurídico que tienen los menores de edad para promover juicio de amparo en contra de resoluciones dictadas respecto de su guardia y custodia, fueron otros criterios que se analizaron.

Después de seis exposiciones sobre las resoluciones emitidas recientemente por la Suprema Corte de Justicia y una conferencia magistral del Ministro Alberto Pérez Dayán, concluyeron aquí en Guanajuato las Jornadas de Actualización Jurisprudencial.

Una reunión que tiene como objetivo actualizar los conocimientos de los impartidores de justicia, académicos y abogados, así como promover la cultura de la legalidad entre la población en general.

Juan Carlos González