Jurisprudencia internacional en materia de derecho a la información
04/11/2013 Deja un comentario
El Poder Judicial de la Federación entendió el cambio de roles en la sociedad, donde ahora ésta manda y las autoridades quedan obligadas a obedecerles.
El magistrado Luis Fernando Angulo Jacobo, Secretario General de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, señaló lo anterior al moderar el panel “Jurisprudencia internacional en materia de derecho a la información”, del Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2013, acceso a la información y protección de datos”, que organizó el Poder Judicial de la Federación.
“La ubicación de los roles: ¿Por qué estamos obligadas las autoridades a transparentar nuestras actuaciones? Porque somos servidores públicos, lo que implica que nosotros somos servidores de la sociedad y no al revés; no, somos la autoridad que ordena y tiene como súbditos a la sociedad, sino todo lo contrario, somos empleados de la sociedad”.
Recordó que tras la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el caso Radilla y la interpretación que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cambió la forma de impartir justicia de los juzgadores federales.
“Hemos ido cambiando paradigmas, entendemos nuestra función jurisdiccional desde otro ámbito, estamos con casos relevantes, muchos de ellos con connotaciones políticas, sociales, culturales, económicas, muy importantes. Como dijeran por ahí, estamos muchas veces en el ojo del huracán, con lo que estamos resolviendo”.
El Juez Fernando Silva García, titular del juzgado Octavo en Materia Administrativa del Primer Circuito, habló sobre la importancia de la resolución del caso Radilla y el acceso a la información.
“A través de este diálogo jurisprudencial, la Corte Interamericana y la Suprema Corte han establecido ya algunos principios para la eficacia y realidad de este derecho fundamental”.
Además se refirió a los compromisos que adquirió el Estado mexicano en el ámbito internacional.
“Primero, desde luego, que el derecho a la información pública, está regido por este principio de máxima divulgación; segundo, que este derecho a la información pública debe estar garantizado, sí, no por la autoridad a quien se imputa la comisión del ilícito que se pretende investigar, sino por una autoridad autónoma e independiente, y me parece que las reformas apuntan en ese sentido”.
Agustín Millán Gómez, académico y ex comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y Héctor Fix Fierro, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM también participaron en el panel.
Heriberto Ochoa