Entró en vigor la Ley para proteger los derechos humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza por parte de los elementos de las instituciones policiales del Estado de Puebla, mejor conocida en días recientes como “Ley bala”.
Tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado el día previo, sobresalió que fue eliminado el texto que daba a la policía facultades para usar armas de fuego en protestas públicas.
El dictamen que el Congreso del Estado aprobó el pasado 19 de mayo contemplaba esa posibilidad.
Y esa fue una de las razones por las que fue controvertida y por las que se levantaron voces de rechazo en dos sentidos:
Por atentar contra la libre manifestación y por el uso excesivo de la fuerza pública, es decir, por poner en riesgo derechos humanos.
“Los elementos más preocupantes es precisamente es el uso directo de la fuerza, no sólo para reestablecer el orden público, sino para limitar la libertad de expresión”, Juan Salgado, Profesor CIDE.
“La Constitución es muy clara, que la manifestación de las ideas no podrá ser sujeto de ninguna inquisición judicial, administrativa y pone en qué casos podrías reprimir una manifestación, si se atacan los derechos de terceros, si se altera el orden público, pero yo creo que en ningún caso da la posibilidad de usar armas”, Leticia Bonifaz, Jefa División Estudios Jurídicos CIDE.
Los artículos noveno y 46 de esta Ley fueron los más discutidos y después modificados del dictamen inicial que había sido aprobado por los legisladores, para quedar publicados así:
Artículo 9.- Los distintos niveles en el uso de la fuerza serán aplicados de manera progresiva atendiendo a las circunstancias especiales del caso, cuando el nivel anterior haya resultado ineficaz, o se actúe en legítima defensa… Dichos niveles son los siguientes: persuasión o disuasión verbal; sometimiento; y utilización de armas incapacitantes no letales.
El Artículo 46 establece que queda prohibido el uso de armas de fuego para la dispersión de manifestaciones. Es esos casos se deberán observar los protocolos especializados correspondientes.
La propuesta original, que fue modificada previo a su publicación y entrada en vigor, mencionaba en diversas ocasiones la posibilidad de que los policías usaran armas de fuego o de fuerza letal en atención a las circunstancias.
Puebla no fue el único Estado donde hubo modificaciones legales en materia del uso de la fuerza pública.
En Chiapas, el Congreso local aprobó por unanimidad la iniciativa del Código que establece el uso legítimo de la fuerza por las instituciones de seguridad pública del estado.
La norma regula el uso de la fuerza pública ante movimientos, disturbios y protestas sociales, y permite el uso de armas no letales para dispersar manifestaciones violentas.
“Particularmente Chiapas donde sí ha habido manifestaciones de maestros, pero yo no veo ningún conflicto ni razón, la fuente real de esta reforma, de esta nueva ley, no la veo”, Leticia Bonifaz, Jefa División Estudios Jurídicos CIDE.
Define a una manifestación violenta como aquella en la que un grupo de personas se encuentra armado; aquella en que la petición que se haga empleé amenazas para intimidar u obligar a resolver en el sentido que se reclama; o que incite a la comisión de un delito.
“Mientras el país lo que requiere es fomentar el fortalecimiento de la cultura de los derechos humanos, este tipo de iniciativas en realidad lo que hacen es contradecir frontalmente ésta agenda. Y creo que la libertad de expresión, la libertad de manifestación, la libertad de asociación y la libertad de participación de parte de los ciudadanos en los asuntos políticos de su interés debe ser salvaguardada, blindada y debe de ponerse en el centro de la ecuación”, Pedro Salazar, Investigador IIJ UNAM.
Entonces, ¿Cómo entender el uso de la fuerza pública en México?
“El uso de la fuerza pública requiere de suficiencia, es decir, de tener la capacidad de inteligencia, la capacidad de acción, la capacidad estratégica para tener seguridad no sólo frente a los manifestantes, sino también seguridad perimetral que permita contener un fenómeno”, Juan Salgado, Profesor CIDE.
“En otros países les llama mucho la atención que en México estemos legislando sobre esto y en los otros países dicen, no tienes porqué legislar porque el uso de la fuerza está inherente en la formación de los cuerpos de policía”, Martín Barrón, Investigador INACIPE.
En 2012 el Gobierno Federal emitió un acuerdo para el uso legítimo de la fuerza de las Fuerzas Armadas, así como de la Policía Federal.
La Secretaría de Marina también cuenta con un acuerdo de estas características acerca de los retenes.
El Distrito Federal, lugar donde más se llevan a cabo manifestaciones en el país, cuenta con una norma para el uso de la fuerza pública.
Emanan de los acuerdos de Naciones Unidas que establecen niveles de reacción, desde órdenes verbales hasta el uso de armas de fuego en casos de legítima defensa.
Mario López Peña