Colegiación obligatoria de abogados en México

Es deber del Estado garantizar el libre ejercicio de las profesiones.

Las asociaciones y colegios de abogados atienden a este principio con la supervisión de su ejercicio, determinan los servicios que proveen, su ética y actualización.

Ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya se han pronunciado sobre la colegiación obligatoria de abogados en México.

El Ministro Arturo Zaldívar explicó por qué es necesaria la colegiación y cómo hacerlo.

“La falta de capacitación y la falta de ética de los abogados generan una gran cantidad de problemas para la gente, es un problema también sistémico cada vez surgen más universidades o escuelas de derecho que dan los títulos prácticamente regalados… Si vamos a dar esta posibilidad de que haya ciertos colegios que son los que van a cumplir la función constitucional de permitir que alguien ejerza la profesión pues sí necesitamos ver qué colegios, cuántos colegios y con qué requisitos”.

El Ministro José Ramón Cossío destacó que los colegios de abogados son clave para la implementación de las reformas constitucionales de los últimos años en México.

“Nos podemos unir para tratar de llevar a cabo todas esas precisiones, todo ese trabajo dogmático, todo ese trabajo serio que se requiere para articular una reforma tan importante… Creo que muchos colegios desaparecerán otros no tendrán las posibilidades serias de ser constitutivos de la profesión”.

La Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos reconoció que permitiría contar con profesionales del derecho con un comportamiento ejemplar y comprometidos con el bien común.

“Es indispensable a través de ella, dar verdadera eficacia a las normas deontológicas internas que regulan la conducta de los profesionales del derecho, donde el proceder logra caminar en férreo maridaje con el profesionalismo y el cumplimiento de la ética, que brinda vigencia al principio de probidad profesional hoy olvidado por algunos y lamentablemente visto con indiferencia por otros”.

En el Senado ya existe una iniciativa de reforma constitucional en la materia y una iniciativa para crear la Ley general para el ejercicio profesional sujeto a colegiación y certificación obligatorias.

Mario López Peña

 

Ingresa Ministro Cossío al Ilustre y Nacional Colegio de Abogados

El vínculo entre el Poder Judicial y los colegios de abogados son clave para la implementación de las reformas constitucionales de los últimos años en México.

Así lo dijo el Ministro José Ramón Cossío en la Ceremonia de Ingreso al Ilustre y Nacional Colegio de Abogados.

“Es una oportunidad magnífica para mí como abogado, como integrante de un Poder Judicial de la Federación el tener la posibilidad de trabajar junto con muy distinguidos colegas en la transformación y consolidación de un orden jurídico que se está haciendo… Nos podemos unir para tratar de llevar a cabo todas esas precisiones, todo ese trabajo dogmático, todo ese trabajo serio que se requiere para articular una reforma tan importante”.

Destacó que la colegiación obligatoria en el país sentará las bases de calidad para el ejercicio de la abogacía.

Creo que muchos colegios desaparecerán otros no tendrán las posibilidades serias de ser constitutivos de la profesión”.

La senadora Arely Gómez subrayó la importancia de la colegiación profesional.

En México menos del 3 % de los profesionistas están colegiados.

Que la colegiación que hoy agrupa un pequeño sector de los abogados mañana sea el común denominador de una profesión que lamentablemente es de las más desprestigiadas dentro de la sociedad, quiero ser muy clara, la colegiación no controla ni restringe”.

Con la colegiación obligatoria, dijo, crece la garantía de ética y actualización de los abogados.

En este acto se renovó la Presidencia del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados.

Alfonso Pérez Cuellar estará al frente del Colegio de Abogados más antiguo del Continente Americano para el periodo 2014-2016.

Mario López Peña

Presentan libro “La introducción del juicio de amparo en el sistema jurídico francés”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación mantiene su compromiso con la cultura de la legalidad.

Muestra de ello es la apertura de sus espacios para la discusión, análisis y reflexión académica.

En la sede alterna de la Corte, se presentó la obra La introducción del juicio de amparo en el sistema jurídico francés.

El Ministro José Ramón Cossío destacó la importancia de este libro.

“Leer esta tesis nos permite sobre todo en este momento de transición que estamos viviendo en materia de juicio de amparo y todavía, tratando de entender todo lo que se hizo en la reforma de 2011 la Constitucional y la del año pasado en términos de la Ley… Compararnos, vernos, ver cómo pasaron los franceses o pueden pasar de un sistema contencioso administrativo a un sistema de derechos”.

Un trabajo de gran valentía, subrayó, que pone en duda los alcances de protección de derechos del sistema jurídico francés, considerado uno de los más sólidos y efectivos a nivel mundial.

De acuerdo con los comentaristas, fue un trabajo audaz que causó incomodidad en algunos sectores en ese país y que dimensiona los alcances del amparo mexicano.

“Los justiciables franceses dentro de un sistema muy perfecto de justicia carecían de una acción directa para llegar al juicio constitucional… Al final el juicio de amparo viene a ser un instrumento que rebase las fronteras de nuestro país para llegar a hacer una sociedad más humanitaria en Francia”, Marco Antonio de la Peña, Dir. Jurídico PEMEX.

La autora, Ana Ruth Herrera, explicó que es una obra útil para abordar retos en ambos sistemas jurídicos, el francés y el mexicano.

“Lo implica la justicia constitucional y otra vez cuestionarse cuáles son los requisitos o las condiciones bajo las que funcionan los jueces constitucionales, los tipos de resoluciones”.

El libro La introducción del juicio de amparo en el sistema jurídico francés, fue la tesis doctoral de la autora, realizada en Francia y traducida al castellano para ser publicada en México.

Mario López Peña

El Ministro José Ramón Cossío presentó la colección “La práctica del derecho mexicano”,

El Ministro de la Suprema Corte, José Ramón Cossío presentó la colección “La práctica del derecho mexicano”, que él mismo coordinó, con la participación de un comité editorial conformado por académicos y especialistas.

Consta de 11 libros que abordan diferentes temas jurídicos como la regulación del juicio de amparo, la libertad de expresión en las sentencias de la Suprema Corte, entre otros.

“Lo que queremos hacer no es contarnos historias ideales, no es elaborar grandes teorías, sino es tratar de reconducir la práctica jurídica mexicana, no es sólo describir su funcionamiento, sino tratar de generar algunos elementos críticos a una situación que yo creo que también muchos de nosotros consideramos crítica de la parte jurídica mexicana”.

En El Colegio Nacional, el Ministro José Ramón Cossío destacó que con los cambios jurisprudenciales que se han vivido en el país, hace falta una literatura que trate de explicar la operatividad misma del derecho.

“Creo que una colección que reflexione sobre el derecho, que tenga la capacidad de generar una ciencia jurídica, de ordenar los conceptos, jerarquizarlo, de aclarar las instituciones es algo que regresa a las buenas funciones de la dogmática jurídica, de la vieja y a veces despreciada dogmática jurídica que no sólo describe instituciones, no sólo ordena el medio jurídico sino que tiene la capacidad extraordinariamente importante de regular el ejercicio del poder y creo que este es un elemento de la mayor importancia”.

La colección es de la editorial Tirant lo Blanch, la cual pondrá a disposición del público los libros jurídicos en formato electrónico.

“Yo detecté que había en la bibliografía jurídica mexicana una gran preocupación teórica muchas veces muy alejada de la práctica y desde luego muchas veces también una muy escasa descripción de la operativa práctica de los operadores jurídicos mexicanos”, Salvador Vives, Director Editorial de Tirant lo Blanch.

Otros de los temas que aborda la colección son la facultad de averiguación, estado, mercado y derecho, el delito de delincuencia organizada, inmovilización de cuentas bancarias por autoridades fiscales.

Y en breve, se presentarán otros cuatro nuevos títulos que forman parte de la colección “La práctica del derecho mexicano”.

Martha Rodríguez

@marthaarod

Presentan libro sobre reformas constitucionales entre 1997 y 2012

México vive en una limitada cultura constitucional, aseguró José Ramón Cossío, Ministro de la Suprema Corte de Justicia.

“Ponen de manifiesto la escasa cultura constitucional prevaleciente en nuestro país especialmente en cuanto a la función normativa del propio texto constitucional”.

Esto repercute, subrayó, en la clase política de nuestro país.

“Al no asumir el carácter normativo de la Constitución, los legisladores no pueden asumir, como es evidente, el carácter normativo de las reformas constitucionales”.

En la presentación de un libro sobre las reformas constitucionales entre 1997 y 2012, periodo denominado Sin mayorías legislativas, el Ministro Cossío explicó que acordar y participar en una reforma constitucional es tácticamente conveniente.

“Si lo que se dice no se asume como parte de algo que de algún modo deba suceder, algo sobre de lo que alguna manera deban asignarse recursos, algo sobre lo que deban generarse conductas, qué importa sumarse a otros para establecer lo que se sigue llamando la norma suprema, básica, fundamental, magna o como se quiera de un orden jurídico”.

De acuerdo con la obra, se promulgaron 69 decretos de reforma a la Carta Magna, con repercusión en 163 artículos, en el periodo 1997-2012.

En las votaciones a estos 69 decretos, en el 83 % de los casos se formó una amplia coalición entre las tres principales fuerzas políticas del país.

El procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, quien fuera dentro legislador de ese periodo, señaló que los representantes en el Congreso no han sido cuidadosos en las modificaciones básicas.

Cuando el legislador se equivoca y lee mal la intención del ciudadano, la ley es un fracaso y lo peor que un fracaso de la ley, genera un fracaso en la creencia del ciudadano en la existencia de la ley”.

Destacó que este libro, muestra que es un mito el que haya parálisis legislativa cuando el partido del presidente no tiene mayoría en el Congreso.

Mario López Peña

El Ministro Cossío habló sobre la formación de los abogados en México

Es necesario revisar la formación de los abogados para consolidar la adecuada operación de los derechos humanos en México.

Así lo dijo José Ramón Cossío Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Me parece que si no reflexionamos sobre la manera en que los abogados se pueden convertir en un vehículo de desarrollo de los derechos humanos, esto puede tardar muchísimos años, o de plano, frustrarse en el propio camino”.

Entre los problemas para mejorar la labor de los abogados destacó la falta de colegiación obligatoria.

“El mejor estudiante de la mejor institución y el peor estudiante de la peor institución tienen exactamente el mismo certificado y la misma posibilidad de ejercer la profesión, claro que si yo tuviera un mercado de profesionales con cierta información yo podría discriminar y decir este sí o este no”.

En conferencia en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, señaló que hace falta un sistema de certificación de quienes tienen tiempo en la profesión.

El ejercicio profesional de los abogados, destacó, carece de mediciones y análisis.

Uno de los principales problemas para la formación de los estudiantes de derecho, destacó, es la gran cantidad de escuelas de derecho sin una certificación seria.

Estimó que hay cerca de dos mil 200 escuelas de derecho en el país, de las cuales, buena parte, no brindan educación de calidad.

Mario López Peña

Hoy en la sesión del Pleno

El Pleno de la Suprema Corte dejo pendiente la resolución del incidente de inejecución de sentencia 573/2012.

En el que el Municipio de Santa Catarina, Nuevo León, postergó el pago de una deuda a un particular por varios millones de pesos.

A pesar de que se comunicó que ya se había saldado la deuda principal por 45 millones 499 mil pesos, el proyecto del Ministro Sergio Valls, proponía destituir y consignar ante un juez de procesos penales federales a varios funcionarios de la anterior y actual administración, por el delito de contumacia.

“Se demuestra que el incumplimiento al fallo protector resulta inexcusable y que la actitud por parte de las responsables, tanto de la administración anterior municipal, como de la actual denota la reticencia a cumplir de forma oportuna con la sentencia de amparo, a pesar de estar debidamente enteradas”.

La propuesta fue apoyada por cinco ministros, quienes coincidieron que hubo una actitud de las autoridades de ese municipio por no cumplir con la sentencia reclamada.

Determina la comisión de un delito contra la administración de justicia por el desacatado de esta sentencia”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.

Que también se sancionara la dilación, no obstante que se haya cumplido, en la medida en que se demuestre que no solo esto es producto de una omisión, sino de acciones deliberadas tendientes a ello”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

“También estamos ante un incumplimiento, ante una conducta contumaz de la autoridad para cumplir con la resolución”, Luis María Aguilar, Ministro SCJN.

“Para mí la sentencia ya está cumplida, sin embargo, está plenamente acreditada la contumacia de las autoridades”, Alfredo Gutiérrez, Ministro SCJN.

“En el caso concreto, independientemente de estar cumplida, cobrados unos cheques, no está cumplida en su totalidad”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

En contra del proyecto se manifestaron cuatro ministros, quienes se pronunciaron por declarar el asunto sin materia.

Si la sentencia ya se cumplió, no tenemos porque, en mi opinión, consignar, ni destituir a ninguna de las autoridades”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.

“Está acreditado que el banco lo rechazó por un error en el nombre, dado que el nombre con el que había promovido no coincidía con el nombre del documento oficial que llevó para identificarse”, Fernando Franco, Ministro SCJN.

“Y como ya hay cumplimiento, pues me parece que el incidente de inejecución que se resuelve debiera quedar sin materia”, Jorge Mario Pardo, Ministro SCJN.

“Este criterio va implicar replantear toda la jurisprudencia y todo el sistema de cumplimiento de sentencias de amparo”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.

Al momento de la votación seis ministros se inclinaron por sancionar solo a las anteriores autoridades del Municipio de Santa Catarina, pero se registro un empate a cinco en torno a la responsabilidad de las actuales autoridades, por ese motivo, se postergó la resolución del asunto para la próxima sesión, para saber en qué sentido se pronuncia la Ministra Olga Sánchez Cordero.

José Luis Guerra García

Hoy en la sesión del Pleno de la SCJN

Por unanimidad el Pleno de la Corte resolvió un incidente en el que un policía de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, exigía el cumplimiento de la sentencia que ordenaba su reinstalación y pago de salarios caídos.

Sin embargo, consideraron improcedente reinstalarlo en el cargo, ya que las reformas al artículo 123 de la Constitución de junio de 2008 no lo permiten, y en consecuencia, decidieron devolver los autos al juez de la causa, para que ordene a la autoridad competente indemnizar al quejoso conforme a lo previsto en la Ley.

“En el caso concreto no puede reinstalarse habría que establecer me parece un cumplimiento sustituto y tendría que determinarse el monto de la indemnización y regresar el asunto al juez de distrito para que lo valore”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.

La medida se adoptó debido a que la sentencia reclamada causó estado, después de la mencionada reforma, que no permite la reinstalación de los elementos policiacos que han sido separados del cargo.

“Que en este caso concreto no operaría el régimen jurídico constitucional anterior y consecuentemente lo que se debería resolver es que a esta persona se le debe indemnizar en virtud de que se consideró que su separación fue injustificada, en los términos de la actual fracción XIII del artículo 123 en su apartado B”, Fernando Franco, Ministro SCJN.

“Si la mayoría del pleno piensa que ya había causado estado después de la reforma Constitución de 2008, pues entonces ya, que establece la prohibición a reincorporar al servicio a los miembros de estas instituciones policiales, pues entonces ya solamente quedaría la indemnización”, Olga Sánchez, Ministra SCJN.

En otro asunto, el Pleno retomó un incidente más retirado en agosto de 2013, del Ministro Pérez Dayán.

El mismo, propone sancionar al ex presidente de la Junta Especial Número 3 de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, Omar Alí Sosa López, por desacato a una sentencia de amparo, consignándolo para ello, ante un juez de procesos penales federales.

“Que su intención no era la de cumplir con la sentencia de amparo, sino evadir su debido acatamiento, lo cual, lo convierte en inexcusable, por tal motivo se propone sancionar al referido servidor público conforme a lo previsto a la fracción XVI del artículo 107 constitucional, pues la circunstancia de que a la fecha ya no ocupe el cargo de presidente de la Junta Especial Número 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, no lo libera de la responsabilidad en que incurrió”, Alberto Pérez, Ministro SCJN.

Propuesta que no avalan todos los ministros, pues argumentan que la sentencia reclamada ya fue cumplida, motivo por el cual el incidente, debe declararse sin materia.

“En el caso de que la mayoría considerará que este, que debe de sancionarse, entonces pediría atentamente a este pleno que se deje en lista el asunto para verse en el paquete de 50 asuntos que en las mismas circunstancias se bajaron declarándolos sin materia y en el que hay otras autoridades dentro de su titularidad incurrieron en incumplimiento y que en ese caso también tendría que correr la misma suerte de este asunto”, Margarita Luna, Ministra SCJN.

 “Hay temas muy destacados definitivamente con esta determinación donde habrá de bordarse y sentarse criterios definitivamente importantes, uno de ellos es precisamente los alcances de la consignación, los alcances del precepto constitucional y los alcances de esta atribución, una de las más fuertes por así calificarlas para este Alto Tribunal la separación y consignación en función del respeto de una sentencia concesoria de un amparo”, Juan Silva Meza, Ministro Presidente SCJN.

“Yo creo que los asuntos tienen distintos méritos y decir que hay 50, pues parece una acusación como si hubiéremos sido aquí inconsistentes muchos”, José Ramón Cossío, Ministro SCJN.

El Pleno, retomará la discusión de este asunto en su próxima sesión.

José Luis Guerra García

Eutanasia pasiva en el Ciclo de Conferencias, Ciencia y Cultura para Juzgadores

José Ramón Cossío, Ministro de la Suprema Corte de Justicia, destacó que hay un reconocimiento sutil de la eutanasia pasiva en la normativa nacional.

“Creo que la legislación reconoce, no de manera expresa y directa, pero sí reconoce la posibilidad de una eutanasia pasiva”.

Dentro del segundo Ciclo de Conferencias, Ciencia y Cultura para Juzgadores explicó que, de acuerdo con la Ley general de salud, las personas pueden, bajo condiciones formalizadas, solicitar la interrupción del tratamiento que reciben.

“Las personas pueden recibir el medicamento, dice la Ley, que sin privarlos directamente de la vida, sí tengan la posibilidad de acortar su vida”.

Planteó algunos problemas ante la atención integral del dolor.

Hay enfermos terminales a quienes se les tiene que proporcionar drogas muy potentes para inhibir el dolor.

Muchas de ellas son sustancias prohibidas.

“¿Qué puedo hacer y qué no puedo hacer con las drogas? ¿Puedo darle a las personas una cantidad tan poderosa o tan amplia de droga que termine por matarlo?”.

Recordó que con base en una reforma de 2011, se estableció que el tratamiento integral del dolor es un elemento del derecho de protección a la salud.

La Ley general de salud determina que este tratamiento corresponde a las entidades federativas.

Mario López Peña

Transición jurídica en México

El cambio jurídico más importante en los últimos años en México es el entendimiento de la Constitución como norma jurídica.

Así lo dijo José Ramón Cossío, ministro de la Suprema Corte de Justicia,  al referirse a la transformación constitucional en España y su influencia en México.

“No esa parte de la Constitución que estaba referida a las garantías individuales y que desde luego tenía el reconocimiento con motivo del juicio de amparo,  sino el entendimiento integral de la Constitución como norma”.

Sin embargo, señaló, esta apertura de racionalidad jurídica todavía tiene momentos de dificultad.

“Porque la clase política mexicana,  en general,  o distintos grupos sociales,  siguen sin admitir este valor normativo de la constitución, suponiendo que hay áreas, déjenme llamarlas así,  reservadas a la discusión jurídica,  porque son áreas que pueden manejar, pueden operar exclusivamente en la clase política”.

En este análisis político constitucional de la relación México España,  María del Pilar Hernández, especialista de la UNAM,  recalcó que la regresión en materia de partidos políticos y transparencia es la característica en ambos países.

“Los partidos políticos en el caso de España como de México han devenido grupos de poder cerrados y opacos convirtiéndose en repartidores de cargos y prebendas”.

Aseguró que ni en México ni en España se ha logrado un tránsito efectivo a la construcción de ciudadanía.

En especial,  dijo, por la falla de la labor de las instituciones electorales en los dos países.

Mario López Peña