Elecciones Michoacán

Con el 100 por ciento del programa de resultados preliminares en Michoacán,  da como ganador de las elecciones de gobernador al priísta Fausto Vallejo quien obtuvo el 35.39 por ciento de los votos, seguido de la panista Luisa María Calderón con 32.67, el perredista, Silvano Aureoles con 28.88 por ciento y 3  por ciento de votos nulos. Asimismo, revela que el 54.21 por ciento de los electores acudieron a las urnas.

TEPJF revoca acuerdo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó el acuerdo del Comité de Radio y Televisión del IFE, en el que fijó los criterios para asignar y distribuir los tiempos en medios electrónicos en los estados que tendrán comicios concurrentes con los federales de 2012.

En él se precisaba que en estos casos de los 18 minutos asignados a las precampañas, los partidos destinarán 11 al proceso federal y 7 al local; y en las campañas, de los 41 minutos disponibles 26 se ocuparán en el proceso federal y 15 en el local.

Además establecía que del tiempo disponible para la difusión de las campañas federales, 30 por ciento se distribuiría de manera equitativa entre los 7 partidos políticos con registro y el resto, conforme a la votación obtenida en la elección federal de 2009.

El acuerdo fue revocado, ya que fue aprobado por una instancia que no tenía competencia.

“Se ordena a dicho comité que una vez que haya sido notificada la presente sentencia, inmediatamente remita al Consejo General del aludido instituto el expediente correspondiente, para que este de inmediato se pronuncie con respecto a lo ordenado en esta ejecutoria”, José Alejandro Luna Ramos, Magdo, Presidente Sala Superior TEPJF.

En esta sesión, la Sala Superior confirmó la decisión de la autoridad electoral de Michoacán, que aprobó el registro como candidata a gobernadora de Luisa María Calderón por los partidos Nueva Alianza y Acción Nacional; impugnada por el PRD.  

“Se confirma la sentencia impugnada dictada por el Tribunal Electoral del estado de Michoacán”.

En esta sesión el Tribunal Electoral resolvió 19 medios de impugnación, entre los que destacan la confirmación de las multas que impuso el IFE al PANAL por más de 2 millones 250 mil pesos por diversas irregularidades detectadas en su informe de gastos de 2010 y revocó la multa de 170 mil pesos impuesta al Partido Socialdemócrata de Coahuila, por la aparente difusión de propaganda difamatoria en contra del candidato del PAN a gobernador en esa entidad José Guillermo Anaya Llamas.    

José Luis Guerra García

Sin impedimento Luisa María Calderón para hacer propaganda en Michoacán

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que resulta improcedente imponer medidas cautelares e impedir a la panista Luisa María Calderón realizar aparentes actos anticipados de precampaña y campaña en Michoacán.

Las medidas fueron solicitadas por el PRD, argumentando que la difusión de propaganda del Gobierno Federal y de supuestos logros en la entidad por parte de Luisa María Calderón, tienen el propósito de posicionarla entre los electores de cara a los comicios de noviembre próximo para renovar gobernador.

“Por eso estimo pertinente señalar, que en relación a los actos que se le atribuyen directamente a la señora Calderón Hinojosa debe negarse la medida cautelar porque estos ya tienen el carácter de actos consumados y por lo tanto no procede la suspensión en estos aspectos y en el otro señaló que es una propaganda correcta de cualquier partido, que puede como ya lo ha sustentado este tribunal hacer propaganda, que es patrimonio de los partidos el hacer propaganda a favor de los gobiernos emanados de sus filas”, José Alejandro Luna Ramos, Mgdo, Sala Superior TEPJF.

Por otro lado, los magistrados revocaron 2 multas que impuso el IFE a Televisión Azteca, que sumadas, su monto asciende a 5 millones 679 mil pesos, por no difundir los mensajes de los partidos políticos en 2 canales de su propiedad, en los comicios de 2010 en Oaxaca.

“Para mí si hay una desproporción entre las sanción y los spots no transmitidos en un caso establece 28 mil 920 días de salario mínimo por la omisión de transmitir mil 775 spots y en otro se establece una multa que es quizás 4 veces más fuerte con 69 mil 922 días de salario mínimo por la omisión de transmitir menos de mil”, Manuel González Oropeza, Mgdo Sala Superior TEPJF.

“La imposición de sanciones como acto que afecta el prestigio y patrimonio de cualquier persona física, moral debe encontrarse en todo momento justifica, la constitución y la ley también obligan a que exista una correlación entre la infracción cometida y la sanción impuesta”, María del Carmen Alanis Figueroa, Mgda. Presidenta Sala Superior TEPJF.

En esta sesión, el Tribunal Electoral resolvió 13 medios de impugnación, destacando la revocación de la sentencia de la sala regional Xalapa, que anuló el resultado de la elección por usos y costumbres de concejales en el municipio de San Jerónimo Sosola, Oaxaca, por aplicar una norma que consideró contraria a la constitución y que consiste en que para poder aspirar a ese cargo, se requiere una edad mínima de 25 años; la decisión se adopto tomando en cuenta que la propia constitución, les da derecho a las comunidades indígenas a definir sus formas de gobierno y administración.              

José Luis Guerra García