Inauguran curso Dogmática Jurídica Penal desde la perspectiva del Código Nacional de Procedimientos Penales

Inició el curso de Dogmática Jurídica Penal desde la perspectiva del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el Instituto de la Judicatura Federal.

Lo inauguró el magistrado de circuito, Miguel Ángel Aguilar López.

“Ayuda a aplicar un método interpretativo de la propia norma para tener eficiencia y eficacia en la resolución del caso concreto; ayuda al operador del sistema, a los jueces poder desentrañar los contenidos de la norma, a través de una interpretación científica, y en una sistematización poder analizar los elementos referentes a la acción, tipicidad, antijuicidad y culpabilidad que la propia ley señala”, Miguel Ángel Aguilar López, Noveno Tribunal Colegiado Materia Penal en el D.F.

El curso va dirigido a secretarios de acuerdos, jueces de distrito  y magistrados de circuito, particularmente los que tienen que ver con el sistema de justicia penal acusatorio.

“¿En qué momento lo deben aplicar? en el momento mismo de poder analizar el hecho que les expone a su consideración, principalmente para dictar sentencias condenatorias absolutorias, vincular a proceso, la orden de aprehensión, en todas actuaciones jurídicas del sistema.”

Destacó que el Código Nacional de Procedimientos Penales, es una de las piezas más importante en todo proceso.

“Es la adjetividad, es la programación, son los planteamientos procesales que los jueces tienen que ceñirse en un debido proceso para hacer los pronunciamientos de inocencia o de culpabilidad o advertir los medios alternos de solución de controversias.”

El Código Nacional le garantiza al ciudadano seguridad y le da confianza cuando el juzgador toma decisiones correctas, puntualizó.

El curso de Dogmática Jurídica Penal concluye hasta el próximo mes de octubre, en la sede de la Escuela Judicial.

Miguel Nila Cedillo

La prueba en el sistema acusatorio en México

La reciente reforma en materia de derechos humanos obliga a la tutela efectiva de los derechos penales sustantivos y procesales a favor del imputado.

Así lo señaló el  Magistrado Miguel Ángel Aguilar López, al iniciar el penúltimo Módulo del Curso de Especialización en Sistema Acusatorio, con el tema “La prueba en el sistema acusatorio en México”.

 “La interpretación o principio de convencionalidad en donde cualquier interpretación debe ser lo más favorable para el gobernado, en sentido estricto la interpretación siempre debe ser lo más favorable al imputado”.

Señaló que en el sistema acusatorio la prueba tiene un protagonismo central para el esclarecimiento de los hechos, por lo que sólo debe obtenerse a través de medios lícitos.

“Esta prueba nos va a auxiliar, será el conducto, será el vehículo para el esclarecimiento de los hechos, bajo un principio de inmediación, el juez debe estar presente, él va a valorar de manera libre la prueba”.

Explicó que sólo tiene el carácter de prueba la que es desahogada en juicio oral, salvo la prueba anticipada y que debe haber un principio de imparcialidad en el juez para valorar esos elementos.

“Si la prueba no es obtenida conforme al marco normativo, luego la prueba es ilícita”

La audiencia en la que se presenten las pruebas a favor o en contra de un inculpado, señaló el Magistrado Federal, se debe desarrollar de manera pública, contradictoria y oral.

Juan Carlos González

Foro nacional “La nueva ley de amparo”

El juicio de amparo se debe adaptar a la realidad social actual y la nueva ley de amparo debe ser  compatible con las transformaciones que se están generando en las leyes penales, sobre todo el sistema acusatorio oral consideraron magistrados, jueces y académicos en el segundo día del foro nacional “La nueva ley de amparo”.

“Tal parece que el juicio de amparo así planteado es juicio destructivo de los juicios orales porque los jueces de amparo se dice están acostumbrados a ver el contexto de la resolución y determinar las violaciones a los derechos fundamentales”, Miguel Ángel Aguilar López, Magistrado Tribunal Colegiado Materia Penal.

“Las instituciones y operadores jurídicos deben adaptarse a nuevos tiempos para que la norma sean eficaces. O adaptamos el juicio oral acusatorio a la ley de amparo o la ley de amparo al juicio acusatorio oral”, Fernando Córdova, Juez de Distrito Materia Penal.

“En términos que esta la nueva ley, el sistema oral va colapsar el sistema de justicia penal”, Juan Mateo Brieba, Juez de Distrito, Materia Amparo Penal.

Durante la mesa “El amparo y el sistema penal acusatorio”,  y tras defenderse de que las resoluciones judiciales que dictan se apegan a derecho, jueces y magistrados panelistas plantearon la posibilidad eliminar o acotar la figura del amparo indirecto.

“Ojala que en materia de amparo nos delimiten funciones…Ojalá sean más específicos o viene un bemol…Ojalá se acote más y quien lo va a resolver: el juez…Luego vienen y nos echan la culpa”, Alfonso Flores, Juez de Distrito.

Otros temas analizados en el foro fueron el amparo contra leyes, así como el amparo y el juicio en línea.

Luis Pavón Vásquez