Ley para la protección de víctimas de trata de personas en D. F.

En el Distrito Federal se publicó la Ley para la protección de las víctimas de los delitos de trata de persona, cuya finalidad es brindar asistencia médica y psicológica, así como asesoría legal y protección a las víctimas de este delito.

Hacia una ley de partidos políticos

Una ley de partidos políticos, no resolverá los problemas de credibilidad, que hoy vive el sistema de partidos políticos en México.

Lo anterior, se afirmó durante la presentación del libro: “Hacia una ley de partidos políticos”.

Se reconoció que de nada sirve contar con leyes excepcionales, si no existen buenas prácticas y una adecuada autorregulación de los partidos, pero sobre todo de un cambio de actitud.

“Pero claro, si frente a todo eso, cuando tú pierdes una elección, dice Michael Beltrán, cuando recorres todo el camino del procedimiento, sigues diciendo me hicieron trampa, hay una cuestión que ningún candado, ni ninguna cantidad enorme de dinero, ni ninguna ley de partidos políticos te va a resolver, entonces hay que atacar esos problemas de confianza”, Daniel Zovatto, Director para América Latina del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA).

Dicha ley, indicaron, deberá ser novedosa y sobre todo, precisar que los partidos, son sujetos obligados en materia de transparencia.

“A lo mejor, lo mejor para los partidos, es que la percepción pública, se les vea como entidades transparentes, que entregan ellos directamente la información que les es requerida”, Lorenzo Córdova, Consejero IFE.

Este marco normativo, tendrá que regular el proceso de creación de nuevos partidos, los procesos de selección de dirigentes y candidatos, tomando en cuenta el principio de equidad; además de plasmar la rendición de cuentas.

“Tiene que ver con el delicado, la delicada posibilidad de llegar hacer justiciable en alguna medida, las plataformas y los programas de los partidos, es decir la oferta de los candidatos, no puede en ningún punto ser desproporcionada a la realidad, en cierta medida razonable”, Raúl Ávila Ortiz, Consultor.

Se adelantó que esta ley, deberá incluirse en la discusión de la nueva reforma electoral.

“Hoy el principal reto, el principal reto, es eliminar, eliminar el dinero en la política, que no determine los resultados, el dinero en la política, recuperar la ciudadanización de los órganos electorales y garantizar la equidad en las elecciones”, Miguel Barbosa Huerta, Senador, Presidente Instituto Belisario Domínguez.

Coincidieron que dicha reforma, es considerada una prioridad en el Congreso de la Unión.

José Luis Guerra García

Piden que se sancione conforme a la ley

La Procuraduría General de Justicia de Guerrero inició averiguaciones previas a las personas retenidas por los grupos de autodefensa en el Municipio de Ayutla de los Libres, en Costa Chica.

Reglamento de ley

Este martes entra en vigor el reglamento de la Ley de asociaciones público privadas, el cual contempla la posibilidad de terminar anticipadamente el contrato, la forma de denunciar posibles violaciones, la creación de un comité de expertos para solucionar controversias, mecanismos de conciliación y de arbitraje.

 

 

Ley anticorrupción en Italia

Italia aprobó una nueva ley anticorrupción, la cual pretende reducir las pérdidas por este ilícito, de más de 60 mil millones de euros al año…La ley prohíbe que personas condenadas ocupen cargos en el parlamento.

Jurisprudencias emitidas por la Segunda Sala

La Segunda Sala de la Corte determinó que procede el juicio de amparo contra la suspensión de visitas conyugales o familiares, la suspensión de estímulos o la restricción de tránsito a los límites de la estancia de los reos.

Siendo ésta una excepción del juicio de amparo, puede interponerse en cualquier tiempo, sin que esto constituya una causal de improcedencia.

La jurisprudencia señala que aún dentro de la condición de interno en un centro de reclusión estos actos atentan contra su libertad personal y deben ser protegidos.

Otra jurisprudencia de la Segunda Sala señala que las Juntas de Conciliación y Arbitraje tienen facultades para determinar si la jornada que desarrollan los trabajadores domésticos fue excesiva y amerita un pago adicional.

Con base en la Ley federal del trabajo, pueden dictar laudos a verdad sabida, buena fe guardada y aprecio de los hechos en conciencia.

Es decir, en estos casos no es necesario sujetarse a las reglas sobre estimación de pruebas.

En otro asunto la Sala estableció como jurisprudencia que procede la inscripción retroactiva al seguro social, aunque el trabajador ya no tenga nexos laborales con el patrón demandado.

Ya que era obligación del patrón inscribir al trabajador al régimen obligatorio mientras duró el vínculo laboral.

Si no lo hizo, deberá informar sobre las cuotas obrero patronales respectivas al IMSS por el tiempo que duró el contrato.

Verónica González

En vigor Ley anticorrupción

Este martes entra en vigor la Ley federal anticorrupción en contrataciones públicas, la cual prevé multas que van de mil a 2 millones de veces el salario mínimo y la inhabilitación de 3 meses a 10 años, a las personas físicas y morales que incurran en prácticas irregulares para obtener un permiso, concesión o contrato público.

Aniversario del Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de México

Solo con tribunales fuertes se puede lograr el respeto a la ley por parte de las autoridades.

La Ministra Olga Sánchez Cordero, precisó que son los jueces los encargados de garantizar su vigencia.

Durante el Congreso Nacional con el que se festejó el 25 Aniversario del Tribunal Contencioso Administrativo del Estado de México, indicó que su misión es proteger las libertades y derechos de los ciudadanos.

“Sin embargo, hay un elemento más que considero de suma importancia mencionar para fortalecer estos tribunales y es el acatamiento por parte de las autoridades administrativas de los fallos de estos tribunales y de todos los tribunales del país, porque con ello se salvaguarda el estado de derecho y se dota de seguridad y certeza jurídica a todos los gobernantes”.

Puntualizó que solo con tribunales independientes, se puede evitar el abuso del poder.

“Esta importante función contribuye continuamente a la construcción de un estado constitucional y democrático, en el que se procure el cumplimiento de los valores y principios fundamentales como la igualdad ante la ley, la certeza jurídica, protegiendo al individuo de l eventual arbitrariedad de la administración”.

Asimismo, pidió a los juzgadores ejercer las nuevas atribuciones que les otorga la ley.

“Hacer realidad en sus sentencias el control de convencionalidad y desde luego sin duda aplicar este nuevo paradigma de los derechos humanos en sus sentencias”.

Foro en el que los juzgadores se comprometieron garantizar una solución justa, expedita y conforme a derecho de los conflictos que se susciten entre particulares y autoridades.

“Impulsar y aplicar los medios alternos de solución de conflictos para consolidar la paz y estabilidad social”, Jorge Arturo Sánchez Vázquez, Magdo, Presidente Tribunal Contencioso Administrativo Estado de México.

Foro al que asistió el gobernador del Estado de México Eruviel Ávila y en el que se abordarán temas como el de la mediación, control de convencionalidad y retos de la justicia administrativa, entre otros.

José Luis Guerra García

La subcontratación de personal es ilegal, porque no se incluye en la Ley Federal del Trabajo

La subcontratación de personal es ilegal, porque no se incluye en la Ley Federal del Trabajo.

Esto dijeron, magistrados y expertos en materia laboral, durante la presentación del libro La subcontratación: Un fenómeno global. Estudio de legislación comparada.

“La ventaja que le significa para la clase patronal es, no voy a pagar reparto de utilidades, porque yo que recibo el trabajo no soy el patrón, no me van a formar un sindicato, no me van a firmar contrato colectivo, y no me van a hacer huelga. Entonces la disciplina laboral es plena”, Héctor Arturo Mercado López, Magistrado de Circuito.

“En nuestro país la LFT no regula de forma específica la figura de la subcontratación, lo que acarrea grandes confusiones en la práctica del derecho laboral, pues se limita a equiparar a esta figura a la regulada en ella con el nombre de intermediación”, Luz del Carmen Herrera Calderón, Directora Académica IJF.

El Magistrado Sergio Pallares y Lara dijo que al no respetarse la Ley Federal del Trabajo, es la crónica de una muerte anunciada.

“Con ese estruendo que a nivel mundial causó el artículo 123, con esa idea de plasmar a nivel constitucional los derechos de tipo social, que causó gran impacto en todo el mundo. A pesar de eso, el Legislativo ya constituido o el Estado mismo, llega a considerar que son derechos importantes pero que estorban”.

A pesar de no estar reglamentada la subcontratación, se hicieron adecuaciones a la ley del seguro social, dijo Carlos Reynoso Castillo, coautor del texto.

“Nos pareció interesante señalar el fenómeno, cómo la Seguridad Social sí ha incluido una serie de reformas que están señalando responsabilidad social en materia de subcontratación. No sé si es por la intención de proteger a los trabajadores o por la intención de cobrar  las cuotas”.

Aunque no hay cifras oficiales, se calcula que en México el 19 por ciento de los trabajadores son subcontratados y sólo el nueve por ciento es sindicalizado.

La presentación se realizó en el Instituto de la Judicatura Federal.

Heriberto Ochoa

El juez perfecto

El juez perfecto es aquel que se somete al imperio de la ley, que conoce la norma y es virtuoso, afirmó el catedrático peruano, José de la Puente Brunke.

Noción que es completamente diferente, dijo,  al que existía en la época de La Colonia en América Latina.

“El juez en el Perú virreinal, bueno y en la Nueva España También, era un personaje mucho más poderoso que hoy, su arbitrio, su criterio personal primaba sobre cualquier otro elemento adiciona, hoy en día en cambio, el juez está sujeto en primer lugar efectivamente al cumplimiento de la ley no”.

Recordó que en aquella época se entendía que gobernar era juzgar.

“El atributo fundamental del monarca era juzgar, no existía ni por asomo, pues el esquema de lo que hoy nosotros entendemos como la división de poderes y en el fondo la labor fundamental del monarca, era dar a cada quien lo suyo, administrar justicia y en se sentido mantener la paz social”.

Al ofrecer una conferencia sobre la noción de justicia en los siglos XVI y XVIII, en el Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM, indicó que este modelo llega a su fin en la época de la ilustración.

“Supone justamente el triunfo de estas ideas ilustradas que luego devendrían en liberales donde efectivamente se habla de, ya del concepto de ciudadano, ya del concepto de nación y de individuos, entonces allí, la figura del juez, es una figura según la cual el arbitrio de este juez es menos importante”.

Preciso que hoy en día la noción del juez perfecto es totalmente diferente a la que se tenía hace 300 años.

“El mejor juez en la época virreinal se entendía que era el hombre justo o sea una persona que fuera ante todo, una buena persona, más que conocedor de las leyes, es lo que algunos llamaban el modelo de iurex perfecto, o sea, el juez perfecto o sea que era ante todo un buen hombre, hoy en día lo que más interesa es que sepa muy bien las leyes”.

Puntualizó que a pesar de estos cambios, prevalecen hoy en día reclamos sociales como el retraso en la impartición de justicia y la corrupción existente en algunos tribunales.

José Luis Guerra García