Transparencia en los partidos políticos

Las democracias modernas no se agotan con el voto, tienen como elemento fundamental el acceso a la información, aseguró Ángel Trinidad Zaldívar, comisionado del IFAI.

En el Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2013, Acceso a la información y protección de datos, destacó que en un régimen autoritario hay opacidad.

“El único mecanismo a través del cual el ciudadano puede ser partícipe de la toma de decisiones, puede ser partícipe de la creación y mejoramiento de las políticas públicas es a través del conocimiento que se obtiene con el acceso a la información y con la transparencia”.

Por su parte, el magistrado del Tribunal Electoral, Flavio Galván, destacó que los partidos políticos también están obligados a la transparencia y rendición de cuentas.

“Con la expedición de la Ley de transparencia las circunstancias cambian, ya se establece el deber jurídico del Instituto para como sujeto obligado a la información proporcionar todo lo solicitado por los ciudadanos, sean o no militantes de los partidos políticos”.

Durante la mesa “Transparencia en los partidos políticos”, el magistrado habló de la importancia de construir un registro público electoral, como mecanismo de acceso de los ciudadanos a la información de partidos y candidatos.

Para el académico José Roldán, el acceso a la información de los partidos políticos, se dará con la reforma al IFAI.

“Particularmente calificados dentro del género de sujetos obligados, pero que aun cuando compartan esta característica general con otros sujetos gubernamentales, los partidos políticos tienen una posición especial que ameritaría reflexionar no solamente por su propio estatus jurídico”.

Destacó que en la medida en que existe el interés público, los organismos e instituciones deben sujetarse a los principios de transparencia y acceso a la información.

Martha Rodríguez

Reacciones improcedencia amparo

José Roldán, uno de los intelectuales que solicitaron el amparo contra la reforma electoral de 2007, consideró importante el que la Suprema Corte haya discutido el caso.

“Es relevante que la Corte haya discutido este tema, por supuesto que los ministros de la Corte y el Pleno lo hayan hecho me parece que es un gran avance… Con esta decisión de sobreseimiento considerando que es improcedente, se negó la posibilidad de entrar al fondo del asunto y por tanto se negó el medio para poder dirimir un conflicto de derechos”.

El académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México, se refirió a las posibilidades de ser considerados por órganos internacionales.

Es también nuestro derecho acudir a la Comisión inicialmente y luego a la Corte Interamericana… El acudir a la Corte Interamericana, más allá de la natural discrepancia, del natural debate, de la natural politización, ese es un derecho que seguimos teniendo”.

José Luis Soberanes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM explicó que se tiene que aclarar que no hubo una negación de amparo.

No se les negó el amparo fue una posición enteramente técnica de procedencia, la Corte no entró a revisar el fondo del asunto yo creo que son cuestiones muy complicadas, pero que aquí fue una cuestión meramente técnica”.

 Aseguró que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de aceptar el caso, dependerá más que de criterios jurídicos, de consideraciones políticas.

Mario López Peña