Hoy en la sesión del Pleno
23/09/2013 Deja un comentario
El Pleno de la Suprema Corte declaró procedente pero infundado, el juicio sobre el cumplimiento del convenio de coordinación fiscal, promovido por el Gobierno del Distrito Federal en contra de la Secretaría de Hacienda.
Recurso con el que pretendía se le devolvieran 25 millones de pesos, que se le descontaron de sus participaciones federales del desaparecido impuesto sobre tenencia y uso de vehículos automotores.
Argumentaba que hacienda no fundó ni motivo esta resolución, pero el Ministro ponente, Luis María Aguilar consideró que ello no era necesario, pues en el convenio, que fue establecido de común acuerdo se explicaban las razones de la reducción.
“Dado que el acto no combatió la mencionada resolución, lo que se propone es que subsiste el descuento impugnado y tampoco se hizo a manera de ampliación de la demanda”.
“Consecuentemente las partes se someten a esas determinaciones con forme al convenio que suscriben entre las dos, en este caso los dos ordenes, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como parte del Gobierno Federal y competente en el caso y el Gobierno del Distrito Federal que se suma a un esquema de coordinación voluntario”, Fernando Franco, Ministro SCJN.
El proyecto fue aprobado por unanimidad.
Una vez concluido este tema, el Pleno dio entrada a un recurso de queja, derivado del incidente de suspensión de la controversia constitucional 49/2012.
Asunto en el que se propone que si bien el Congreso de Jalisco violó la suspensión ordenada por el Ministro ponente, la decisión les fue notificada después, de que ya había designado y tomado la protesta a dos consejeros ciudadanos del Consejo de la Judicatura estatal, motivo por el cual, no se impone ninguna sanción.
En este asunto se ordenaba no tomar la protesta a los consejeros, hasta que el Pleno no determinará si había omisión del Congreso de Jalisco, para precisar en la legislación la manera de designar a los integrantes de la Judicatura local.
“En el proyecto se considera que no es posible determinar responsabilidad en contra de alguno de los integrantes del Congreso local, toda vez que era imposible exigirle que se abstuvieran de tomarles protesta a los dos consejeros ciudadanos ya que este acuerdo legislativo se tomó, no solo antes de que el auto de suspensión fuera notificado, sino incluso antes de que se proveyera sobre la suspensión”, Olga Sánchez, Ministra SCJN.
El Pleno continuará con el análisis de este tema en su próxima sesión.
José Luis Guerra García